Recurso de Reposición Electricaribe
Enviado por joenarco • 20 de Febrero de 2016 • Práctica o problema • 928 Palabras (4 Páginas) • 592 Visitas
San Juan del Cesar – La Guajira, 10 de diciembre de 2014.
Señores
ELECTRICARIBE S.A E.S.P
La Ciudad
Ref: Recurso de Reposición y en subsidio el de Apelación contrala decisión empresarial N° 2503672 emitida por la empresa Electricaribe S.A.E.S.P
María Coronado de Arias, mayor y vecina de esta ciudad, identificado como aparece al pie de mi firma, en mi calidad de propietaria del inmueble ubicado en la carrera 10 No 4 Sur – 45 Barrio San Francisco San Juan del Cesar La Guajira, y suscriptora del servicio identificado en el sistema de gestión comercial de Electricaribe S.A E.S.P. con el NIC 6585139, me permito impetrar ante ustedes recurso de reposición y en subsidio el de apelación contra la decisión empresarial N° 2503672 emitida por la empresa Electricaribe S.A.E.S.P. el día 8 de octubre del 2014 de la cual fui notificada por medio escrito el día 9 de diciembre. Interpongo este recurso basada en los siguientes argumentos facticos, legales y probatorios:
HECHOS
El 18 de septiembre de 2014 interpuse Recurso de Reposición y en subsidio el de Apelación contrala decisión empresarial N° 6585139-1361237 emitida por la empresa Electricaribe S.A.E.S.P. radicado bajo el numero Fr11102013082311, a la cual tuve respuesta el día día 9 de diciembre del presente año por medio de un escrito de fecha 24 de octubre de 2014 el cual manifiesta la decisión empresarial N° 2503672 emitida por la empresa Electricaribe S.A.E.S.P. el día 8 de octubre del 2014 y manifiesta que no me presente dentro del termino establecido.
En derecho de petición interpuesto el día El 18 de septiembre de 2014 donde solicite certificar los consumos individuales de energía en kilovatios, en los periodos de los meses Julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del año 2013 y los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, Julio y agosto de 2014, del inmueble ubicado en la Carrera 10 No 4 sur 45, San Juan del Cesar - La Guajira, barrio San Francisco NIC 6585139.
Son múltiples las falencias en el procedimiento llevado a cabo por parte de Electricaribe S.A E.S.P y además el material probatorio bajo el cual soporta la decisión empresarial carece de validez, legalidad, eficacia, pertinencia, veracidad, las notificaciones llegan después de fecha, no hay cumplimiento en las repuestas de los derechos de petición que fue recibido hasta el 9 de diciembre de 2014 con un escrito de fecha del 6 de noviembre del presente año, al igual que el Recurso de Reposición y en subsidio el de Apelación contrala decisión empresarial N° 6585139-1361237 que fue recibido por el día 9 de diciembre de 2014, en ambas respuesta muestra la violación al debido proceso aun cuando la empresa manifiesta en sus escritos la empresa lo siguiente “se advierte que esta notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente de la entrega del aviso en el lugar de destino.”
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La Constitución política Colombiana de 1991, la Ley 142 y la Ley 143 de 1994, código contencioso administrativo, artículos 44 y 45, Resolución CREG 108 de 1997, artículos 3, numerales 1,7, 10 y 26, y todas las normas pertinentes al caso.
La Constitución política Colombiana de 1991: La cual se basa en un estado social de derecho, fundado en el respecto de la dignidad humanan y teniendo en cuenta que entre sus fines esenciales se consagra garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en ella.
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