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TEORIA DE LA ARGUMENTACION


Enviado por   •  13 de Enero de 2013  •  639 Palabras (3 Páginas)  •  414 Visitas

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Las Razones del Derecho Teoría de la Argumentación Jurídica de Manuel Atienza

Introducción

Las razones del Derecho, Teorías de la argumentación jurídica, es un libro clásico en la materia. En este trabajo hacemos referencia de la obra del mas celebre filósofo del derecho español, Manuel Atienza, donde nos presenta una concepción diferente del derecho: considera que el derecho es esencialmente una actividad argumentativa que tiene que ver con el lenguaje, con la lógica y con otras formas de argumentación un tanto soslayadas en la cultura jurídica contemporánea, como la tópica, la retórica, y la dialéctica. Como sabemos, estas disciplinas tienen vienen ligadas desde la antigüedad, por grandes obras como la de Aristóteles. Atienza desarrolla su propio concepto de argumentación jurídica en el capítulo introductorio. En este capítulo el autor nos presenta conceptos básicos de la teoría de la argumentación jurídica.

Desarrollo

Con esta obra de Manuel Atienza nos deja muy claro que la práctica del derecho, la argumentación por parte del jurista es fundamental y es considerada como una cualidad que mejor lo define, en opinión personal siento que en nuestra facultad no nos hacen énfasis en esto, así también lo expresa el autor al decirnos que muy pocos juristas leen libros que tengan que ver con esta materia, materia importante para el buen desarrollo de la carrera. De verdad que es de gran utilidad las enseñanzas aquí plasmadas por el doctor, ya que aprte de explicar conceptos, a la vez nos muestra el campo de aplicación que estos pueden tener dentro de la práctica del derecho. Nos detalla que los tres campos en que se efectúan argumentaciones se dan en la producción o establecimiento de normas jurídicas, en la aplicación de normas jurídicas y en la dogmática jurídica, con esto nos podemos dar cuenta de la importancia que esta teoría tiene en la formación de un jurista, ya que las dos primeras son actividades fundamentales y cotidianas en la vida de un buen abogada, que la buena aplicación y desarrollo de estas nos asegura el éxito en nuestro campo.

Entre otros puntos, considera que la lógica formal no puede ser aplicada en todos los casos jurídicos. Dos consecuencias extrae de esa afirmación: la primera es que el silogismo judicial tiene sus límites, y la otra es que la argumentación jurídica se desvincula de la lógica jurídica.

Cuando el autor trata el tema de la retórica, opina que el resurgimiento de esta se debe gracias a Chaim Perelman, este se pregunte como se razona a propósito de valores, responder a esta pregunta lo conduce a plantear la concepción retórica del razonamiento, esto es, el regreso a la idea de que a la par de los razonamientos lógico formales existen razonamientos lógico retóricos. Su idea es ampliar el campo de la razón más allá de las ciencias deductivas o empíricas, para dar cuenta de los razonamientos

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