Sentencia 844 /11
Enviado por Laurac0995 • 22 de Septiembre de 2013 • 1.290 Palabras (6 Páginas) • 603 Visitas
REFERENCIA: Expediente T-2.538.409
ACCIÓN DE TUTELA INSTAURADA POR: -Paulina-, en representación de Sofía contra el ICBF y el Juzgado Noveno de Familia del Circuito Judicial de Ciudad Verde.
MAGISTRADO PONENTE: JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
HECHOS: Sofía una menor de dieciocho años (NACIO EN 1995), fue declarada en situación de adoptabilidad, presentándose irregularidades de carácter administrativo principalmente por el ICBF.
Sofía no fue reconocida ni por su padre ni por su madre, a los 52 días su madre se la entrega a Nancy, es decir la abuela de Sofía, cuando Nancy muere Sofía se queda a cargo del abuelo materno, su bisabuelo y algunos tíos y tías.
En 2004 Doris, la tía abuela de Sofía, la saca de la casa por medio de engaños y la entrega 2 días después al ICBF. En el momento en que hizo la entrega argumento que la niña no tenía familia y que no había medios económicos para sustentarla y además que podría sufrir de abuso sexual.
ICBF ubica a la niña en un hogar sustituto mientras que se hacen los trámites tales como el restablecimiento de derechos y declaratoria de abandono y adoptabilidad.
El trámite termina con la expedición de la Resolución No. 064 del 31 de julio de 2004, se da para la accionante, sin que el defensor de familia realizara una investigación exhaustiva con la familia extensa de la menor y basándose en un consentimiento que da la madre pero de manera no idónea e inconstitucional.
Mientras que Sofía permaneció en el hogar sustituto, su abuelo materno miguel solicitó al ICBF que le entregaran a su nieta pero “ los servidores públicos encargaron, negaron la solicitud y contacto alguno con la menor. Se habla de “cautiverio” ya que a Sofía se le negó establecer contacto con su familia.
También alegan que a los familiares que criaron a Sofía no se les dio información suficiente y que no se le dio tampoco la oportunidad de hablar con ella, también sostienen que el comunicado de prensa que se hizo en el trámite de ICBF lo hicieron pero en un periódico de baja circulación y cobertura que no llegaba a la zona rural del departamento donde reside la familia biológica de Sofía.
La sentencia proferida por el Juzgado Noveno de Familia de Ciudad Verde, el treinta y uno (31) de enero de dos mil cinco (2005), ICBF entrega en adopción a Sofía reconociendo como madre adoptante a la señora Susana.
Sofía cambia su actitud, volviéndose una niña por decirlo así rebelde, de hecho fue evaluada por sicólogos y diagnosticaron hiperactividad, déficit de atención y oposicionismo desafiante, debido al comportamiento la madre adoptante solicita al ICBF que la niña fuera puesta en contacto con su familia biológica, ya que se presentaban inconsistencias de información.
Sofía es declarada en abandono pero ella reiteradamente solicita que la lleven donde su familia.
la madre adoptante interpuso recurso extraordinario de revisión contra la sentencia mediante la cual se decretó la adopción pero mediante decisión del diez (10) de diciembre de dos mil siete (2007), la Sala Cuarta de Decisión de Familia del Tribunal Superior de Ciudad Verde declaró infundado.
PRETENCIONES: Mediante acción de tutela, la señora Paulina pretende:
Que se dejen sin efecto los trámites administrativos adelantados por el ICBF, así como la sentencia de adopción No. 039 del 31 de enero de 2005, proferida por el Juzgado Noveno de Familia de Ciudad Verde por configurar una vía de hecho “por defecto fáctico, error por consecuencia y desconocimiento del precedente constitucional”.
Que en consecuencia de lo anterior, se ordene la modificación del registro civil de la
menor de edad para que lleve los apellidos de su familia biológica.
Primera Instancia; JUEZ:
Mediante sentencia del trece (13) de octubre de dos mil nueve (2009), la
Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia denegó la solicitud
de amparo de los derechos invocados por la accionante, al considerar
improcedente la acción de tutela debido al incumplimiento de los
requisitos
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