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TEORIAS DE LA JUSTICIA


Enviado por   •  20 de Marzo de 2012  •  5.066 Palabras (21 Páginas)  •  638 Visitas

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TEORIAS DE LA JUSTICIA.

Introducción.

¿Qué es Justicia?

“Solo puedo estar de acuerdo en que existe una Justicia relativa y puedo afirmar qué es la Justicia para mí. Dado que la ciencia es mi profesión y, por tanto, lo más importante en mi vida, la Justicia, para mí, se da en aquel orden social bajo cuya protección puede progresar la búsqueda de la verdad. Mi Justicia, en definitiva, es la de la libertad, la de la paz; la Justicia de la democracia, la de la tolerancia.” (Hans Kelsen)

La pregunta sobre cómo se construye una sociedad justa ha encontrado una variedad de respuestas. En consecuencia, se han elaborado un conjunto de teorías que intentan explicar, como los criterios sostenidos por unos y otros toman forma en el desempeño y comportamiento de la estructura básica de la sociedad.

Pero, ¿Qué es exactamente lo que las teorías de la justicia regulan? Este es un cuestionamiento que vale la pena abordar antes de iniciar con la descripción de cualquiera de ellas. Según Elster, una primera respuesta aproximada es: el sistema de libertades y obligaciones y la distribución de ingresos. Con diversos enfoques, la mayoría de las teorías coincide con este planteamiento. Es necesario aclarar que al hablar de la distribución de los ingresos nos referimos tanto a la distribución directa de los impuestos, transferencias y subsidios, como a la distribución de los ingresos que se generan por los recursos productivos o los que se generan por el consumo de artículos o bienes personales (bienes materiales, servicios, respeto por uno mismo, bienestar, conocimiento, salud, aptitudes mentales o físicas, entre otros).

Las Teorías de la Justicia difieren en la importancia que dan a esta clase de bienes. Así, para los utilitaristas el bienestar es fundamental, mientras que Rawls destaca el respeto por uno mismo y Amartya Sen plantea que los bienes moralmente relevantes son aptitudes básicas.

Clases de justicia.

1. Universal.

El principio de Justicia Universal es uno de los principios de aplicación extraterritorial de la ley penal, junto con el principio de personalidad o de nacionalidad y el principio real, de protección o de defensa.

Objetivos de este principio

El principio de Justicia Universal trata de evitar la impunidad de los crímenes más atroces cometidos a la humanidad. Ante estos delitos, cada Estado, como integrante de la Comunidad Internacional y con el objetivo de protegerla debe proceder a juzgar a todo delincuente que detenga en su territorio, cualquiera que sea su nacionalidad y el lugar de ejecución del delito, como ocurre, por ejemplo, la piratería y el tráfico de estupefacientes. Este principio se basa en delitos de naturaleza internacional que atacan intereses fundamentales de la Comunidad Internacional. La definición de estos delitos procede de Tratados Internacionales que ni excluyen ni obligan a la aplicación de este principio considerando que es facultad del Estado preverlo o no en su legislación interna.

La sentencia de 11 de julio de 1996 del Tribunal Internacional de Justicia de La Haya (caso Bosnia vs. República Federal de Yugoslavia) reconoció expresamente el derecho de los Estados a ejercer la jurisdicción universal en materia de genocidio.

2. Justicia Distributiva

Un primer principio relativamente simple es el igualitarismo estricto que advoca la asignación de igual cantidad de bienes materiales a todos los miembros de la sociedad. El principio distributivo alternativo de John Rawls, al que llama principio de la diferencia, permite una asignación que no coincida con el igualitarismo estricto en tanto que la desigualdad tenga el efecto de que los menos aventajados en la sociedad resulten materialmente en una mejor situación de lo que estarían bajo el igualitarismo estricto. Sin embargo, algunos han argumentado que el principio de la diferencia de Rawls no es sensible a la responsabilidad de las personas sobre sus elecciones económicas. Principios distributivos basados en los recursos y principios basados en lo que las personas merecen a causa de su trabajo, persiguen incorporar esta idea de responsabilidad económica.

Los proponentes de principios basados en el bienestar no creen que la primera preocupación distributiva debería ser los bienes y servicios materiales. Argumentan que los bienes y servicios materiales carecen de valor intrínseco y son valiosos únicamente en tanto incrementen el bienestar. Por lo tanto, argumentan, los principios distributivos deberían estar diseñados y evaluados de acuerdo a la forma como afecten el bienestar. Por otro lado, los proponentes de principios libertarios generalmente critican cualquier patrón de distribución ideal, ya sea que los sujetos del patrón sean el bienestar o los bienes materiales. En general argumentan que dichos principios distributivos entran en conflicto con exigencias morales más importantes, tales como las de la libertad o el respeto hacia la auto-propiedad. Adicionalmente, las críticas feministas de los principios distributivos existentes señalan que tienden a ignorar las circunstancias particulares de las mujeres, especialmente el hecho de que las mujeres con frecuencia tienen la responsabilidad primaria de criar a los hijos. Por lo tanto, algunas feministas se encuentran desarrollando y/o modificando principios distributivos para hacerlos sensibles a las circunstancias de las mujeres y al hecho de que en promedio las mujeres dedican al mercado de trabajo una menor porción de sus vidas que los hombres.

Justicia distributiva y riqueza

La justicia distributiva considera la distribución de bienes y servicios entre los miembros de la sociedad en un momento específico y en base a esto determina la aceptabilidad de las condiciones resultantes. Por ejemplo, al evaluar una situación examinado los niveles de vida según la riqueza absoluta o los patrones de distribución de la riqueza se está pensando en términos de justicia distributiva. En general, los proponentes del igualitarismo se apoyan en nociones de la justicia distributiva, sin embargo no todos los proponentes de teorías de consecuancialismo que se interesan por resultados equitativos en la sociedad.

3. Justicia Conmutativa

La justicia conmutativa es la igualdad o equilibrio en el intercambio de bienes entre compañeros que se intervienen para todo; es justa la igualdad de trato en las relaciones comerciales, si alguien vende una casa, no sería justo que se le pagase con un par de sandalias. La igualdad de valor de los bienes que se intercambian es una condición básica para que el trato pueda considerarse justo. La palabra proviene del latín conmutare que significa

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