Tarea: UNA DEMANDA ADMINISTRATIVA
Enviado por mariela255 • 11 de Junio de 2016 • Tarea • 3.605 Palabras (15 Páginas) • 1.089 Visitas
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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE HONDURAS
Abogado: ADOLFO ENRIQUE
Integrantes: DELMIS MARIELY VALLECILLO PAZ
ASIGNATURA: ADMINISTRATIVO 1
Tarea: UNA DEMANDA ADMINISTRATIVA
SE INTERPONE LA DEMANDA ORDINARIA PARA QUE SE DECLARE ILEGALIDAD Y LA NULIDAD DE UN ACTO ADMINISTRATIVO TACITO DE, C'ARACTER GENERAL EMITIDO POR EL PODER EJECUTIVO POR NO ESTAR AJUSTADO A DERECHO.- SE SOLI'CITA LA SUSPENSION DEL ACTO IMPUGNAO(O.-, SE ACOMPANAN • 'I • DOCUMENTOS. SE SENALA EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRAN ORIGINALES. COMPARECENCIA.
Señor Juez de Letras de 10 Contencioso Administrativo.
Nosotros, GELMER HUMBERTO CRUZ Y HENRY GEOVANNY SALGADO NUNEZ ambos mayores de edad, casados, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales~ y Abogado y de este domicilio, con carnet de colegiación 9141 y 4300 respectivamente, actuando en " I • nuestra condici6n de Agentes de Tribunales del Ministerio Publico, por .: I' . delegaci6n y bajo la dependencia del Fiscal General de la Republica y en representaci6n, defensa y protecci6n de los más altos intereses generales de la sociedad y en el cumplimiento del fin de velar por el respeto e imperio de la Constituci6n y las leyes conforme 10 indica la .. ". Ley del Ministerio público, con el debido respeto comparezco ante usted señor Juez de Letras de 10 Contencioso Administrativo, en tiempo y forma, demandando al Estado de Honduras a través de la Procuradora General de la Republica, Abogada Rosa América Miranda de Galo, en su· condici6n de representante legal del Estado, de conformidad con 10 establecido en el Artículo 228 de la Constituci6n de la Republica en relaci6n con el Articulo 24 de la Ley de la Jurisdicci6n de 10 Contencioso Administrativo, de quien desconozco su domicilio, pero quien para efectos de citaci6n y emplazamiento podrá ser Liberada en las oficinas de la Procuraduría General de la Republica, Edificio Plaza COLPROSUMAH, Boulevard Centro América, Tegucigalpa, M. D. O~ I' para 'que en sentencia definitiva se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter general, dictado en Consejo de Ministros~ y formalizado mediante Decreto Ejecutivo Numero PCM-05-2009, emitido en fecha 23 de marzo del presente ario anunciado en cadena nacional de radio y televisi6n en la misma fecha, basándome en los hechos y consideraciones legales siguientes:
HECHOS
PRIMERO: Que el Presidente Constitucional de la Republica, en . . '. Consejo de Ministros el 23 de marzo del 2009 emiti6 Decreto Ejecutivo PCM-05-2009, en el cual ordena realizar una amplia consulta popular en todo el territorio nacional para que la ciudadana hondureña pueda expresar libremente su acuerdo 0 no con la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, que dicte y apruebe una nueva Constituci6n política, asimismo dispone que el ente a cargo será el instituto NACIONAL DE ESTADISTICA (lNE), quien deberá ejecutar 0 combinar la generaci6n de datos, la consulta deberá llevarse a cabo a más tardar el último domingo de junio, del ario en curso, en la cual planteara la siguiente pregunta: está usted de acuerdo que en las elecciones generales de noviembre del 2009, se instale una cuarta urna para decidir sobre la convocatoria una Asamblea Nacional Constituyente, que apruebe una nueva Constituci6n política?; asimismo orden6 a todas las instituciones y entes del Poder Ejecutivo que la obligaci6n de brindar colaboraci6n oportuna y adecuada al Instituto Nacional de Estadística.
SEGUNDO: En virtud que el Decreto emitido establece en su artículo 4 que el mismo es de ejecuci6n inmediata (el cual no ha sido publicado), se ha podido verificar que se ha realizado una campaña publicitaria en diversos medios de comunicaci6n radial, escritos y televisados) promoviendo consulta popular en los términos referidos en el decreto, acciones que se efectúan en nombre del Instituto Nacional de Estadística (INE), asimismo se ha constatado que desde Casa Presidencial se ha ordenado a una agencia de publicidad efectuar los anuncios en relaci6n con el decreto; asimisl1)o han repartido calcomanías promoviendo la cuarta urna; a su vez, en, fecha 23 de abril del año curso se realiz6 una comparecencia pública del Presidente de la . . I .. República y parte del Consejo de Ministros en la cual justifican sus actos como Esla emisi6n del decreto antes referido y demás acciones realizadas amparándose en la Ley de Participaci6n Ciudadana.
.CONSIDERACIONES LEGALES QUE MOTIVAN LA NULIDAD DEL ACTO
TERCERO: De conformidad a los hechos enunciados podemos. , . I '. . establecer que el titular del Poder Ejecutivo y su Consejo de Ministros han emitido un acto administrativo y efectuado hechos administrativos en consonancia con' el primero, mismos que son susceptibles de Em) nulidad por 10 cual expondremos 10 siguiente: En primer lugar tenemos resaltar que el decreto en mención no ha sido publicado en el Diario Oficial la Gaceta, a pesar que el artículo 4 del mismo 10 ordena y que .el artículo 119 de la Ley General de la Administraci6n Publica, establece que los decretos del Presidente de la Republica serán publicados en el diario antes mencionado y aunado a ello el artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece que los actos de la administración de carácter general (Decreto PCM-05-2009) adquiere su eficacia desde la fecha de su publicación; estas disposiciones hacen parecer que el acto administrativo no tiene su eficacia y carece de legitimidad en la vida jurídica del país; no .obstante, podemos afirmar que los actos posteriores a la remisión del decreto producen los efectos de un decreta publicado, porque la Ley de Procedimiento Administrativo en su artículo 28, establece la figura de los actos tácitos, en los cuales regulan el comportamiento de la administraci6n cuando los actos no se legitiman de conformidad a 10 previsto en la Ley, pero "cuando los hechos realizados por los funcionarios de la ad'ministraci6n son únicos e incompatibles con una voluntad distinta y se realizan actos tendientes a la ejecuci6n del decreto 'en referencia 10' que significa que el decreto surti6 los efectos jurídicos esperados por la" autoridad emisora consecuentemente adquiere vigencia y eficacia en el trafico jurídico por tanto se hace susceptible de todas las acciones legales correspondientes como si se tratare de un acto administrativo expreso.
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