Titulos De Credito
Enviado por aldahir91 • 12 de Agosto de 2014 • 1.186 Palabras (5 Páginas) • 267 Visitas
TITULOS DE CREDITO
Concepto de títulos de crédito
Son títulos de crédito aquellos instrumentos, con sustento en un papel, y firmados, con valor probatorio de la obligación que les sirve de base. Son imprescindibles, sin título de crédito no puede reclamarse el derecho que contienen, pues son los que le otorgan a su titular o legítimo poseedor, legitimación activa. Pueden ser al portador, a la orden o nominativos.
Son ejemplos de títulos de crédito, el pagaré, la letra de cambio, los cheques y las acciones de sociedades anónimas. Los tres primeros además, revisten el carácter de papeles de comercio, pues además de los caracteres propios de los títulos de crédito son completos, formales y abstractos.
La abstracción significa, que el no pago de un título de crédito, que además sea papel de comercio, abre la vía ejecutiva, que es rápida, pues no se necesita probar la causa por la que el documento se posee, aunque luego puede discutirse esa causa en un juicio ordinario posterior.
Características de los títulos de crédito
• Incorporación
• Legitimación
• Literalidad
• Autonomía
• Circulación
La definición legal dice que el título de crédito es un documento “necesario” y de acuerdo con las características que debe presentar, se deduce:
La Incorporación. El título de crédito lleva incorporado un derecho, va unido al título, y su ejercicio se ha condicionado a la exhibición del documento, (sin exhibir el título, no se puede ejercitar el derecho en él incorporado).
Quien posee legalmente el título, posee el derecho en él incorporado, y su razón de tener el derecho, es el hecho de poseer el título.
Ejemplo: Si tienes un cheque en tu poder, el derecho de cobrarlo lo vas a ejercer al presentar físicamente el documento en el banco para que te lo paguen, de otra manera no puedes ejercer tal derecho.
La Legitimación. Es una consecuencia de la incorporación. Para ejercer el derecho es necesario “legitimarse” exhibiendo el título de crédito. La legitimación puede ser activa o pasiva.
La legitimación activa consiste en la calidad que tiene el título de crédito de atribuir a su titular, la facultad de exigir del obligado en el título, el pago de la prestación que en él se consigna. Sólo el titular del documento puede “legitimarse” el derecho incorporado y exigir el cumplimiento de la obligación. En cambio el deudor se legitima en forma pasiva, al pagar a quien aparece activamente legitimado.
Ejemplo: El deudor obligado en el título de crédito cumple su obligación y por tanto, se libera de ella pagando a quien aparezca como titular del documento. Si el título anda circulando, el deudor no puede saber quién sea su acreedor, sino hasta el momento en que éste se presente a cobrar, legitimándose activamente con la posesión del documento.
La Literalidad. La ley dice que el derecho que conlleva el título es “literal”. Significa que tal derecho se medirá en su extensión y demás circunstancias por lo que literalmente en él se consigne. Si la letra de cambio, dice que el aceptante se obliga a pagar tal cantidad, en determinado lugar y fecha, estará obligado en esa medida.
Ejemplo: Una acción de una sociedad anónima tiene eficacia literal ya que se presume lo asentado en ella como exacto y legal; pero esta eficacia está condicionada por la escritura constitutiva de la sociedad, que es un elemento que prevalece sobre él, en caso de discrepancia entre lo que la escritura diga y lo que diga el texto de la acción.
La literalidad puede ser contradicha por la ley.
Por ejemplo: si la letra de cambio dice que su vencimiento será en abonos, y la ley prohíbe esta clase de
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