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TERCERIA DE PROPIEDAD


Enviado por   •  25 de Febrero de 2014  •  797 Palabras (4 Páginas)  •  284 Visitas

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TERCERIA DE PROPIEDAD

1) SUJETOS PROCESALES:

• .DEMANDANTE: Jorge Alexander Ávila Celis y

Carlos Antonio Ávila Celis

o .DEMANDADO .CARROCERIA MORILLAS SA

.Walter Leoncio Trujillo Guevara

.Luis Ever Trujillo Guevara

.EMPRESA DE TRASPORTES VIRGEN DE LAS MERCEDES SRL

PRETENSION DE LA DEMANDA

(PRETENSION DE CONDENA)

.Los señores Carlos y Jorge Ávila Celis, demandan TERCERIA DE PROPIEDAD.Piden que se DESAFECTE LA EJECUCION DE GARANTIAS REALES, que se tramitaba en exp.N° 5496-05 un proceso paralelo al presente proceso ,para que se desafecte y se procedan a entrega inmediata del vehiculo-omnibus,marca Mercedes benz,año de fabricación 1994,color bla/cel/roj/ver.

2) ASPECTO SUSTANTIVO: CODIGO CIVIL

Art 886: Son bienes muebles, en este caso correspondería solo y exclusivamente al inciso 1del mismo artículo, ya que el vehículo afectado es un vehículo motor-terrestre.

.VALE HACER MENSION EN CUANTO ALA PRENDA, ES UNA FIGURA JURIDICA QUE EN LA ACTUALIDAD ESTA DEROGADA.PUES LO ENCONTRAREMOS A LO LARGO DE ESTE PROCESO.PARA EL PRESENTE SI FUE APLICABLE EN SU MOMENTO.

Art 140(inciso 2,3y 4): En el cual el demandante sustenta que con el ACTA DE TRASFERENCIA DE PROPIEDAD, celebrado por Walter Trujillo Guevara (E. T VIRGEN DE LAS MERCEDES) y el recurrente ,afirma que se realizo un acto jurídico, el cual cumplía con todos los requisitos de validez, para ser un pacto legal .

Art 2943 y 2044: Estos artículos han sido tomados para hacer una apreciación directa al caso, pues si el recurrente fuera el verdadero propietario, estuviera inscrito el bien ante la autoridad competente de REGISTRO DE SU LOCALIDAD.

Art 2019: Nos dice que, los actos y derechos son inscribibles, en este caso el recurrente no aprecio lo que prescribe el presente artículo en su inciso 1.

Art 923: Que, hace referencia al poder jurídico que tiene el propietario de poder uzar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien. En lo cual podemos constatar con este articulo que se le está afectado su derecho de propiedad.

Art 2012: PRINCIPIO DE PROPIEDAD REGISTRAL.-Crítica constructiva por parte del redactor del informe hacia el demandante ,pues antes de haber celebrado el contrato de TRASFERENCIA DE PROPIEDAD ,debía recurrir a la Entidad De Registro de su localidad, para ver si ese bien se encontraba prendado ,hipotecado o el propietario era desconocido.

En cuanto al presente artículo, ante contratos de este caso prima el principio de propiedad registral “se presume sin admitir prueba en contrario, que toda persona tiene conocimiento del contenido de las inscripciones “.

3) ASPECTO PROCESAL: CODIGO ADJETIVO

Art 608-611: Medida Cautelar –contenido.- En el presente proceso se pretendía dejar sin efecto el EXP: N°5496-05 DE EJECUCION DE GARANTIAS REALES, el cual era ventilado

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