Tema- Legislacion de transito.
Enviado por odalisa • 11 de Agosto de 2016 • Monografía • 2.147 Palabras (9 Páginas) • 229 Visitas
UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS
(UAPA)
FACULTA DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
Legislación de Transito.
FACILITADOR
Lic. Rafael Mieses
Joselito Sánchez.
09-2661
TRABAJO FINAL
PODER JUDICIA
JUZGADO DE PAZ PARA ASUNTOS MUNICIPALES
RESUMEN.
Proceso No.076-1600004 EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
Auto No.32-2016
AUTO DE APERTURA A JUICIO
En el municipio Esta provincia Santo Domingo Republica Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil dieciséis (2016), a los 172 años de la Independencia y 152 años de la restauración de la Republica.
Resumen.
EL JUZGADO DE PAZ PARA ASUNTO MUNICIPALES DE SANTO DOMINGO ESTE. Que regularmente constituido en la sala donde acostumbra a celebrar sus audiencias públicas, ubicación es san Vicente de Paul 106, segunda planta. Alma Rosa, municipio Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, preside el juez en función Ernesto Evertz Rodríguez, asistido de la secretaria la cual en Audiencia pública dicta la siguiente resolución
CON MOTIVO del conocimiento de la Audiencia Preliminar en ocasión del proceso en contra del imputado MIGUEL ANTONIO GUZMAN OLIVO, al cual se le ha presentado acusación por presunta violación a las disposiciones de los Artículos 49 y 65 de la Ley 241 sobre tránsito de vehículo de motor, modificado por la 114-99.
Oído al Juez dar apertura de la Audiencia siendo las 10; 10 de la mañana también Oído al Ministerial de estrados en la Lectura del Rol de Audiencias. Al Juez Ordenar a la secretaria del Tribunal que verifique las presencias de las partes la cual esta dio cumplimiento a la disposición
Así mismo la secretaria auxiliar llamar al señor Miguel Antonio Guzmán Olivo en calidad de Imputado, quien manifiesta ser Dominicano Mayor de edad portador de la cedula de identidad No. 001-165166-1, domiciliado y residente en la calle 21 de 3 de enero villa Duarte Simonico No- 26 Santo Domingo Este, con el teléfono No. 809-878-5093.
Así mismo el secretario llamo a la Señora FRANCISCA ANTONIA CORDERO, en calidad de querellante y actor civil, quien manifiesta ser Dominicana mayor de edad, de Cedula 223-0138276-2domiciliada y residente en la calle norte casa 37 los mameyes santo domingo este.
Oído también a la secretaria llamar a ANGEL DANIEL CORDERO en calidad de querellante el cual no estuvo presente
Luego el juez requirió las calidades de las partes.
Oída a la doctora NIDIA IVELISSE FELIZ NIN, Manifestar que es la fiscalizadora del juzgado de Paz para Asuntos Municipales de Santo Domingo Este.
Así también al Lic. WASCAR LEANDRO BENEDICTO, en representación de la parte querellante y actora civil, ser dominicano, mayor de edad portador de la cedula de identidad No. 001-0062470-9 con estudio profesional abierto en la calle lea de castro No. 256 esquina Sánchez, Gazcues, Santo Domingo, Distrito Nacional con tel. 809-682-9101
Escuchamos luego al Lic. ELIS JIMENEZ MOQUETE, Quien asiste al imputado y al tercero civilmente demandado COLONIAL TOUR AND TRAVEL, y a la entidad de SEGUROS UNIVERSAL, Y QUIEN manifiesta ser Dominicano mayor de edad, portador de cedula No. 001-0154001-1 con estudio profesional abierto en la arzobispo portes No.651, Ciudad Nueva Distrito Nacional. Con tel. No. 809-688-0964.
Oído al juez señalar a las partes y ala público presente la importancia de la audiencia preliminar.
Oído, al ministerio publico presentar acusación: en fecha 30 de mayo de 2014, los señores ANGEL DANIEL CORDERO AGRAMONTE Y FRANCISCA ANTONIA CORDERO, transitaban por la vía publica en la av., el faro frente a la funeraria de los tres ojos dirección este oeste cuando son impactados por el vehículo Hyundai, año 2011 placa No, 1052451, Chasis No. KMJWA37HABU306740 que conducía el imputado MIGUEL ANTONIO GUZMAN OLIVO, haciendo caso omiso a las reglas de tránsito, al conducir de forma imprudente y temeraria con exceso de velocidad, en violación a los artículos 49 y 65 de la Ley 241 sobre Transito de vehículo de motor, modificado por la Ley 114-99 presentamos como pruebas los siguiente elementos. Acta policial, sobre accidente de tránsito No. Q31171-14, de fecha 30 de mayo del año 2014, emitida por la sección de transito de Amet Oriental. Certificado Médico legal del instituto Nacional de ciencias Forenses (INACIF) marcado con el No.101197, de fecha 28 de septiembre del año 2015, a nombre de Francisca Antonia cordero con el cual constataremos las lecciones causadas por el accidente de Tránsito por el señor miguel Antonio Guzmán olivo, producto del manejo temerario, salvaje y brutal con la cual demostramos los hechos. Certificación expedida por la dirección General de Impuestos Internos de fecha 21 de agosto del 2014, con lo cual se comprueba la vinculación del vehículo en el hecho. Certificación expedida por la superintendencia de seguros con la cual comprobamos que el vehículo estaba asegurado
Concluye de la siguiente manera primero; admitir en todas sus partes la acusación por esta hecha conforme al derecho y basado en elemento probatorio legalmente obtenidos dictando auto de apertura a juicio en contra del acusado Miguel Antonio Guzmán Olivo, segundo admitir la totalidad de la pruebas presentadas por el ministerio público por se recogidas en plenas observancia de la norma procesal vigentes, relacionadas con el objeto investigado para que en juicio de fondo podamos llegar al esclarecimiento de la verdad.
El abogado de la parte querellante y actor civil manifiestan los siguientes se adhieren a la acusación
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