Regimen Tributario
Enviado por Marcos Nicolas Rodas Feliciotti • 28 de Agosto de 2015 • Apuntes • 7.090 Palabras (29 Páginas) • 269 Visitas
REGIMEN TRIBUTARIO
Actividad financiera estatal:
- Estado Nacional: ganancias, bienes personales, IVA, ganancia mínima presunta, comercio exterior.
- Estados provinciales: Ingresos Brutos, Patentes, Sellos, Impuesto Inmobiliario.
- Estados Municipales: tasas retributivas a sus servicios.
Administración tributarias: crear mecanismos sencillos para la recaudaciones y control de dar contribuyentes.
Recursos tributarios: detráctales de la riqueza de los particulares a favor del patrimonio del estado. Su grado es medido por la Presión Tributaria Nacional. Mediante sistemas:
- PERCEPCIÓN: Cuando realiza un cobro, el agente de percepción debe agregar al importe una determinada suma en concepto de impuestos.
- RETENCION: cuando realiza una pago, el agente de retención debe retener cierto importe en concepto de impuesto.
El sujeto pasible recibe un comprobante para demostrar su crédito/derecho ante el fisco. Sobre las FINANZAS PÚBLICAS, que es una rama de la Economía que estudia la forma en que es estado obtiene sus ingresos y el destino que les da.
Política Fiscal: forma concreta que el estado adopta para determinar el gasto y los recursos públicos. Sus fines son la optimización en asignación de recursos; satisfacción de necesidades sociales; redistribución del ingreso; estabilización de la economía.
PRESUPUESTO ESTATAL:
Estimación de recursos, previsión de gastos de los cuales se va a incurrir en el año calendario.
- herramienta de gobierno, planifica su economía.
- Instrumento de programación económica y social.
- Su contenido refiere a la autorización de gastos y previsión de recursos.
- Ley formal y material.
Principios: normas técnicas:
- programación
- universalidades
- exclusividad
- factibilidad
- claridad
- no afectación de los recursos
- especificaciones
- periodicidad (anualidad)
- continuidad
- flexibilidad
- unidad
Criterio de Imputación:
- ingresos → DEVENGADO
- gastos → PERCIBIDO
EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO:
- Elaboración: Ministerio de Economía toma información de áreas de gobierno → prevé gastos y estima recursos. Se presenta al Poder Ejecutivo, el jefe de Gabinete, al Congreso. Cámara de Diputados (va y vuelve), realiza una “reconducción del presupuesto”: si no se aprobó, se utiliza el del año anterior modificando gastos/ingresos extraordinarios a las partidas.
- Sanción.
- Ejecución:
- orden de disposición de fondos
- compromiso
- liquidación
- libramiento de pago
- pago
- Control (durante su ejecución y post):
- Interno: SGN (PE)
- Externo: AGN (PL)
- Parlamento: CRMC
RECURSOS PÚBLICOS: Suma de dinero (especias) percibida por el Estado destinada al financiamiento del Gasto.
Clasificaciones:
- Voluntarios: la voluntad del ciudadano es determinante. Ej.: entrada a un parque nacional. (A)
- Coactivos: el pago es impuesto por ley. Ej.: impuestos. (A)
- Ordinarios: regulares en el tiempo. Ej.: tributos. (B)
- Extraordinarios: en circunstancias especiales. Ej.: venta de un bien público. (B)
- Originados: provienen directamente del patrimonio del Estado o de la explotación de bienes del Estado. Ej.: ganancias de YPF. (C)
- Derivados: en poder del imperio que ejerce el Estado (facultad de exigir). Ej.: tributos. (C)
- Patrimoniales: de los bienes del Estado o de la explotación de ellos. (D)
- Tributarios: de la facultad de exigir el pago de tributos. (D)
- Reditorios: provienen del crédito público. (D)
- de Derecho Público: Estado tiene prorrogativas. Ej.: alquiler de un bien público. (E)
- de Derecho Privado: igualdad de condiciones. (E)
- Presupuestarios (F)
- Extrapresupuestario. (F)
RECURSOS ORIGINARIOS/PATRIMONIALES
- Bienes de Dominio Público: bienes fuera de comercio, inalienables, no sujetos a USUCAPIÓN (después de determinado tiempo de pagar impuestos de un bien ajeno, puedo escriturarlo). → explotados por el Estado o en concesión.
- Bienes de Dominio Privado: dentro del comercio pueden venderse → explotados por el Estado o vendedor.
El Estado puede participar de la actividad económica bajo distintas formas jurídicas:
- Ente autárquico: no se encuentran en inferioridad de condiciones frente al Estado (quien tiene el control económico administrativo).
- Empresas de Economía mixta: directorio nombrado por el Estado (administración).
- Empresas de sociedades del Estado: construcción de sociedades de un solo socio.
- Sociedades anónimas con participación estatal: Reguladas por la Ley de Sociedades Comerciales.
MONOPOLIOS FISCALES: El Estado es el único que ofrece y produce un determinado bien o servicio, como forma de tener un recurso por considerar que es el mejor para producirlo. Es un fin fiscal y extrafiscal.
