ARTICULOS DE PROYECTO DE LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO
Enviado por christopher_as • 2 de Julio de 2018 • Documentos de Investigación • 799 Palabras (4 Páginas) • 173 Visitas
ARTICULOS DE PROYECTO DE LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO
ARTICULO N°1 OBJETO
Dicha ley tiene como objeto regular beneficios, medidas y procedimientos destinados a favorecer y dar facilidad de todas las personas que elijan su identidad de género libremente manifestada.
ARTICULO N°2 RECONOCIMIENTO AL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GÉNERO
Este artículo nos dice que toda persona es igual en dignidad y derechos, con atestado reconocimiento de su identidad de género por lo tanto nadie debe ser objeto de discriminación, acoso, penalización o denegación de servicios a causa de su identidad de género. Por lo cual toda persona tiene derecho a:
- Reconocimiento legal de su identidad de genero
- Respeto de la identidad auto percibida y las expresiones de género.
- El libre desarrollo de su personalidad de acuerdo a su identidad de género.
- La protección y reconocimiento de su identidad de género.
- A un trato digno en todas las etapas de su vida.
- Y un disfrute del más alto nivel de salud integral posible.
ARTICULO N°3 DEFINICION
Se comprende por identidad de género al desarrollo de una personalidad y vivencias internas de cada persona en como se ve y como se siente lo cual corresponda o no al sexo asignado al momento del nacimiento.
ARTICULOS N°4 CLAUSULA DE NO DISCRIMINACION
La igualdad sin discriminación por identidad y expresión de genero esta proscrita y debe entenderse incluida en todas las causales de igualdad y prohibición de discriminación del ordenamiento jurídico nacional.
ARTICULO N°5 DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA
En el ámbito administrativo la ADMINISTRACION PUBLICA deberá hacer valer todas las medidas administrativas de cualquier otro índole que sean necesarias a fin de asegurar que se actuara de una manera correcta e igual para todas las personas.
ARTICULO N°6 RECTIFICACION REGISTRAL
Todas las personas mayores de edad pueden solicitar una adecuada inscripción de documentos de identidad mediante un proceso sencillo y gratuito en la RENIEC sin ponerles escusas o hacerles problemas de algún dato a documentar.
ARTICULO N°7 REQUISITOS PARA LA RECTIFICACION REGISTRAL
Toda persona que solicite la rectificación registral de sexo, cambio de nombre, imagen, en virtud de la presente ley, deberá ver los siguientes requisitos:
- Consentimiento informado mediante Declaración Jurada ante Notaria Publica que acredite que la persona conoce y asume voluntariamente su decisión.
- Tener más de 18 años, con la excepción de lo establecido en el artículo 8.
- Presentar ante la RENIEC o sus oficinas regionales o locales respectivas una solicitud manifestando encontrarse amparado por esta ley, requiriendo la rectificación registral de la partida de nacimiento y el documento nacional de identidad, que conservara su número original.
- Expresar el nombre de pila con el que se desea ser identificada.
ARTICULO N°8 MENORES DE EDAD
En el caso de las personas menores de edad la rectificación de su documentación de identificación será gestionada por sus representantes legales con el consentimiento expreso del niño, niña, o adolescente, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior. A los efectos de esta ley bastara con el asentimiento de uno de sus representantes legales.
...