Administración de sueldos y salarios: ingresos gravados y exentos
Enviado por 17001326 • 21 de Mayo de 2019 • Tarea • 1.450 Palabras (6 Páginas) • 292 Visitas
- Introducción. Desarrolla un texto como preámbulo para el contenido, pero cuida que contenga los siguientes tres puntos:
Hoy en día es muy común que la mayoría de las empresas ofrezcan prestaciones adicionales a las que estipula la ley, esto es con la finalidad de lograr atraer la atención de los trabajadores y generar compromiso y lealtad ante la empresa prestadora de servicios,
Ante esto es de vital importancia para todo administrador de sueldos y salarios conocer cuáles son las prestaciones y de esta forma poder retribuir con al trabajador todos la prestaciones a las que tiene derecho y le son atractivas y benéficas para la mejora y continua de su estadía laboral dentro de la organización.
Objetivo
Determinar cuales son las prestaciones gravadas y exentas de impuestos en base a la LISR
Tipos de ingresos.
Lista de prestaciones |
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Tabla 1. Clasificación de las prestaciones | |||
Ingresos exentos | Ingresos gravables | ||
Nombre de la prestación | Prima Dominical | Nombre de la prestación | Crédito de casa habitación |
Límite de la exención | Un SMG por cada domingo laborado, es decir por $64.76 para el área “A” y $61.38 para la “B”. | Base del gravamen | Pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores destinados a la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras de casas habitación o al pago de pasivos adquiridos por estos conceptos. Asimismo, a aquellos trabajadores que se les haya otorgado un crédito para la adquisición de viviendas ubicadas en conjuntos. |
Porcentaje aplicable | A las personas que laboren en domingo se les pagará adicional el 25% de un salario ordinario como prima dominical, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo. | Porcentaje aplicable | Se les descontará el 1% del salario a que se refiere el artículo 143 de la LFT, el cual se destinará a cubrir los gastos que se eroguen por concepto de administración, operación y mantenimiento del conjunto habitacional de que se trate. Estos descuentos deberán haber sido aceptados libremente por el trabajador y no podrán exceder el 20% del salario. |
Fundamento legal | Ley Federal del Trabajo artículo 71. | Fundamento legal | Art 97 de la Ley federal del Trabajo. |
Nombre de la prestación | Fondo de ahorro | Nombre de la prestación | Becas para los hijos del trabajador |
Límite de la exención | Las aportaciones de la empresa serán igual al monto aportado por los trabajadores y no deberá exceder del monto equivalente a 1.3 salarios mínimos del área geográfica que corresponda al trabajador. | Base del gravamen | El patrón debe dar becas cuando empleen más de cien y hasta 999 trabajadores. |
Porcentaje aplicable | No deberá ser superior al 13% del salario del trabajador. | Porcentaje aplicable | Sostener tres becarios en las condiciones señaladas. |
Fundamento legal | De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. | Fundamento legal | Artículo 132 fracción XlV. |
Nombre de la prestación | Guarderías | Nombre de la prestación | Servicio de comedor |
Límite de la exención | -Mujer trabajadora. -Trabajador viudo. -Trabajador divorciado que judicialmente tenga la custodia de sus hijos. | Base del gravamen | Se puede efectuar la deducción por concepto de comedor siempre y cuando el beneficio laboral se ponga a disposición de todos los empleados, |
Porcentaje aplicable | Se tiene derecho al servicio a partir de que el trabajador es dado de alta ante el IMSS y una vez que es dado de baja conserva, durante cuatro semanas, el derecho al servicio de guardería. | Porcentaje aplicable | La deducción de impuestos del beneficio de comedor se limita al 47% o 53%, según sea el caso. No exceda el monto equivalente a un salario mínimo por trabajador y por día de uso. o exceda el monto equivalente a un salario mínimo por trabajador y por día de uso. |
Fundamento legal | Artículos 201 al 207 de la LSS | Fundamento legal | Artículo 28, fracción XXI de la LISR. |
Nombre de la prestación | Viáticos | Nombre de la prestación | Indemnización |
Límite de la exención | Transporte (Boletos de avión, boletos de autobús, gasolina, casetas, etc.) | Base del gravamen | Salario de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. |
Porcentaje aplicable | Comprobante fiscal cuyo monto no exceda de $ 2,000.00 en efectivo y de ser así que se realicen por medios electrónicos. | Porcentaje aplicable | Esto significa que la indemnización no podrá ser superior al salario mensual del trabajador multiplicado por 24. |
Fundamento legal | Artículo 27 fracción l, III, Vl de la LISR. | Fundamento legal | Artículos 110, 112 y 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) |
Nombre de la prestación | Tiempo extra | Nombre de la prestación | Uniformes |
Límite de la exención | 3 horas diarias sin exceder de 9 a la semana para los que perciban los trabajadores de salario mínimo, y para los demás trabajadores hasta 50% de las percepciones del citado concepto. | Base del gravamen | Proporcionar a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad y en buen estado. |
Porcentaje aplicable | Sin que esta exceda del equivalente a 5 veces el SMG del área geográfica del trabajador, por cada semana de servicios. | Porcentaje aplicable | Es conveniente elaborar el recibo respectivo, ya que de esta forma podrá tenerse control de las herramientas y los útiles o uniformes entregados a los trabajadores y así poder reponerlos en caso de ser necesario. |
Fundamento legal | Art. 109, fracción I de la LISR, Art. 26 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado “B” del Art. 123 Constitucional. | Fundamento legal | Artículo 132, fracciones III y IV, de la LFT |
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