Sociedades Cooperativa
Enviado por rauldr19 • 29 de Octubre de 2012 • 1.254 Palabras (6 Páginas) • 270 Visitas
Sociedad Cooperativa
1. Antecedentes
Las sociedades cooperativas tal vez hallan su origen remoto en la forma de realizar la industria agrícola o el comercio marítimo por grupos interesados en ello; pero el florecimiento de esta clase de sociedades en todos los ramos de la industria y el comercio cristalizó propiamente en las postrimerías del siglo XIX, cuando los grandes progresos en la manufactura y la industria provocaron el interés económico de las clases trabajadoras más necesitadas, a circulación, según que sean al portador, a la orden o no negociables.
2. Concepto
Es una sociedad mercantil, con denominación, de capital variable fundacional, representado por certificados de aportación nominativos, suscritas por cooperativistas que responden limitadamente, salvo responsabilidad suplementada, cuya actividad se desarrolla en su beneficio.
3. Análisis
Sociedad; porque existe una pluralidad de personas, las cuales no podrán ser menos de 5, que es el mínimo de socios señalados por la Ley.
Mercantil; por tratarse de una de las sociedades que establece el Art. 1 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (más específico, en su fracción VI).
Denominación Social; por hacer referencia a la principal actividad u objeto social que realiza la Sociedad Mercantil o por formarse con un nombre imaginario o irreal.
Capital Fundacional Variable; al constituirse la sociedad es obligatoria la exhibición del 10% cuando menos, del valor de los certificados de aportación. Es variable pues se encuentra formado con las aportaciones de los socios y con los rendimientos que la Asamblea General acuerde se destinen para incrementarlo. Las aportaciones podrán hacerse en efectivo, bienes derechos o trabajo.
Dividendos en participaciones iguales; los socios tienen derecho a las utilidades que se obtengan, las cuales se repartirán no en proporción al capital aportado, ni tampoco conforme a las reglas que fijen libremente los estatutos, sino a la proporción al tiempo trabajado por cada socio, si se trata de cooperativas de producción, y en proporción al monto de las operaciones realizadas si se trata de una cooperativa de consumo.
Responsabilidad Limitada; las sociedades cooperativas podrán adoptar el régimen de responsabilidad limitada o suplementada. Será limitada cuando, los socios solamente se obliguen al pago de los certificados de aportación que hubieren suscrito. Será suplementada cuando, los socios respondan a prorrata por las operaciones sociales, hasta por la cantidad determinada en el acta constitutiva.
4. Naturaleza Jurídica
El artículo 212 de la Ley General de Sociedades Mercantiles establece que las sociedades cooperativas se regirán por su legislación especial (Ley General de Sociedades Cooperativas).
5. Diversas clases de sociedades cooperativas y sus características
Forman parte del Sistema Cooperativo, según la Ley General de Sociedades Cooperativas, las siguientes clases de sociedades cooperativas:
I. De consumidores de bienes y/o servicios; son aquéllas cuyos miembros se asocien con el objeto de obtener en común artículos, bienes y/o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades de producción. (Art. 23)
II. De productores de bienes y/o servicios; aquéllas cuyos miembros se asocien para trabajar en común en la producción de bienes y/o servicios, aportando su trabajo personal, físico o intelectual. Independientemente del tipo de producción a la que estén dedicadas, estas sociedades podrán almacenar, conservar, transportar y comercializar sus productos, actuando en los términos de esta Ley. (Art. 27)
III. De ahorro y préstamo; son aquéllas que tengan por objeto realizar actividades de ahorro y préstamo se regirán por esta Ley, así como por lo dispuesto por la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Se entenderá como ahorro, la captación de recursos a través de depósitos de ahorro de dinero de sus Socios; y como préstamo, la colocación y entrega de los recursos captados entre sus mismos Socios. (Art.33) (éstas se constituirán con un mínimo de 25 socios).
6. Últimas reformas en materia de Sociedades Cooperativas
Diversas disposiciones de la nueva Ley General de Sociedades Cooperativas (Diario Oficial del 3 de Agosto de 1994) redefinieron de manera sustancial la legislación mexicana en la materia. Esta redefinición
...