Sucesiones
Enviado por crisbustos • 21 de Abril de 2015 • 482 Palabras (2 Páginas) • 320 Visitas
(1.1) La indignidad, ¿se purga?
No se purga en ningún caso.
Se purga con cinco años de posesión de la herencia.
Se purga con diez años de posesión de la herencia o legado.
Se purga con tres años de posesión de la herencia o legado.
Se purga con cinco años de posesión del legado.
(1.2.6) En nuestra legislación no se admite la sucesión contractual, excepto...
El pacto renunciativo por el cual el sucesible renuncia a la herencia en vida del causante.
El pacto sucesorio cuyo objeto es el todo o parte de una herencia futura.
La partición de bienes por donación hecha por el ascendiente.
El pacto institutivo por el que la persona dispone de la herencia para despúes de la muerte.
Ninguna de las otras opciones es correcta
( 2.2 ) Ana viuda y sin descendencia, falleció como consecuencia de una enfermedad. Los bienes pertenecientes a Ana son un semipiso en Barrio Nueva Córdoba, valuado en la suma de $170.000 y los muebles que hacen al ajuar del hogar, valuado en la suma de $30.000. Antes de su fallecimiento Ana testa a favor de sus tres ahijados, Nora, Francisco y Fernanda; a los cuales les deja el semipiso. Al abrirse la sucesión de Ana, se presentan a la misma: - Nora, Francisco y Fernanda, ahijados de Ana; y - Carlos y Agustín, hijos de una media hermana prefallecida de Ana. ¿Quiénes concurren a recibir la herencia y en que proporción recibirán?
Concurren Carlos y Agustín por todos los bienes que componen la herencia de Ana, pues excluyen a los ahijados de Ana.
Concurren Carlos y Agustín, sólo si ejercen la acción de preterición.
Concurren Carlos y Agustín, sólo si ejercen la acción de reducción.
Concurren Nora, Francisco y Fernanda por el departamento con los bienes que hacen al ajuar incluidos, ya que excluyen a Carlos y Agustín, al haber sido beneficiados por testamento. MAL
Concurren sus ahijados, Nora, Francisco y Fernanda como herederos testamentarios recibiendo el semipiso; conjuntamente con Carlos y Agustín sobrinos de Ana quienes heredan los bienes muebles que hacen al ajuar del hogar.
(1.3.4) No podrán demandar la declaración de indignidad...
Los coherederos con vocación actual o eventual.
El heredero instituido en testamento.
Los acreedores de la sucesión, ni los acreedores de otros herederos.
Los legatarios.
El cónyuge supérstite.
(3.6.5) El sucesible que renuncia a la sucesión hereditaria...
No puede reclamar los legados que, como mejoras, le hubiese efectuado el causante en un testamento.
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