Sucesiones
Enviado por CELESTE01 • 15 de Mayo de 2012 • 914 Palabras (4 Páginas) • 450 Visitas
Derecho civil (sucesiones)
Sucesión: es una transmisión de la titularidad de una relación jurídica de índole patrimonial onerosa
Dos formas:
1. Por acto entre vivo. Permuta, donación y morti causa
2. Por causa de muerte.
Causa de muerte: es la transmisión de la relación jurídica patrimonial de una persona que fallece.
Clasificación de la sucesión:
1. sucesión testamentaria: existe voluntad del causante (cujus) plasmada en un documento autentico denominado testamento, dicha voluntad determinada en forma total o parcial el destino de su patrimonio.
2. Sucesión legítima o intestada: cuando falta en todo o en parte la voluntad testamentaria del cujus o si por cualquier causa se vuelve ineficaz su testamento. La ley actúa para llenar ese vacío.
3. Sucesión mixta: no hay lugar solo en parte falta la sucesión reglamentaria.
Patrimonio: es el conjunto de derecho y obligaciones capaces de ser valorada económicamente.
Herencia: es la masa patrimonial que deja la persona que fallece a los herederos.
Momentos de las sucesión:
1. Apertura: es el momento en que ocurre el deceso del causante quedando el conjunto de relaciones jurídicas que conforma su patrimonio sin titulares.
2. Delación: es el llamado que hace ley o el testamento del de cujus para que determinada personas se convierta en sucesiones a títulos universal, es decir, herederos.
3. Adquisición: ocurre cuando el llamado a suceder se transforme en titular a titulo universal al patrimonio del de cujus o a título particular del bien legado.
Capacidad de suceder: toda persona es capaz de suceder, salvo las excepciones determinadas en la ley (artículo 17, 441 y 442 código civil).
Excepciones: son incapaces de suceder lo que el momento de la apertura no esté todavía concebido (artículo 808 y 809 código civil).
Incapaces para recibir por testamento que a su vez puede ser:
• Absolutos: están referidos a la no existencia del individuo en el momento de la apertura sucesoral.
El no haber sido concebido para el momento de la apertura de la sucesión.
El que ya concebido que después, nace muerto.
El que pre muere al de cujus.
Declarado ausente.
• Relativo: se produce cuando un individuo no puede suceder a alguien determinado la causa el haber sido declarado indigno.
Indignos: son capaces de suceder
1. El que voluntariamente allá perpetuado o intentado perpetuar un delito así como sus cómplices, que merezca cuando menos pena de prisión que exceda de 6 meses en la persona de la sucesión se trata en la de su conyugue, en la descendiente, ascendiente y del hermano.
2. El declarado juicio adultero de la persona cuya sucesión se trate.
3. Los
...