Sucesion Testamentaria
Enviado por FRANQUEZ • 16 de Octubre de 2014 • 948 Palabras (4 Páginas) • 161 Visitas
Sucesión Testamentaria
Concepto
Es aquella que se origina cuando el causante, en previsión de su muerte próxima o remota, dispone voluntariamente de sus bienes señalando a quienes y en qué forma deben transferirse.
Fundamento
La voluntad del causante en disponer de sus bienes al momento de su muerte, es el principal fundamento de este tipo de sucesión, pero esta voluntad debe cumplir unos requisitos para que dicha manifestación de voluntad sea válida y pueda tener eficacia jurídica, los cuales son:
1. Que sea emitida en forma válida, de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico, o sea mediante testamento.
2. Que el causante o de cujus sea capaz de disponer.
3. Que el instituido sea capaz para suceder o percibir.
4. Que en la disposición testamentaria se haya respetado la legítima.
Conviene señalar que en nuestro Derecho vigente no existe otra forma de disponer de los bienes propios para después de la muerte.
Capacidad papa Recibir por Testamento
Art. 839 C.C. "Pueden recibir por testamento todos los que no estén declarados incapaces de ello por la Ley".
Art. 840 C.C. "Son incapaces para recibir por testamento los que son incapaces para suceder ab intestato.
Sin embargo, pueden recibir por testamento los descendientes inmediatos, es decir los hijos de una persona determinada que viva en el momento de la muerte del testador, aunque no estén concebidos todavía".
Art. 841 C.C. "Son igualmente incapaces de heredar por testamento:
1º. Las iglesias de cualquier credo y los institutos de manos muertas.
2º. Los ordenados in sacris y los ministros de cualquier culto, a menos que el instituido sea cónyuge, ascendiente, descendiente o pariente consanguíneo dentro del cuarto grado inclusive del testador".
La incapacidad que afecta a las personas y entidades mencionadas puede ser absoluta o relativa. Será absoluta cuando le impida recibir por testamento de toda otra persona; en tanto que será relativa si le impide recibir sólo de una o varias personas determinadas, pero no de otra persona. Un ejemplo de una incapacidad absoluta es la que afecta al no nacido vivo. Y de incapacidad relativa, al tutor respecto a las disposiciones testamentarias de su pupilo, otorgadas antes de la aprobación de la cuenta definitiva de la tutela, aunque el testador muera después de aprobada la cuenta. Exceptuándose de esta prohibición sólo al tutor que sea ascendiente, descendiente, hermano o cónyuge del testador (Art. 844 C.C.)
Por iglesia de cualquier culto debemos entender a las congregaciones de fieles cristianos o de cualquier otra religión, organizados y representados por personas naturales, cuya personería ejercen.
Denominamos Institutos de manos Muertas a aquellas comunidades religiosas y a los organismos públicos, en quienes se perpetúa el dominio y la propiedad de los bienes inmuebles, por expresa prohibición de enajenarlos o transmitirlos en cualquier forma a otras personas naturales o jurídicas. Tal denominación proviene ya
...