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TEORIA GENERAL DEL PROCESO ALLANAMIENTO


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2015  •  Tarea  •  1.503 Palabras (7 Páginas)  •  504 Visitas

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22.        ¿En qué consiste el ALLANAMIENTO y en qué casos, no es válido el mismo?

Es una conducta o acto procesal. Que implica el reconocimiento por el demandado o por quien resiste en el proceso, a las pretensiones que acciona.

Y no es válido, cuando se trata de cuestiones de orden o interés publico, que pueden afectarse

23.        ¿Cual es la diferencia entre allanamiento y la confesión?

  1. EL ALLANAMIENTO: Es una conducta procesal, que implica el reconocimiento o más bien el sometimiento de la parte demandada o a las pretensiones de quien acciona.

  1. LA CONFESION: Es el reconocimiento de los hechos propios del que declara, tanto de la parte demandada, como de la parte demandante o actora como el demandado o aquel que resiste la pretensión.

24.        Defina la TRANSACCION según el Código Civil:

Es un contrato por el cual las partes haciéndose reciprocas concesiones terminan una controversia presente o previenen una futura.

25.        ¿Cuáles son y en qué consisten las 2 figuras de la HETEROCOMPOSICION?

  1. ARBITRAJE: Consiste en la solución del litigio mediante un procedimiento seguido ante un juez NO profesional, No jurisdiccional, ni estatal, si no ante un juez de carácter privado que es el árbitro y el cual fue elegido mediante acuerdo previo entre las partes

NOTA: La resolución emitida por este arbitro se le denomina LAUDO.

  1. PROCESO: Consiste en el conjunto de actos desenvueltos, por el órgano estatal jurisdiccional, por las partes interesadas y por los terceros ajenos a la relación substancial, actos todos que están proyectados y que convergen en el acto final de aplicación estatal de una ley general al caso concreto convertido, para dirigirlo o para solucionarlo.

26.        Explique en cuantas formas pueden ser los juicios arbitrales:

  1. JUICIOS DE ESTRICTO DERECHO: Se llevan a cabo, conforme a la LEY, es decir, que el arbitro se sujeta a la misma. Sometimiento a las reglas impuestas por el régimen jurídico.

  1. JUICIOS DE EQUIDAD: Dan lugar al libre arbitrio del juzgador, quien resuelve conforme a justicia el caso mismo.

27.        Mencione los casos que pueden someterse al arbitraje:

Estos deberán de estar libres de cualquier esfera de orden o de interés público, para que las partes tengan una libre disposición de los derechos respectivos, solamente así, se pueden someter al arbitraje las cuestiones que deriven de estos derechos y de esas situaciones, como lo serian, ciertas cuestiones sobre discusión y patentes, sobre competencia industrial y algunas de naturaleza fiscal.

28.        Mencione que significa la unidad procesal:

La idea unitaria del proceso, está estrechamente vinculada con la denominación de esta disciplina. La unidad procesal y la teoría general del proceso, son los conceptos auto-compositivos.

29.        Diga y explique, cuales son las posiciones doctrinales que existen respecto a la unidad y diversidad de derecho procesal:

  1. POSICION UNITARIA O DE UNIDAD PROCESAL: El proceso, con forma jurídica, es uno solo. En el plano del continente donde está el proceso existe una unidad, mientras que en el contenido, donde están los litigios, hay diversidad. La diversidad se encuentra en lo contenido del proceso y no es proceso mismo.

  1. POSICION SEPARATISTA: Son teorías que contradicen la posición unitaria, es así que se dice, que el litigio puede ser civil, penal, administrativo, laboral y que no es posible afirmar que el proceso, sea uno solo y que incluso hay diversos principios que rigen a los distintos tipos de procesos.

        

30.        Explica lo relativo a la unidad de derecho procesal, respecto a o académico o doctrinal, a que pregunta responde, de donde proviene la teoría general del proceso, es decir, cual es su tronco común y las demás ramas de dicho tronco y a su vez, cuales son las distintas ramas procesales del tronco común de la teoría general del proceso:

        Unidad de lo académico o doctrinal, el primer problema radica en dar una respuesta a la pregunta de que, si la ciencia es una o son varias las ciencias procesales. Esto es un enfoque de unidad de los diversos procesos y no uno de identidad entre los mismos. La teoría general del proceso, no es sino un capítulo de la Teoría general del derecho. La Teoría general del derecho, tiene una seria de enfoques o partes, como lo puede ser la Teoría general del estado, la teoría general del delito, la teoría general de las obligaciones, la teoría general del proceso. Es indudable la existencia de diversas ramas de lo procesal, pero todas aquellas pertenecen a la teoría general del derecho.

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