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REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE TRASNPORTE


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2014  •  37.668 Palabras (151 Páginas)  •  306 Visitas

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DECRETO SUPREMO Nº 009-2004-MTC

Aprueban Reglamento Nacional de Administración de Transportes

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito

Terrestre, los reglamentos nacionales necesarios para su implementación serán aprobados por

Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, debiendo regir

en todo el territorio de la República, mencionando en particular al Reglamento Nacional de

Administración de Transportes;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de

Administración de Transportes, el mismo que, desde su entrada en vigencia, generó una serie de

dificultades para su total implementación, debido a la existencia de disposiciones que no se

ajustaban al marco constitucional y legal vigentes, así como también de normas que constituían

barreras de acceso al mercado del transporte y vacíos y deficiencias que impedían la adecuada

implementación de las políticas establecidas en la Ley General del Transporte y Tránsito

Terrestre;

Que, por otro lado, mediante Ley Nº 28172, Ley que modifica los artículos 15 y 23 de la Ley

General del Transporte y Tránsito Terrestre y formaliza el transporte terrestre de pasajeros

interprovincial o interregional en automóviles colectivos, se ha dispuesto que el Poder Ejecutivo

reglamente la citada ley en el plazo de treinta (30) días hábiles, obligación que, en función a la

naturaleza de la materia a reglamentar, debe cumplirse dentro del marco del mismo Reglamento

Nacional de Administración de Transportes;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del

Perú y la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;

DECRETA:

Artículo 1.- Apruébese el Reglamento Nacional de Administración de Transportes, el mismo

que consta de doscientos veintiocho artículos, una disposición complementaria, quince

disposiciones transitorias, siete disposiciones finales y tres anexos.

Artículo 2.- Deróguese a partir de la vigencia del Reglamento Nacional de Administración de

Transportes, el Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, así como sus normas complementarias y

modificatorias y toda otra disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto

Supremo.

Artículo 3.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y

Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos

mil cuatro.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ORTIZ RIVERA

Ministro de Transportes y Comunicaciones

REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSPORTES

SECCIÓN PRIMERA

DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO I: OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES

Artículo 1.- Objeto del reglamento

El presente reglamento tiene por objeto regular el servicio de transporte terrestre de personas

y de mercancías, de conformidad con los lineamientos previstos en el inciso d) del Artículo 23 de

la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre.

Artículo 2.- Alcance del reglamento

El presente reglamento alcanza a las actividades del servicio de transporte terrestre de

personas y de mercancías realizado por vías terrestres, no estando comprendidos dentro de su

ámbito el transporte ferroviario, el transporte internacional y el transporte especial de pasajeros

en vehículos menores motorizados o no motorizados, los que se rigen por sus leyes y

reglamentos respectivos.

Artículo 3.- Definiciones

Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por:

3.1 Acción de control: Intervención que realiza la autoridad competente, en forma directa o a

través de sus inspectores, para verificar el cumplimiento de las disposiciones del presente

reglamento, normas complementarias, resoluciones de autorización y condiciones del contrato

de concesión.

3.2 Acta de Verificación: Documento levantado por el inspector de transporte en acción de

control en campo para hacer constar la comisión de infracciones del transportista, del conductor

y del operador del terminal terrestre o estación de ruta, dando inicio al procedimiento

sancionador.

3.3 Área saturada: Parte del territorio de una ciudad, población o área urbana en general en

la que existen dos (2) o más arterias o tramos viales con apreciable demanda de usuarios del

transporte, la que presenta, en toda su extensión o en parte de ella, niveles de contaminación

ambiental o congestión vehicular que comprometen la calidad de vida o la seguridad de sus

habitantes, declarada como tal por la municipalidad provincial respectiva.

3.4 Área urbana continua: Espacio territorial constituido por dos (2) ciudades o áreas

urbanas pertenecientes a provincias contiguas que, por su crecimiento, han llegado a conformar

una situación de conurbación.

3.5 Autorización: Acto administrativo mediante el cual la autoridad competente otorga a una

persona natural o jurídica, según corresponda, concesión interprovincial, permiso de operación,

permiso excepcional o permiso eventual para prestar servicio de transporte terrestre.

3.6 Boleto de viaje: Comprobante que entrega el transportista por el pago de la tarifa por la

prestación del servicio de transporte terrestre regular de personas de un lugar a otro y que reúne

los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

3.7 Calidad del servicio: Conjunto de cualidades mínimas en la prestación del servicio de

transporte terrestre consistente en la existencia de condiciones de seguridad, puntualidad,

higiene y comodidad.

3.8 Carta de porte terrestre: Documento que prueba la existencia del contrato de transporte

terrestre de mercancías entre el remitente y el transportista o porteador, cuya naturaleza

cambiaria es regulada por la Ley de Títulos Valores y su naturaleza contractual por el presente

reglamento.

3.9 Certificado de Habilitación Técnica de Terminales Terrestres o Estaciones de Ruta:

Documento que emite la autoridad competente de transporte para acreditar que el terminal

terrestre o estación de ruta cumple con los requisitos y condiciones técnicas establecidas

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