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TP DISEÑO CURRICULAR Marco General para la Educación Inicial


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2017  •  Resumen  •  4.762 Palabras (20 Páginas)  •  424 Visitas

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TP DISEÑO CURRICULAR

Marco General para la Educación Inicial

DIDÁCTICA

Profesora: Julieta Gómez

Alumnas:           Micaela Homedes

Solange Lambiase

Jésica Quintana

María Julieta Garaventa

1° Inicial – 2017

Instituto Superior de Formación Docente N° 39 – Jean Piaget

A) A partir de la lectura del Marco General del Diseño Curricular para el Nivel Inicial de la Provincia de Buenos Aires, elaborar las siguientes consignas:

1- Realizar una breve reseña histórica de la Educación Inicial en Argentina.

        En 1870 Juana Manso, colaboradora de Sarmiento, inspirada en las ideas del alemán Froebel funda el primer Jardín de Infantes argentino, cuya finalidad es la estimulación de la inteligencia, el acercamiento al arte y que sean mixtas como continuidad de la vida familiar.

        En 1875 se establece la Ley de Educación Común de la Provincia de Buenos Aires, donde se establece como deber de los Consejos Escolares la creación de de jardines. En 1885 en la Ciudad de La Plata el primer Jardín de Infantes bonaerense. En un principio sólo tenían acceso a los jardines los niños de sectores económicamente más favorecidos.

        A principios del siglo XX, aparece una nueva concepción de la infancia: afirmando la educabilidad del niño, considerando las bondades de la enseñanza por medio del juego y no así del conocimiento y la razón.

        En el año 1935 se creó el Jardín de Infantes Municipal en Trenque Lauquen, coordinado por Jaime Glattstein. Unos años más tarde, en 1946, Jorge Simini presenta un proyecto de ley que establece la obligatoriedad del jardín de infantes desde los 3 hasta los 5 años, y en Octubre del mismo año es sancionada como Ley, la N° 5.096. Esta Ley consideraba a la Educación Preescolar como la etapa inicial de la Escuela Primaria y por esto promovía la creación de Jardines de Infantes en la Provincia. También establecía la gratuidad y obligatoriedad para los niños de ambos sexos desde los 3 hasta los 5 años inclusive; la creación de la Inspección General de Jardines de Infantes; el requisito indispensable de poseer título de Profesora de Jardín de Infantes (profesora que deberá inspirarse en las normas que rigen el funcionamiento de la Escuela Nacional de Profesorado de Jardín de Infantes Sara Eccleston, único establecimiento oficial que preparaba personal especializado); la planta funcional mínima para los jardines; la remuneración de los docentes, que no podrá ser inferior a la establecida para las maestras de escuelas comunes; y los plazos: 30 días para designar al Inspector General y tres años para dar cumplimiento a la Ley en todo el territorio de la provincia. De esta forma se logra una democratización de la educación y se plantea como fin principal proteger, asistir y favorecer el desarrollo integral-físico, moral, intelectual y estético de todos los niños.

        Los jardines provinciales de esa época desarrollan tareas pedagógicas, porque preparan a los chicos para la escuela primaria; y tareas sociales porque son un servicio concreto para la incorporación de la madre al mundo del trabajo, y también la integración del niño marginado.

        En 1948 de crea la Inspección General de Jardines de Infantes, que, entre otras cosas, establece la obligatoriedad de poseer un título docente para ejercer como tal.

        En 1951 se sanciona la Ley N° 5.650 que definía la educación preescolar como optativa.

        En 1980, durante la dictadura militar, se publica el “Nuevo Programa de Actividades Curriculares y Orientaciones Didácticas para la Educación Preescolar”, donde primaba la influencia tecnicista y personalista y se limitaba la imaginación en el juego. Una vez vuelta la democracia, se reinició el debate educativo.

        En 1989 se dicta la resolución que crea la propuesta de los Servicios de Educación Inicial Nucleados (SEIN) que respondía a laS necesidades de comunidades rurales e isleñas. En 1993 pasaron a ser Servicio de Educación Inicial Mínimo (SEIM) y en 2002 fueron denominados Servicio de Educación Inicial con Matrícula Mínima (SEIMM).

En 1993 se sancionó la Ley Federal de Educación, donde el Nivel Inicial era considerado jurídicamente el primer eslabón del Sistema Educativo argentino estipulando la obligatoriedad de la Sala de 5 años.

Actualmente en Nivel Inicial de la Provincia de Buenos Aires está estructurado en función de la Ley de Educación Provincial 13.688 aprobada en Junio de 2007. Allí se establece que el Nivel Inicial constituye una unidad pedagógica que brinda educación a los niños desde los 45 días hasta los 5 años de edad inclusive, siendo obligatorios los dos últimos años. Y el Nivel Inicial está conformado por los Jardines de Infantes (se encuentran en todo el territorio provincial, en ámbitos urbanos, rurales e islas; atiende niños de 3 a 5 años inclusive y en los últimos años se han incorporado niños de 2 años); Jardines maternales (instituciones que reciben a niños de 45 días a 2 años inclusive); SEIMM (Servicios de Educación Inicial de Matrícula Mínima en zonas rurales, integrados por secciones multiedad desde los dos hasta los cinco años inclusive); Escuelas infantiles (instituciones que atienden a niños desde los 45 días a 5 años).

2- Educar en el jardín es una responsabilidad ética, política y pedagógica. Desarrolla y fundamenta según lo expresado en Diseño Curricular de Nivel Inicial.

Asistir a la educación de la primera infancia otorga al niño una herramienta clave de integración e inclusión social, y el contexto social actual busca contribuir a esa integración y alcanzar una sociedad pluralista donde se reconozcan las particularidades de cada uno, por eso es importante contar con las herramientas necesarias a lo largo de la escolaridad para alcanzar las expectativas de éxito.

Incluir y reconocer son las finalidades de la educación formal temprana. Estas constituyen a la base ética y política de la tarea cotidiana de la enseñanza. Entonces, podemos decir que desde el punto de vista político, el jardín es el espacio donde se experimenta por primera vez la interacción con otros niños y niñas, con los que se aprende a competir (en el buen sentido de la palabra), a discernir, se aprende lo que es propio, lo que es ajeno y lo que es compartido, aparecen el egoísmo, la empatía, se aprende a convivir. Es ahí donde nace el acto político como responsabilidad, ya que deben aprender como accionar y reaccionar frente a estas nuevas sensaciones, y deben hacerlo considerando a quienes tienen a su alrededor.

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