CONVENIO DE BASILEA
Enviado por Clacris • 14 de Octubre de 2012 • 2.643 Palabras (11 Páginas) • 1.806 Visitas
CONVENIO DE BASILEA
Un poco de historia del convenio de Basilea:
El Convenio de Basilea es un tratado ambiental que regula estrictamente el movimiento transfronterizo de los desechos peligros y su eliminación, es el tratado multilateral de medio ambiente más completo en materia de desechos peligrosos y otros desechos, estipula obligaciones a las partes (los gobiernos nacionales adheridos al convenio) para asegurar el manejo ambiental legítimo de estos.
Según el PNUMA (Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente) el transporte transfronterizo de desechos peligrosos atrajo la atención del público en la década de 1980. Las desventuras de “buques tóxicos” como el Katrin B o el Pelícano, que navegaban de puerto en puerto intentando descargar sus cargamentos tóxicos aparecieron en los titulares de portada de todo el mundo.
Estas situaciones estuvieron en gran parte motivadas porque en los países industrializados se habían impuesto normas ambientales más estrictas y a medida que los costos de la eliminación de desechos peligrosos aumentaba, los comerciantes de productos tóxicos en busca de soluciones más económicas comenzaron a enviar los desechos a África, Europa oriental y otras regiones, los que una vez en tierra esos desechos eran derramados indiscriminadamente, lo que producía problemas graves a la salud de las personas y la intoxicación de la tierra, agua y el aire durante varios siglos.
Para terminar con estas prácticas, se negoció el Convenio de Basilea bajo los auspicios del PNUMA el que fue adoptado el 22 de marzo de 1989 y entró en vigor el 5 de mayo de 1992. Este convenio es la respuesta a la comunidad internacional a los problemas causados por la producción mundial de desechos considerados peligrosos para el ser humano o para el medio ambiente, cuenta con 170 países miembros y su objetivo es proteger el medioambiente y la salud humana contra los efectos nocivos derivados de la generación, el manejo, los movimientos transfronterizos y la eliminación de los desechos peligrosos y otros desechos.
Se firmo el 22 de marzo de 1989 por delegados de 33 países, de 116 representados durante la negociación hubo dos corrientes, los países en desarrollo demandaron estrictas medidas de control, un régimen de responsabilidad para los países exportadores (generadores), por otra parte las naciones industrializadas propusieron reglamentar la exportación de acuerdo a las directrices de los EU y la Unión Europea. Si bien estos lineamientos fueron aceptados, cuatro de las siete potencias económicas mundiales EU, Reino Unido, Japón y la entonces Alemania Federal se abstuvieron de firmar el acta final.
El convenio entro en vigor el 5 de Mayo de 1992, el texto original del convenio se compone de 29 artículos y 6 anexos:
Cuyos Anexos son:
I. Categoría de desechos que hay que controlar
II. Categoría de desechos que requieren una consideración especial
III. Lista de características peligrosas
IV. Operaciones de eliminación
V. Información que hay que proporcionar :con la notificación previa y el documento relativo al movimiento
VI. Arbitraje
El convenio no incluye los residuos radioactivos ni los derivados de las operaciones normales de los buques, debido a que su regulación es materia de otros instrumentos internacionales.
Como un compromiso dentro del articulo 15 esta realizar una conferencia de las partes a los tres años después de la entrada en vigor del convenio y posteriormente cada seis años con el fin de analizar la posibilidad de establecer una prohibición completa o parcial de los movimientos transfronterizos de los residuos peligrosos a la luz de la información científica, ambiental, técnica y económica más reciente.
1. La primera conferencia de las partes del Convenio de Basilea se celebro en Piriapolis, Uruguay, del 30 de Noviembre al 4 de Diciembre de 1992. En esta reunión se volvió a plantear el tema de prohibir el movimiento transfronterizo de residuos peligrosos proveniente de países industrializados hacia terceros países, propuesta que no fue aceptada debido a la presión de Alemania, Australia, Canadá, EU, Finlandia, Japón y Reino Unido.
2. La segunda conferencia de las partes fue realizada en Ginebra del 21 al 25 de Marzo de 1994, se propuso prohibir la exportación de desechos peligrosos de los países miembros de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) a países no miembros.
3. La tercera conferencia de las partes, celebrada en Ginebra del 18 al 22 de Septiembre de 1995, incorporo tres puntos al texto del Convenio de Basilea, mediante un articulo 4ª y un anexo VII, entrara en vigor una vez que sean ratificados por al menos 62 países
4. La cuarta conferencia de las partes en su reunión de Kuching, Malasia, celebrada del 23 al 27 de Febrero de 1998 incluyeron los anexos VIII y IX. Ambos anexos entraron en vigor el 6 de Noviembre del mismo año.
Diez años después de la adopción del Convenio de Basilea,
5. la Quinta conferencia de las partes se celebro Suiza del 6 al 10 de Diciembre de 1999. El tema central de sus trabajos fue la negociación del protocolo sobre la Responsabilidad e Indemnización por Daños resultantes de los Movimientos Transfronterizos de Desechos peligrosos y su Eliminación, cuyo objetivo es establecer un régimen global de responsabilidad e indemnización pronta y adecuada por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos y su eliminación, incluido el tráfico ilícito.
La normatividad asociada al convenio de Basilea:
- Ley 253/1996 Por medio de la cual se aprueba el convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación hecho en Basilea el 22 de marzo de 1989.
- Ley 1252/2008 Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.
- Resolución 1402/2006 por la cual se desarrolla parcialmente el Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, en materia de residuos o desechos peligrosos.
- Decreto 4741/2005 por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión.
De acuerdo a lo establecido mediante Decreto Ministerial 4741 del 30 de Diciembre de 2005 expedido por el MAVDT, la calidad de “peligroso” es conferida a un residuo cuando aquel muestra características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas y/o radiactivas, en relación a lo cual se han establecido los
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