TITULOS VALORES
Enviado por jberriob • 9 de Marzo de 2015 • 1.484 Palabras (6 Páginas) • 157 Visitas
TALLER TITULOS VALORES
1. CUALES SON LAS CONSECUENCIAS POR AFECCIONES A UN TITULO VALOR
La reivindicación, el secuestro, o cualquier otra afección o gravámenes sobre los derechos consignados en el titulo-valor sobre las mercancías por las representadas, no surtirán efectos sino comprenden el título mismo materialmente.
2. CAULES SON LAS PROIVICIONES AL TENEDOR DE CAMBIO EN FORMA DE CIRCULACION DE UN TITULO VALOR.
El tenedor de un título valor no podrá cambiar su forma de circulación sin consentimiento del creador del título.
3. CUALES SON LAS OBLIGACIONES EN CASO DE ALTERACION DEL TEXTO DE UN TITULO VALOR
Los signatarios anteriores se obligan conforme al texto original y los posteriores conforme al alterado.se presumen, salvo prueba en contrario, que la suscripción ocurrió antes de la alteración
4. ES LEGAL LA SUSCRIPCION DE UN TITULO VALOR POR DOS O MAS PERSONAS EN EL MISMO GRADO?
Si es legal, según ARTÍCULO 632. <SUSCRIPCIÓN DE UN TÍTULO-VALOR POR DOS O MAS PERSONAS EN EL MISMO GRADO - OBLIGACIONES Y DERECHOS>. Cuando dos o más personas suscriban un título-valor, en un mismo grado, como giradores, otorgantes, aceptantes, endosantes, avalistas, se obligará solidariamente. El pago del título por uno de los signatarios solidarios, no confiere a quien paga, respecto de los demás coobligados, sino los derechos y acciones que competen al deudor solidario contra éstos, sin perjuicio de las acciones cambiarias contra las otras partes.
5. CUALES SON SUS OBLIGACIONES Y DERECHOS.
Cuando dos o más personas suscriban un título valor, en un mismo grado, como giradores, otorgantes, aceptantes, endosantes, avalistas, se obligan solidariamente. El pago del título por uno de los signatarios solidarios no confiere a quien paga, respecto de los demás coobligados, sino los derechos y acciones que competen al deudor solidario contra estos, sin perjuicio de las acciones cambiarias contra las otras partes.
6. CUALES SON LOS REQUISITOS PARA EL SUSCRIPTOR DE UN TITULO EN CALIDAD DE REPRESENTANTE O MANDATARIO.
Cuando el suscriptor de un título obre como representante, mandatario u otra calidad similar, deberá acreditarla.
La representación para suscribir por otro un título-valor podrá conferirse mediante poder general o poder especial, que conste por escrito.
No obstante, quien haya dado lugar, con hechos positivos o con omisiones graves, a que se crea, conforme a los usos del comercio, que un tercero está autorizado para suscribir títulos en su nombre, no podrá oponer la excepción de falta de representación en el suscriptor.
7. ES LEGAL EL ENDOSO EN BLANCO.
El endoso puede hacerse en blanco, con la sola firma del endosante, en este caso, el tenedor deberá llenar el endoso en blanco con su nombre o el de un tercero, antes de presentar el título para el ejercicio del derecho que en él se incorpora.
8. CUALES SON LAS CLASES DE ENDOSO DE UN TITULO A LA ORDEN.
a. Endoso que transmite la propiedad
b. endoso en procuración
c. endoso en garantía
9. CUAL ES EL PLAZO PARA LA ACEPTACION DE LAS LETRAS GIRADAS A CIERTO DIA O A DIA CIERTO DESPUES DE SU FECHA.
Será potestativa; pero el girador, si así lo indica en el título, puede convertirla en obligatoria y señalar un plazo para que se realice. El girador puede, asimismo, prohibir la presentación antes de una época determinada, así lo consigna así en letra. Cuando sea potestativa la presentación de la letra, el tenedor podrá hacerla a más tardar el último día hábil anterior al del vencimiento.
10. CUAL ES EL CONTENIDO DEL ACTA QUE SE LEVANTA POR PROTESTO DE LA LETRA DE CAMBIO.
a. la reproducción literal de todo cuanto conste en la letra.
b. el requerimiento al girador o aceptante para aceptar o pagar la letra, con la indicación de si esa persona estuvo o no presente.
c. los motivos de la negativa para la aceptación o pago.
d. la firma de la persona con quien se extiende la diligencia, o la indicación de la imposibilidad para firmar o de su negativa, y
e. la expresión de lugar, fecha y hora en que se practique el protesto, la firma del funcionario que lo autorice.
11. SON REQUISITOS DEL PAGARE
a. la mención del derecho que en el titulo se incorpora, y
b. la firma de quien lo crea
c. la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero.
d. el nombre de la persona a quien debe hacerse el pago.
e. la indicación de ser pagadero a la orden o al portador, y
f. forma de vencimiento.
12. PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES CAMBIARIAS DERIVADAS DEL CHEQUE.
Prescriben las del último tenedor, en seis meses, contados desde la presentación; las de los endosantes y avalistas, en el mismo término, contando desde el día siguiente a aquel en que paguen
...