Sistema De Informacion E Investigacion Policial
Enviado por lachina35 • 15 de Noviembre de 2013 • 1.792 Palabras (8 Páginas) • 584 Visitas
1.- ¿Qué es la Investigación Policial?
Es un proceso metodológico, continuo, organizado, especializado, preciso de análisis y síntesis que el investigador policial desarrolla para el esclarecimiento de la perpetración de un delito, estableciendo verdades demostrables, que le dan el rigor científico a las conclusiones expuestas en el Atestado Policial.
2.- Finalidad de la Investigación
Esclarecer el hecho, Identificar autores, partícipes, cómplices, Aportar las pruebas, entre otros.
3.- Explique el artículo 111 y el 114 del COPP
Estos artículos nos expresan que los órganos de investigaciones penales, el Código Orgánico Procesal Penal, ordena que ellos actúen bajo la dirección del Ministerio Público en la práctica de las diligencias conducentes a la determinación de los hechos punibles y a la identificación de sus autores y partícipes.
Prescribe que los órganos de policía de investigaciones deberán cumplir siempre las órdenes del Ministerio Público, sin perjuicio de la autoridad administrativa a la cual estén sometidos. Establece el Código Orgánico Procesal Penal un poder disciplinario subsidiario del Fiscal General de la República respecto de los funcionarios policiales, cuando las autoridades policiales no cumplan con su potestad disciplinaria
Simplificando nos habla de la subordinación de estos funcionarios, no obstante, esta subordinación es desde el punto de vista funcional, no es de carácter administrativo, dejando claro que la autoridad administrativa no puede revocar, alterar o retardar una orden dada por el Fiscal del Ministerio a un de funcionario policial.
4.- Explique los artículos 33 y 34 de la LOSPCPNB
Estos artículos nos exponen las áreas que abarca la función policial, las cuales son sumamente amplias, una de las aristas en la que se encuentra inserta es el auxilio que los cuerpos policiales deben prestar al Sistema de Justicia Penal, a través de las labores de apoyo a la investigación penal
Así entonces, queda claro que las policías uniformadas son órganos de apoyo a la investigación y en esta materia se limitarán exclusivamente a realizar las labores de esta naturaleza. Este apoyo se caracteriza por ser situacionalmente coetáneo a los hechos, temporal, dura hasta que lleguen los órganos de investigación, ésta es una de las características principales de la función policial que la diferencia de la función de investigación que es post delictiva.
5.- Momentos de la investigación policial
La investigación policial buscará en un primer momento averiguar la identidad de la(s) víctima(s) e indagará en su entorno para inferir el posible móvil de la agresión, con el que elaborar hipótesis sobre los principales sospechosos.
Interpuesta la denuncia o recibida la querella, por la comisión de un delito de acción pública, se procede a la averiguación sumarial, asignándosele de inmediato un número serial al expediente, se ordenan también experticias, se arresta o se mantiene en arresto al sospechoso, interrogándosele de inmediato, se toma declaración de los testigos.
Notificar al Ministerio Público, cuando de cualquier modo se tenga conocimiento de la perpetración de un hecho punible de acción pública, esté dispondrá que se practiquen las diligencias tendientes a investigar y hacer constar su comisión, con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la responsabilidad de los autores y demás partícipes, y el aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración
Con el objeto de controlar la gravedad del hecho delictivo y su incidencia en la investigación sucesiva, se requiere del funcionario encargado de la investigación la estimación de dicha gravedad en una escala de 1 a 5, apenas se levantaba la información preliminar del hecho.
A fin de determinar la inversión de esfuerzos en cada caso y el nivel de activación de la agencia policial, se deben plantear 2 estimaciones. La preliminar evalúa las diligencias efectuadas dentro de las primeras 72 horas de la investigación y la acumulada evalúa el total de diligencias efectuadas para cada investigación.
Es conveniente señalar, sin embargo, que dentro de las pesquisas se cuentan las denominadas "inspecciones oculares" del sitio del suceso, que son rutinarias y pretenden incorporar a un acta policial la descripción del entorno físico donde se produjo el hecho delictivo, en muchos casos sin ninguna relevancia fundamental.
Notificar al tribunal que le competa, que la investigación está concluida, con o sin detenidos, si se continúa con la averiguación abierta, en la sede policial, o si ya fue archivado.
6.- Indique inicio de una investigación policial
El Artículo 112 que nos habla de la Investigación Policial, cita textualmente; “Las informaciones que obtengan los órganos de policía, acerca de la perpetración de hechos delictivos y de la identidad de sus autores y demás partícipes…..”.
Para llevar a cabo sus fines, el Fiscal del Ministerio Público debe ordenar hacer constar mediante actas, todos los hechos y circunstancias relacionados con el delito cometido, valiéndose para ello de los conocimientos científicos, técnicos y jurídicos, con los cuales se busca demostrar la comisión del hecho punible, las circunstancias que lo rodearon, la responsabilidad de cada uno de los involucrados en el hecho, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos que guarden relación con el caso. Esta disposición se encuentra plasmada en el artículo 292 del Código Orgánico procesal penal, en concordancia con el artículo 309, ejusdem. Con esta orden se da inicio a la investigación criminal, propiamente dicha.
Esta fase puede iniciarse de tres formas, a saber:
1. De Oficio. (Dentro de lo cual tenemos La Notitia criminis, los delitos Flagrantes)
2. Por Denuncia ante el Ministerio Público u Órganos de Policía de Investigaciones Penales. La cual puede ser formulada verbalmente o por escrito, por cualquier persona que
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