TRABAJO LOTTT
Enviado por SAMIGOS • 3 de Junio de 2012 • 2.543 Palabras (11 Páginas) • 689 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NORORIENTAL PRIVADA
GRAN MARISCAL DE AYACUCHO
FACULTAD DE DERECHO
MATURÍN – EDO. MONAGAS
DIFERENCIAS ENTRE:
LEY ORGANICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
LEY ORGANICA DEL TRABAJO
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO
Profesora: Realizado por:
Dubbia Bastardo Benavides, Edgarly
Sección 03 C.I.: V-20.311.996
Maturín, Mayo de 2012
INTRODUCCIÓN
Con la presencia de los representantes de la Comisión Presidencial para la Ley Orgánica del Trabajo, el Presidente de la República recordó que fue por petición de los trabajadores que decidió elaborar una nueva legislación.
Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo, algunos aspectos puntuales de su contenido tendrán una aplicación gradual, a fin de que los afectados puedan adecuarse a la norma. En todo caso, antes de su publicación, la nueva LOT será enviada al Tribunal Supremo de Justicia para que reciba su carácter de Ley Orgánica.
Se establecerá un plazo máximo de un año para que las empresas hagan los ajustes correspondientes, ya que será de obligatorio cumplimiento que los trabajadores tengan dos días continuos de descanso. Asimismo, para el caso de la eliminación de la tercerización se otorgará un tiempo prudencial para su cumplimiento.
A pocas semanas de haber sido firmada por el Presidente de la República y posteriormente revisada por el Tribunal Supremo de Justicia, fue publicada en Gaceta Oficial Nº 6.076 extraordinaria la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT).
A partir de ahora, trabajadores y patronos tendrán que dar fiel cumplimiento a la nueva normativa de 554 artículos y siente (7) disposiciones transitorias, que busca la protección al trabajo como hecho social y garantizan a los trabajadores la justa distribución de la riqueza.
Entre los aspectos novedosas de la ley destaca el regreso de la retroactividad de las prestaciones de los trabajadores activos desde 1997, la reducción de la jornada laboral de 44 a 40 horas semanales, el pago doble de prestaciones en caso de despido injustificados, la eliminación de la tercerización y del cobro de comisiones bancarias por servicios de la cuenta nómina.
También se elimina la comisión tripartita para evaluar el ajuste salarial y otras medidas que involucren al sector laboral, estabilidad laboral después del primer mes de trabajo y no tres meses como en el pasado, las utilidades se calcularan en base a 30 días y no 15 días, se incorporan lunes y martes de carnaval, el 24 y 31 de diciembre como días feriados.
La ley debe adaptarse casi en su totalidad, salvo la eliminación de la tercerización que se establece un lapso de tres años y la reducción de la jornada laboral que se fijo un año para su aplicación. Los sindicatos tendrán que acudir al Registro Nacional de Organizaciones Sindicales a partir de 1 de enero de 2013, mientras lo continuaran haciendo en las inspectorias de trabajo.
El presidente designara un consejo superior de trabajo para velar por el cumplimiento de la normativa laboral, en conjunto con el Ministerio de Trabajo.
Con la LOTTT queda derogada la Ley Orgánica del Trabajo del 19 de Junio de 1997, publicada en la Gaceta Oficial Nº 5152, extraordinaria, reformada el 6 de mayo de 2011 publicada en la Gaceta Oficial Nº 6024, extraordinaria.
Ahora bien, tratemos de explicar algunos aspectos relacionado a:
I.- ¿Cómo quedan las utilidades?
Según la nueva Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT). Las utilidades deberán distribuir entre todos sus trabajadores y trabajadoras, por lo menos el 15% de los beneficios líquidos que hubieren obtenido al fin de su ejercicio anual.
II.- Límite Mínimo y Máximo
Esta obligación tendrá, respecto de cada trabajador o trabajadora como límite mínimo, el equivalente al salario del treinta (30) días y como límite máximo el equivalente al salario de cuatro (4) meses.
III.- Bonificación de Fin de Año
Articulo 132: Las entidades de la trabajo con fines de lucro pagaran a sus trabajadores y trabajadoras, dentro de los primeros 15 días del mes de diciembre de cada año o en la oportunidad establecida en la convención colectiva, una cantidad equivalente a 30 días de salario.
IV.- En relación al salario actual
Salario Mínimo: hubo un aumento al salario mínimo de 32,25%, distribuido de la siguiente manera: 15% a partir de 1 de Mayo de 2012, lo cual representa un aumento de 232,23 Bs., llegando el salario a un mínimo de 1.780,45 Bs.; y 15% a partir de 1 de Septiembre de 2012, lo cual representara un aumento de 267,07 Bs., llegara el salario mínimo a 2.047,52 Bs.
Representando ese 32,25% un aumento de 499,30 Bolívares.
Según la Ley Orgánica del Trabajo derogada.
I.- Artículo 174
Las empresas deberán distribuir a sus trabajadores un 15% de los beneficios líquidos en su ejercicio anual.
II.- Límite Mínimo y Máximo
Parágrafo Primero: Esta obligación tendrá, respecto de cada trabajador, como límite mínimo, el equivalente al salario de quince (15) días y como límite máximo el equivalente al salario de cuatro (4) meses.
III.- Aguinaldo de Fin de Año
Las empresas y los establecimientos o explotaciones con fines de lucro pagarán a sus trabajadores, dentro de los primeros quince (15) días del mes de diciembre de cada año o en la oportunidad establecida en la convención colectiva, una cantidad equivalente a quince (15) días de salario.
IV.- En relación al salario
Salario Mínimo: se encontraba en el orden de los 1.548,22 Bs.
Según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
I.- Salario
Artículo 91 (CRBV): Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para si y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales.
II.- Límites Máximo y Mínimo
En su artículo 91 (CRBV) estipula que se garantizara el pago de igual salario por igual trabajo.
Según el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
I.- Utilidades Legales
Artículo 57 (Reglamento) Participación en los beneficios de la empresa, Impuesto sobre la Renta: Para el cálculo del monto a distribuir entre los trabajadores o trabajadoras de una empresa por concepto de participación en los beneficios o utilidades, no podrá deducirse la cantidad que corresponda pagar
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