LIBERALIDADES: Manifestación de una voluntad. Tiene que existir aceptación del otro → unilateral (sin contraprestación).
RECURSOS TRIBUTARIOS: toda prestación (generalmente adineraría) que el Estado exige en virtud de una ley, en ejercicio de su poder de imperio con el fin de solventar el gasto. Elementos:
- Sujeto Activo: percibe el tributo
- Sujeto Pasivo: paga el tributo
- Hecho imponible: hecho de naturaleza jurídica o económica que pone en manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo y da origen a la obligación tributaria.
- Aspecto Material
- Aspecto Temporal
- Aspecto Espacial
- Aspecto Subjetivo
- Base imponible: expresión monetaria del hecho imponible (sobre ella re aplica la alícuota).
- Alícuota: tasa o porcentaje que se aplica para calcular el gravamen.
- Obligación tributaria: nexo entre el sujeto activo y el sujeto pasivo.
CLASIFICACIÓN DE TRIBUTOS.
- IMPUESTO: tributo no vinculado. Es un recurso obligatorio de carácter correctivo, sancionable mediante una ley, en donde el Estado realiza prestaciones indivisibles (Ej.: seguridad, salud, etc.), que alcanzan a la comunidad en su conjunto.
- TASA: tributo vinculado. El uso del dominio público o la realización, por parte de la administración de una actividad que afecte o beneficie de modo particular el sujeto pasivo; sancionable mediante una ley, se paga a cambio de una contraprestación directa, individualizada (divisible y real).
- CONTRIBUCIONES ESPECIALES: tributo. Obtención por parte del sujeto pasivo de un beneficio directo o indirecto o un aumento en el valor de sus bienes, como consecuencia de la realización de obras públicas o la aplicación de servicios públicos. Se paga a cambio de un beneficio diferencial, existiendo un nexo entre el monto pagado y el beneficio recibido.
TRIBUTOS:
- Regido por el derecho público
- Exigido por Ley → no expresa voluntad.
- Contribuyente:
- De jure/ de derecho: persona obligada por ley a tributar el impuesto.
- De facto/de hecho: realmente soporta la carga del impuesto al término del proceso de traslación.
- capacidad contributiva: capacidad económica del sujeto o la sociedad para hacer frente al impuesto. Variables: renta, patrimonio y consumo.
MINIMO EXENTO: suma inicial que resulta exenta del impuesto.
MINIMO NO IMPONIBLE: monto mínimo de capacidad contributiva (se deduce).
Los tributos pueden ser:
- Directos: potestad de las provincias; no se pueden trasladar. Ej.: IIGG, Personas físicas.
- Indirectos: potestad de la Nación; trasladables del impuesto. Ej.: IVA.
TRASLACION: PERCUTIDO → TRASLADAR → INCIDIDO (soporta el pago)
(Retrotraslación). Impongo el impuesto al costo.
EMPRESTITO FORZOSO: basado en el patrimonio.
- Coercitivo: NO es voluntario
- Empréstito: Mutuo → préstamo. Es devuelto por el Estado.
- El Estado impone el pago de una suma de dinero s/ la capacidad contributiva medible:
- Por lo que consume (IVA)
- Por lo que posee (BIENES PERSONALES)
- Por lo que gana (GANANCIAS).
RECURSOS PARAFISCALES:
- Detracciones coactivas de carácter económico (no tributos).
- Tienen afectación especifica a un fin.
- La administración y recaudación a través de organismos distintos a la administración fiscal.
EFECTOS ECONÓMICOS DEL TRIBUTO:
- TRASLACIÓN: transferencia de la carga impositiva por parte del contribuyente de jure a otro (de facto).
Formas:
- Hacia delante : facturado al cliente
- Hacia atrás: rebaja en el importe abonado al Prov.
- Oblicua Lateral: tanto al Proveedor como comprador
- Simple: se traslada una sola vez
- En grados/etapas: de una persona a otra
- Aumentada: traslada el impuesto más beneficio
- PERCUSIÓN: contribuyente de jure/ de facto (no traslación)
- INCIDENCIA: una persona se hace efectivamente cargo del impuesto
- DIFUSIÓN: El efecto del impuesto se irradia a toda la economía: precios.
- NOTICIA: habiendo sido anoticiado de un probable impuesto a crearse/aumento, anticipa incorporándose a su precio.
- AMORTIZACIÓN DEI IMPUESTO: disminución del valor patrimonial de “x” bien.
- CAPITALIZACIÓN DE IMPUESTOS: Aumento del valor de un bien(desaparición/ disminución de impuestos).
TEORIAS SOBRE IMPUESTOS:
- Precio de cambio: imp. compensación por un servicio que presta el Estado.
- Prima de Seguros: imp. Contraprestación por la seguridad que el Estado brinda.
- Distribución de la Carga Pública: obligación impositiva es consecuencia de la solidaridad.
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO: medios generadores de las normas que regulan la actividad financiera. La potestad de crear normas tributarias es del congreso → cámara de diputados (representación del pueblo).
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