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CONCEPTO DE PROPIEDAD


Enviado por   •  26 de Febrero de 2015  •  1.164 Palabras (5 Páginas)  •  195 Visitas

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CONCEPTO DE LA PROPIEDAD

2.4 CONCEPTO DE LA PROPIEDAD

PROPIEDAD: concepto económico-jurídico, tiene sentido objetivo, acentuando la relación de pertenencia de la cosa a la persona, es también la relación jurídica en la que figura como titular el propietario, y como sujetos pasivos, obligados a reconocer sus prerrogativas, el resto de los ciudadanos, a quienes mediante un poderoso aparato de coacción y represión se mantiene imposibilitado de interferir con el disfrute exclusivo del titular privilegio.

Muchas veces se emplea el término “dominio” en lugar de “propiedad”. Entre ambos no hay diferencia de extensión o facultades, sino de puntos de vista.

DOMINIO: es un concepto técnicamente jurídico. Tiene sentido subjetivo, pues implica la potestad que corresponde al titular sobre la cosa.

2.4.1 DIFERENCIAS ENTRE PROPIEDAD Y DOMINIO

La diferencia consiste en que la palabra propiedad se debe ver desde el punto de vista objetivo como la relación de pertenencia del hombre sobre la cosa mientras que la palabra dominio se debe ver desde el punto de vista subjetivo como la facultad de uso del hombre sobre la cosa.

El Derecho de Propiedad ha sido definido tradicionalmente como la facultad de disfrutar, usar, disponer y abusar de las cosas según el artículo 129 del Código Civil cubano, el cual resulta criticado pues se dice que la propiedad va más allá de esas facultades, que es el centro unitario de estas facultades, que las agrupa y que por tanto no lo podemos ver únicamente como ello.

La propiedad no es una suma de facultades es un centro unitario abstracto.

Existe un sentido más moderno del concepto de Propiedad al plantearse que es aquel Derecho Real que confiere un poderío unitario, independiente y universal.

Se considera como un poderío unitario porque confiere un grupo de facultades atribuidas al titular del Derecho, además se encuentran agrupadas en el Derecho de Propiedad y le van a servir de contenido.

Es independiente porque no depende para su realización de otros derechos ni de otros titulares.

Es universal porque con independencia de que estas facultades se pueden ceder y transferir el titular nunca resulta privado de su condición de propietario.

2.4.2 SUS LIMITACIONES

la limitación reduce el poder que normalmente tiene el dueño sobre un bien: como dijimos, éstas pueden establecerse por necesidad, por su utilidad pública o interés social y también por la propia voluntad de las partes.

Así, cuando el Estado dicta una norma que restrinja el derecho de propiedad y su ejercicio, la cual tampoco debe ser arbitraria, lo que está haciendo es aplicar el IUS IMPERIUM, lo cual evita que pueda existir un pacto en contrario contra esa norma de orden público.

De igual manera, para que las restricciones al derecho de propiedad realizada entre las partes puedan ser oponibles a terceros, debe cumplir con inscribirse en el registro respectivo, sea bien mueble o inmueble para evitar así cualquier tipo de fraude o simulación frente a terceros.

Las limitaciones más importantes son:

A. PROHIBICIÓN DE DISPONER

A. PROHIBICIÓN DE DISPONER

El estudio del artículo 926 del Código Civil nos coloca frente a una figura a través de la cual, las partes pueden mediante pacto, limitar el derecho a disponer que tiene el propietario sobre su bien, el cual para poder surtir efecto frente a terceros debe inscribirse en el registro respectivo.

En la exposición de motivos y comentarios del Código, se señala que esta norma no tiene antecedentes en la legislación anterior y se dice que está destinada a resolver el problema de la impunibilidad de terceros de las restricciones de la propiedad acordadas con pacto.

Si por restricciones se entiende conforme

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