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Sanciones aplicables al notario


Enviado por   •  12 de Mayo de 2017  •  Tarea  •  1.309 Palabras (6 Páginas)  •  1.048 Visitas

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1. Conforme al artículo 138 de la ley del notariado, sin perjuicio de las sanciones civiles o penales que sean aplicables, en que casos, el notario se hará acreedor a

I. Amonestación por escrito

II. multa de 100 a 400 veces el salario mínimo general de la región

III. suspensión del cargo hasta por un año

IV. Separación definitiva e inhabilitación vitalicia para obtener una patente de notario:

I. Amonestación por escrito: a) Por tardanza injustificada en alguna actuación o trámites solicitados y expensados totalmente por un cliente, relacionados con el ejercicio de las funciones del notario; b) Por separase del ejercicio de sus funciones sin dar aviso o sin la licencia correspondiente; c) Por cualquier otra violación menor, tal como no llevar índices, y no empastar oportunamente los  tomos del apéndice u otras semejantes, y  d) Por incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el artículo 6º de esta Ley; II. Multa de cien a cuatrocientas veces el salario mínimo general de la región: a) Por reincidir en alguna de las infracciones antes señaladas; b)  Por  provocar  por  negligencia, imprudencia o dolo debidamente probada, la nulidad de algún instrumento o testimonio; c) Por no ajustarse al arancel aprobado, que tiene carácter de obligatorio; d) Por negarse sin causa justificada al ejercicio de sus funciones, cuando hubiere sido requerido para ello, y  e) Por competencia desleal en el ejercicio de sus funciones; III. Suspensión del cargo hasta por un año: a) Por realizar  cualquier actividad que sea incompatible con el desempeño de sus funciones de notario, de acuerdo con la presente Ley; b) Por incurrir en algunas de las prohibiciones señaladas en el artículo 40 de esta Ley; c) Por revelación injustificada y dolosa de datos; d) Por no constituir o conservar vigente la garantía que corresponde a su actuación, conforme a lo establecido por esta Ley, y  IV. Separación definitiva e inhabilitación vitalicia para obtener una patente de notario: a) Por reincidir en los supuestos señalados en los incisos a), b) y c) de la fracción anterior; b) Por falta grave de probidad en el ejercicio de sus funciones, que se determinará por sentencia ejecutoriada por delito intencional, y  c) Por no constituir o conservar vigente la garantía que corresponda a su actuación, no obstante haber sido formalmente requerido para ello. Para el requerimiento deberá seguirse el mismo procedimiento que establece el artículo 50 de esta Ley

2. Conforme al artículo 139 de la ley del notariado que recurso es el procedente contra la resolución que imponga una sanción y de que forma debe interponerse,  en que plazo y ante que autoridad? Contra la resolución que imponga una sanción, procederá el recurso de inconformidad, que deberá interponerse por escrito ante el titular del Poder Ejecutivo del Estado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la resolución recurrida.

3. Conforme al artículo 140 de la ley del notariado que requisitos debe contener el escrito por el que se interponga el recurso y que prueba no es procedente formular  a las autoridades con el escrito en que Se interponga el recurso? I. Expresará el nombre y  domicilio del notario, así como el número de la notaría en que esté actuando; II. Mencionará con claridad en qué consiste el acto impugnado y en su caso, la fecha y números  de oficios y documentos en que conste la determinación recurrida, así como la fecha en que ésta le hubiera sido notificada; III. Hará una exposición sucinta  de los motivos de inconformidad y  fundamentos legales de la misma, y  IV. Contendrá una relación con las pruebas que pretenda se reciban para justificar los hechos en que se apoye el recurso, cuya admisión, desahogo y valoración serán determinadas por el titular  del Poder Ejecutivo del Estado.

4. Conforme al artículo 141 de la ley del notariado, concluido el término probatorio, en qué plazo Se dicta la resolución correspondiente y a quien debe notificarse? Concluido el término de recepción y  desahogo de pruebas, se dictará la resolución correspondiente en un término que no excederá de diez  días hábiles, la cual se notificará al interesado en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de su firma.

5. De acuerdo con el artículo 142 de la ley del notariado todas las notificaciones a que se refiere la ley, de que forma deben hacerse? personalmente

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