Recursos Administrativos
Enviado por aeua02 • 25 de Mayo de 2014 • 1.322 Palabras (6 Páginas) • 333 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt
Programa: Administración. Proyecto: Tributación
Mene Grande, Estado Zulia
Recursos Administrativos
Integrantes:
- Andrea
- Elena
- Issimiry
Mene Grande, 12 de Mayo de 2014
Esquema
1.- ¿Qué son los Recursos Administrativos?
2.- ¿Qué es una Revisión de Oficio?
3.- ¿Cuáles son las nociones generales de la revisión de oficio?
4.- ¿Qué son actos administrativos absolutamente nulos?
5.- ¿Qué es el Recurso Jerárquico?
6.- ¿A que se interpone el Recurso jerárquico?
7.- ¿Qué es el Recurso de Revisión?
8.- ¿Ante quien se interpone los Recursos de Revisión?
Introducción
El acto administrativo se define como cualquier declaración de voluntad, deseo, conocimiento o juicio, realizada por una Administración Pública en virtud de una potestad administrativa, distinta de la potestad reglamentaria y controlable por Juzgados y Tribunales.
Por tanto, podemos decir que un acto administrativo es cualquier acto dictado por la Administración con arreglo a las normas de derecho administrativo.
Las características básicas de este concepto, son las siguientes:
Es un acto jurídico, es decir, un acto que genera unas consecuencias jurídicas
Es un acto dictado por una Administración, de modo que quedan excluidos automáticamente todos aquellos actos realizados por los interesados (los particulares, ya sean personas físicas o jurídicas) como solicitudes, recursos, quejas, sugerencias, reclamaciones etc...
Es un acto sometido a derecho administrativo, es decir, con arreglo a normas de derecho público y no privado, ya que la Administración puede dictar actos también sujetos a un régimen jurídico privado. Estos actos quedarían excluidos por tanto, del concepto de acto administrativo. Del mismo modo quedan excluidos del concepto de acto administrativo, las normas dictadas por la Administración que tienen alcance general, como los reglamentos, los contratos administrativos y las actuaciones por vía de hecho de la Administración.
1.- ¿Qué son los Recursos Administrativos?
Es el medio establecido en la ley para obtener la modificación, revocación o invalidación de una resolución administrativa. El Recurso Administrativo es un acto por el que un sujeto legitimado para ello pide a la Administración que revise, revoque o reforme una resolución administrativa, o excepcionalmente un trámite, dentro de unos determinados lapsos y siguiendo unas formalidades establecidas y pertinentes al caso.
2.- ¿Qué es una Revisión de Oficio?
El término de revisión de oficio se refiere a la eliminación de los actos administrativos por la misma administración pública, elimina aquellos actos que resultan viciados de ilegalidad, es decir, es aquella técnica que permite a la administración dejar sin efecto y sin necesidad de declaración judicial un acto administrativo dictado por la misma administración para corregir sus actos y para subsanar todos los vicios de ilegalidad que tengan, esta revisión de oficio se destaca en que está sujeto al hecho de que no es solicitado o requerido por los particulares, sino que la Administración Tributaria lo aplica a "motu propio", es decir sin la necesidad de que un particular inste tal revisión.
3.- ¿Cuáles son las nociones generales de la Revisión de Oficio?
Las nociones generales para la revisión de oficio ejerce un conjunto de potestades que ponen de manifiesto el principio de autotutela, es decir, la posibilidad de la administración de controlar, no sólo la legalidad sino la oportunidad o conveniencia de sus actos en virtud de los intereses generales que le corresponde tutelar. Las potestades ejercidas en la revisión de oficio son las siguientes:
• Convalidación
Es la figura en virtud de la cual la Administración subsana los vicios de los actos no afectados de nulidad absoluta. Su objeto es un acto viciado de anulabilidad o nulidad relativa. Para su ejercicio no existe límite de tiempo, es decir, que la potestad de convalidación se extiende aún interpuesto el Recurso Administrativo o Judicial (Artículos 81 y 90 Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos).
...