Titulos De Credito
Enviado por MaGabyDominguez • 5 de Septiembre de 2014 • 1.329 Palabras (6 Páginas) • 209 Visitas
TEORIA GENERAL DE LOS TITULOS DE CRÉDITO
DEFINICION: documentos materiales o electrónicos que incorporan un derecho literal y autónomo cuyo ejercicio y tranferencia es imposible independientemente del titulo o de la anotación oa asiento electrónico. Por otro lado constituyen cosas mercantiles y una especie de negocions jurídicos mercantiles.
TERMINOLOGIA: títulos de crédito (según la corriente italiana que acepta nuestra legislación. Art. 383 Cdc) el termino valores esta cobrando mayor auge.
NATURALEZA JURIDICA: en un bien mueble y contiene un negoc io jurídico unilateral.
REQUISITOS: nombre del titulo de que se trate, fecha y lugar de cracion, derechos que el titulo incorpora, lugar y fecha del cumplimiento o ejercicio de tales derechos, firmas de quien lo crea.
CARACTERISTICAS:
Formulismo: porque el derecho incorporado solo produce efectos jurídicos si se observan en los documentos las formulas minimas escenciales y generales previstas en la ley
Incorporacion: Porque el derecho esta incorporado indisolublemente al documento de manera que se produce su materialización en el documento mismo (excepción- títulos representados por medio de cuentas electronicas se reincorpora el derecho a un nuevo documento).
Literalidad: porque los alcances del derecho incorporado se delimitan exclusivamente según los términos del texto del documento aun cuando sea alterado y uan en hojas que se le adhieran
Autonomia: Porque el derecho incorporado es independiente de cualquier vinculo subjetivo anterior.
Legitimacion porque el ejercicio y la tranferencia del derecho incorporado su gravamen y reivindicación solo puede hacerse sobre el titulo mismo
Abstraccion o causalismo: Porque la relación jurídica cartular (realizar) a que da origen el titulo de crédito es independiente y autónoma respecto de la relación jurídica causal o negocio jurídico.
ELEMENTOS PERSONALES:
CREADOR O LIBRADOR: el que al firmar el titulo lo crea
SIGNATARIO O SUSCRIPTOR: el que firma el titulo bajo cualquier condición( creador, endosante)
EMISOR: el que inicialmente transfiere a otro el titulo y lo pone en circulación
AVALADO: persona a cuyo favor se constituye el aval
TENEDOR: quien posee el titulo
PORTADOR: quien exhibe el titulo
ENDOSANTE: quien transfienre un titulo por endoso
ENDOSATARIO: persona que recibe el titulo por endoso
LIBRADO O GIRADO: quien recibe la orden de pagar el titulo
ACEPTANTE: el librado que acepta la orden de pago del titulo
BENEFICIARIO: quien tiene derecho a exigir el cumplimiento9 de la prestación contenida en la obligación cartular.
CLASIFICACION:
NOMINADOS Y TIPICOS: aquellos cuyo nombre y reglamentación nace en la ley
INNOMINADOS Y ATIPICOS: aquellos cuyo nombre y reglamentación no nace dela ley pero pueden crearse emitirse y circular y pagarse conforme a los usos y costumbres
DE PARTICIPACION O PERSONALES: aquellos que no atribuyen un derecho de crédito sino una condición jurídica personal (acciones)
DE PAGO U OBLIGACIONES; aquellos que atribuyen un derecho de crédito propiamente (pagare)
DE REPRESENTACION: aquellos que no atribuyen un derecho de crédito sino derecho sobre mercaderías
SINGULARES O INDIVIDUALES: aquellos creados en un solo acto (letra de cambio)
SERIALES O EN MASA; aquellos que se emiten en series (debentures)
PRINCIPALES: aquellos que subsisten por si solos (acciones)
ACCESORIOS: aquellos que dependen de un titulo principal (cupones de las accione)
NOMINATIVOS O DIRECTOS: aquellos que se extienden a nombre de una persona determinada, nombrada en el titulo y en el registro que lleva el emisor, se tranfiere mediante endoso.
EL ENDOSO:
DEFINICION: es una declaración unilateral de voluntad cartular, accesoria, escrita, no formal, incondicional e indivisible, puesta en un titulo a la orden o nominativo en hoja adherida a este, por la que su tenedor transmite ese titulo a otra persona previo a entregárselo.
NATURALEZA JURIDICA: es un negocio jurídico como también una modalidad de circulación
REQUISITOS: nombre del endosatario, clase de endoso, lugar y fecha, firma del endosante o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.
ELEMENTOS PERSONALES: endosante y endosatario,
CLASES DE ENDOSO:
Común: regular, pleno, completo o traslativo
Irregulares impropios o limitados: procuración, en garantía
Especiales: Posterior al vencimiento, posterior el protesto, interbancario, por recibo, en blanco, sin responsabilidad, cancelados.
...