TEORIA GENERAL DEL DELITO
Enviado por Danny Meza • 27 de Mayo de 2020 • Ensayo • 2.357 Palabras (10 Páginas) • 430 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1]
UNIVERSIDAD NORORIENTAL PRIVADA´´GRAN MARISCAL DE AYACUCHO´´
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO PENAL
SECCIÓN 3D3P
TEMAS 4,5,6 Y 7.
PROFESOR: ESTUDIANTE:
RAUL CAMPINS LUIS MADRID 26.397.695
PUERTO ORDAZ, ABRIL DEL 2020
INTRODUCCIÓN
Para dar inicio a la siguiente obra tenemos que saber que estudiaremos los distintos elementos que tienen que existir para que un delito sea catalogado como tal y pueda ser un hecho punible sancionado por la norma.
Estudiaremos las definiciones y características de distintos elementos como lo es la tipicidad, la antijuricidad y la extinción de la culpa.
INDICE
Contenido
TEORIA GENERAL DEL DELITO 4
¿Qué es? 4
¿Qué es el delito? 4
La acción. 4
La omisión. 4
Delitos de comisión por omisión. 4
La ausencia de la acción. 5
LA TIPICIDAD 6
¿Qué es? 6
Función. 6
Estructura del tipo penal. 6
Especies del tipo penal. 7
La atipicidad. 8
LA ANTIJURICIDAD 8
¿Qué es? 8
Tipos de antijuricidad. 8
El desvalor de la acción y el resultado. 8
Antijuricidad y tipicidad. 8
Ausencia de la antijuricidad. 9
LA EXTINCION DE LA CULPABILIDAD. 9
¿Qué es? 9
La imputabilidad. 9
Error de prohibición. 10
Legítima defensa putativa. 10
La no exigibilidad de la otra conducta. 10
El miedo insuperable. 10
TEMA 4.
TEORIA GENERAL DEL DELITO
¿Qué es?
La teoría del delito es la parte general que se encarga de analizar todos los elementos para que una acción sea calificada como delito, entre los que se encuentran el sujeto, la acción, tipicidad, antijuricidad, culpabilidad y la punibilidad; si uno de estos elementos no se encuentra dentro del hecho, no es considerado como delito.
También trata de estudiar cada característica de cada delito, por lo menos un asesinato es muy distinta a un robo o un hurto, y cada uno de estos hechos tiene particularidades distintas que pueden tener diferentes penas o sanciones.
¿Qué es el delito?
Es una acción sancionada por la norma que busca lesionar o dañar el bien jurídico protegido de otro ser, debe tener todos sus elementos para ser clasificado como tal.
La acción.
Es una conducta activa voluntaria que busca generar un resultado, que consiste en los movimientos corporales del sujeto activo para generar algún cambio negativo en el otro sujeto y termina cometiendo una infracción a la ley por si mismo que debe ser sancionada.
La omisión.
Consiste en la abstención de una acción que se tuvo que haber realizado por un deber legal. Y cumpliendo requisitos legales, puede constituir un delito, causidelito, o una falta.
Delitos de comisión por omisión.
Es una modalidad de comisión de algunos delitos de resultado, por lo que el rasgo más característico de esta clase de delitos es que no existe un deber estrictamente penal que obligue a la persona a actuar ante una situación específica, sino que existe una posición garante por la que el sujeto qdebe proteger el bien jurídico protegido, puesto que al no hacerlo constituye a un acto lesivo del bien.
- La inejecución de la acción esperada: El sujeto es obligado a actuar, por lo tanto deja de hacerlo de forma voluntaria.
- Posición garante: Es la relación que existe entre un sujeto y el bien jurídico protegido, en el cual se hace responsable la indemnidad de éste.
- La producción de un resultado: para ser aplicada es necesario que con la omisión del sujeto se produzca un resultado concreto de lesión o de querer dañar el bien jurídico protegido de la víctima.
- La posibilidad de evitar el resultado: El interprete del caso deberá evaluar de que el sujeto de haber actuado no se hubiera generado el resultado negativo.
La ausencia de la acción.
No todas las conductas de un individuo deben tener efectos penales, por eso para ello es necesaria una acción ¨Final¨
- Caso fortuito: Constituye a un acontecimiento dañoso, pero involuntario e imprevisible.
- Fuerza irresistible: Es un supuesto de hecho al cual se entiende que no puede controlar una fuerza externa y por eso es realizada.
- Movimientos reflejos: Tienen lugar sin que el propio ser haya querido realizar la acción.
- Estados de inconsciencia: En estos casos hay una fuerza mayor que domina el propio cuerpo del ser
TEMA 5
LA TIPICIDAD
¿Qué es?
Es uno de los elementos que conforman un delito, supone la adecuación de una conducta a los presupuestos que detalla la legislación sobre un delito. Si la acción que ejecuta el sujeto pasivo encaja con lo descrito en la norma penal, es considerada como delito y posee su respectiva sanción. En cambio, si la conducta realizada no está descrita en la ley, no es considerada como delito y se tiene que abogar por otros hechos similares que se hayan realizado o no es sancionable.
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