SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Enviado por Clarandrea • 20 de Julio de 2014 • 578 Palabras (3 Páginas) • 290 Visitas
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
INTRODUCCION
El Presente trabajo monográfico consiste en los pasos a seguir para constituir una Sociedad Mercantil:
En primer lugar se deberá elegir el tipo empresarial ha adoptar, de acuerdo a la ley General de Sociedades (L.G.S.) pudiendo ser S.R.L, S.A.C, S.A.A. etc. Determinar el nombre comercial o Razón Social, y realizar la búsqueda del mismo Registros Públicos, a fin de verificar que no exista otro igual.
Elaborar una Minuta de Constitución (Pacto Social - Estatuto), realizada por un Abogado, en la cual se incluirá los objetivos, fines actividades y estatutos de la empresa a constituir. Una vez elaborada la Minuta, esta deberá elevarse a Escritura Pública, dicho trámite se llevara a cabo en una Notaria; a donde acudirán los socios para firmar , a fin de que la Sociedad obtenga personería jurídica, el Testimonio o Escritura Pública deberá ser inscrito en los Registros Públicos. Con el Testimonio ingresado al Kárdex de la Notaria se procederá a la inscripción ante la Administración Tributaría, a fin de que se obtenga en Registro Único de Contribuyente. Posteriormente se procederá a autorizar la impresión de Comprobantes de Pago. Dicho trámite al igual que el anterior se lleva a cabo en la SUNAT. El Contribuyente deberá portar copia de L.E. del Representante legal, copia de Escritura Pública o Minuta con el número de Kárdex; copia del RUC de la empresa y libro de planillas en blanco.
Posteriormente para obtener el número de Registro Patronal del ES SALUD y licencia de apertura de establecimiento. Este proceso de Constitución será detallado y ampliamente desarrollado con la satisfacción de contribuir de este modo a la más amplia difusión e información de todo y cuanto se refiere a formar o constituir una Sociedad Mercantil.
MARCO TEORICO:
Sociedad comercial de responsabilidad limitada
Es la unión de uno o más Personas Naturales o Jurídicas, en que el capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones.
Los socios no pueden acceder de 20 y no responden personalmente por las obligaciones sociales (Art. 283°, Ley 26887)
• La Sociedad de Responsabilidad Limitada es de tipo capitalista.
• El capital social está integrado por las aportaciones de todos los socios y se encuentra dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones.
Los socios no responden personalmente de las deudas sociales, la responsabilidad se limita al capital aportado a la Sociedad de Responsabilidad Limitada
¿Cuáles son sus ventajas?
La responsabilidad de los socios esta limitada al monto de sus aportaciones.
Menor reglamentación. Están libres de las exigencias y
...