CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA
Enviado por FARDI5000 • 4 de Septiembre de 2018 • Ensayo • 976 Palabras (4 Páginas) • 297 Visitas
CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA
CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SEÑOR SERGIO ESTRADA VALENZUELA Y LA SEÑORA NORMA ORALIA RABAGO ALMEIDA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL VENDEDOR” AMBOS CON DOMICILIO EN AV. DE LA JUVENTUD MANZANA 254 LOTE 27, COLONIA EL ARENAL, C.P. 23450 MUNICIPIO DE LOS CABOS, ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR Y POR OTRA PARTE LA SEÑORA ARACELI GAZGA IRRA QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL COMPRADOR” CON DOMICILIO EN CALLE SIN NOMBRE MZA. 12 LOTE 01COLONIA EL ARENAL C.P. 23460 MUNICIPIO LOS CABOS ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
1.- DECLARAN “LOS VENDEDORES” SERGIO ESTRADA VALENZUELA Y NORMA ORALIA RABAGO ALMEIDA SER LEGITIMO PROPIETARIO DEL PREDIO DENOMINADO LOTE NUMERO 14 (CATORCE) DE LA MANZANA 26 (VEINTISEIS) CALLE DEL PALMITO DE LA COLONIA FRACC. LAS PALMAS, CABO SAN LUCAS, ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 140M2.
2.- DECLARA, LOS SEÑORES, POR SU PROPIO DERECHO, QUE ES DE SU INTERES VENDER LA PROPIEDAD QUE SE MENCIONA EN LA CLAUSULA QUE ANTECEDE, TODA VEZ QUE PUEDE DISPONER DE LOS BIENES COMO MEJOR CONVENGA A SUS INTERESES, TODA VEZ QUE SON LOS LEGITIMOS PROPIETARIOS DEL MENCIONADO BIEN INMUEBLE, SEGÚN ESCRITURA PÚBLICA NUMERO TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES, VOLUMEN MIL CIENTO VEINTICINCO DE FECHA DOCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SIETE
3.- “EL COMPRADOR” A QUIEN SE LE TOMO PARECER Y DECLARÓ QUE CONOCE BIEN EL INMUEBLE, OBJETO DE ESTE CONTRATO Y QUE NO TIENE INCONVENIENTE ALGUNO, TODA VEZ QUE PERSONALMENTE LO HA INSPECCIONADO Y CONOCE SUS CARACTERISTICAS Y COLINDANCIAS Y ESTA CONFORME CON ADQUIRIR EL PREDIO DENOMINADO LOTE NUMERO 14 CATORCE, DE LA MANZANA 26 VEINTISEIS DE LA CALLE DEL PALMITO DE LA COLONIA FRACC LAS PALMAS, CABO SAN LUCAS ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
4.- AMBAS PARTES CONVIENEN EN ESTAR DE ACUERDO, EN RELACIÓN A LA COMPRAVENTA DEL BIEN, MOTIVO DEL PRESENTE CONTRATO, POR LO QUE SEÑALAN LAS SIGUIENTES:
C L A U S U L A S
PRIMERA.- LOS SEÑOR POR SU PROPIO DERECHO “VENDE” Y EL SEÑOR “COMPRA” Y ADQUIERE EL BIEN INMUEBLE DENOMINADO LOTE NUMERO 14 CATORCE MANZANA 26 VEINTISEIS COLONIA. FRACC. LAS PALMAS, CABO SAN LUCAS, ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR W. DE TODO CUANTO DE HECHO Y DERECHO LE CORRESPONDE, LIBRE DE GRAVAMEN Ó LIMITACION DE DOMINIO Y AL CORRIENTE EN TODOS LOS PAGOS Y CONTRIBUCIONES DE CUALQUIER NATURALEZA.
SEGUNDA.- “LOS VENDEDORES” MANIFIESTAN QUE EL BIEN INMUEBLE MOTIVO DEL PRESENTE CONTRATO, TIENE UNA SUPERFICIE TOTAL DE 140 M2 CON LAS COLINDANCIAS Y DIMENCIONES SIGUIENTES:
17.50 M2 AL NORTE CON LOTE 15
17.50M2 AL SUR CON LOTE 13
8.00M2 AL ESTE CON CALLE DEL PALMITO
8.00 M2 AL OESTE CON LOTE 11
TERCERA.- AMBAS PARTES CONVIENEN, QUE PARA LA PRESENTE OPERACIÓN DE COMPRAVENTA SE ESTABLECE COMO PRECIO LA CANTIDAD DE $ 100,000 00/100 MN. QUE PAGARA “EL COMPRADOR” DE LA SIGUIENTE MANERA:
A) PAGO DE CONTADO Y EN EFECTIVO.
CUARTA.- EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO, AMBAS PARTES CONVIENENEN QUE LE QUEDAN TRANSMITIDOS TODOS LOS DERECHOS DE PROPIEDAD Y POSESIÓN AL “COMPRADOR” SEÑORA ARACELI GAZGA IRRA
QUINTA.- TODOS LOS GASTOS, IMPUESTOS, DERECHOS Y HONORARIOS QUE SE ORIGINEN POR EL OTORGAMIENTO DE ESTE CONTRATO, CORREN POR CUENTA DE “EL COMPRADOR” A EXCEPCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, QUE DEBERÁ CUBRIR “EL VENDEDOR”
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