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Recurso De Casación


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2012  •  7.038 Palabras (29 Páginas)  •  926 Visitas

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Introducción

Recursos son las vías de Derecho que tienen las partes en Litis para impugnar las sentencias que les son desfavorables. El Recurso de Casación es un recurso extraordinario que no es de reformación ni de retractación por medio del cual la Suprema Corte de Justicia conoce sobre las Sentencias en única o en última instancia, si la ley ha sido bien o mal aplicada.

Para profundizar sobre este recurso vamos a analizar sus antecedentes. Los orígenes de este recurso judicial pueden encontrarse en los Estados italianos, que utilizaron este mecanismo para imponer sus estatutos locales por sobre el ius commune. El apogeo de este medio se dio en Francia, donde se utilizó como un mecanismo para uniformar el Derecho a partir de la ley territorial, llegando a ser característico de su ordenamiento jurídico.

La palabra "casar" proviene del latín casare, que significa abrogar o derogar. Por su parte, "casación" proviene del término francés cassation, derivado a su vez de casser, que se traduce como anular, romper o quebrantar.

En esta investigación se tocaran los siguientes temas: rol de la SCJ como corte de Casación. Sentencias que se pueden recurrir en casación. Partes en el recurso. Plazo. Motivos para el recurso. Intervención del Procurador General de la Republica. Efectos del recurso y principio que prohíbe presentar medios nuevos. Procedimiento para interponer el recurso de casación: A) Procedimiento escrito B) Suspensión de la sentencia impugnada C) Autorización para emplazar. Caducidad del recurso. Comparecencia del recurrido. Defecto del recurrido. Audiencia. La sentencia. Sentencia que rechaza el recurso. Sentencia casada. Casación sin envió. Procedimiento a seguir en caso de envío. Segundo recurso.

Recurso de Casación

El recurso de casación es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia judicial que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la ley o que ha sido dictada en un procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales, es decir por un error in iudicando o bien error in procediendo respectivamente. Su fallo le corresponde a la Suprema Corte de Justicia, que es el de mayor jerarquía, el Tribunal Supremo.

Del Objeto de la Casación. La Suprema Corte de Justicia decide como Corte de Casación si la Ley ha sido bien o mal aplicada en los fallos en última o única instancia pronunciados por los tribunales del orden judicial. Admite o desestima los medios en que se basa el recurso, pero sin conocer en ningún caso del fondo del asunto. Las decisiones de la Suprema Corte de Justicia, en funciones de Corte de Casación, establecen y mantienen la unidad de la jurisprudencia nacional.

Rol de la SCJ como corte de Casación:

En el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia (Ley 25-91), dice: “En los casos de recurso de Casación, las diferentes Cámaras que componen la Suprema Corte de Justicia, tendrán la facultad de conocer el primer recurso de Casación sobre cualquier punto. Sin embargo, cuando se trate de un segundo recurso de Casación relacionado con el mismo punto, será competencia de las Cámaras reunidas de la Suprema Corte de Justicia en pleno, el conocimiento de los mismos”.

La Suprema Corte de Justicia en este rol tiene como facultad examinar los fallos dados en única o última instancia y ese examen consiste en analizar si la Ley o el Derecho han sido bien o mal aplicados. Por lo que la Suprema Corte de Justicia no toca el fondo del asunto y en caso de acoger el recurso, casa la sentencia, es decir que la deja sin efecto y en consecuencia envía el conocimiento del asunto por ante otro Tribunal de la misma categoría o grado de aquel de dónde provino, aunque distinto.

Un ejemplo es que si la sentencia viene de un juzgado de paz, la Suprema envía a las partes por ante otro juzgado de paz.

Sentencias que se pueden recurrir en casación

Según el libro de Pérez Méndez, Artagnan, en suTomo 1. Procedimiento Civil. Sexta Edición del 1994:

-los fallos rendidos por los Juzgados de Paz pueden impugnarse por casación, si lo son en única instancia.

-Tambien los del Juzgado de Primera Instancia rendidos en instancia única o en ultima instancia, y asimismo los de las Cortes de Apelacion.

-Son susceptibles también de casación los fallos del Tribunal Superior de Tierras y los de la Camara de cuentas en funciones de Tribunal Superior Administrativo.

-El recurso de casación se puede intentar independientemente del valor del litigio en los casos procedentes.

Por otro lado dice el mismo libro, que las sentencias arbitrales no son susceptibles de casación, porque ellas son impugnables por vía de apelación. Después que la Corte decide sobre la apelación de la sentencia arbitral, se puede recurrir en casación.

Partes en el recurso

La primera condición para poder ejercer el recurso de casación es haber sido parte en el proceso que origina la sentencia impugnable en casación.

Quien ha sido debidamente representado se debe considerar como parte con calidad para incoar (iniciar) el recurso. Para incoar el recurso es necesario además, tener interés y capacidad. Contra un recurso incoado se puede desistir, pero el abogado no puede desistir si no tiene el poder especial que le ha otorgado el recurrente.

Pueden pedir la casación las partes interesadas que hubieren figurado en el juicio, pero los agravios que no son formulados ante el juez AQUO, no se pueden presentar por primera vez en casación.

Una sentencia no puede ser objeto de dos recursos de casación interpuestos sucesivamente por la miasma parte. En este caso, el segundo es inadmisible.

Hay 3 partes en materia de casación:

Recurrente: es quien interpone el recurso.

Recurrido: es la parte en contra de quien se interpone el recurso.

Ministerio Público: Es el representante del ESTADO. Además de su opinión, este puede tener un rol activo en el recurso, o sea que puede interponer el recurso de casación en materia civil en dos circunstancias:

1) EN INTERES DE LA LEY: cuando se haya violado la ley y ninguna de las partes haya recurrido, contra sentencias dictadas en última instancia, en materia civil, comercial o penal.

2) POR EXCESO DE PODER: cuando los jueces

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