Condiciones Y Normas De Trabajo
Enviado por meli66pe • 22 de Noviembre de 2014 • 1.017 Palabras (5 Páginas) • 247 Visitas
Cuaderno 1
Condiciones y normas de trabajo
El objetivo fundamental de los cuadernos de trabajo de este taller es facilitar tanto a estudiantes como a profesionistas de las áreas jurídico-contable-administrativas, la aplicación de los fundamentos legales de la Ley Federal del Trabajo, a través de la resolución de los supuestos o casos prácticos aquí presentados y que comúnmente surgen en una relación de trabajo.
Instrucciones: Resuelva los ejercicios que se presentan en este Cuaderno, tomando como referencia la consulta del salario mínimo vigente que se encuentra en la siguiente dirección electrónica:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/informacion_frecuente/salarios_minimos/default.asp
Primera parte
Jornada de trabajo y días de descanso
El artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que la jornada de trabajo “es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo”.
Atendiendo a la prestación del servicio, se ha establecido que la jornada de trabajo es de tres clases:
1. Ordinaria. Ésta puede ser diurna, nocturna y mixta, según los artículos 60 y 61 de la LFT.
2. Emergencia. Ésta se presenta cuando, por siniestro o riesgo inminente, hay peligro para las personas o bienes. En estos supuestos, el trabajador tiene obligación de seguir prestando servicios de auxilio a las personas o bienes en peligro; la negativa puede dar origen a la rescisión del contrato, según lo establece el artículo 65 de la LFT.
Las horas de emergencia trabajadas se retribuirán con una cantidad igual a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada ordinaria, como se establece en el primer párrafo del artículo 67 de la LFT.
3. Extraordinaria. Ésta obedece a la satisfacción de necesidades técnicas o económicas que exigen la continuación del trabajo, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces por semana; es decir, 9 horas por semana, según el artículo 66 de la LFT.
El pago de las horas extraordinarias está sujeto a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 67 de la LFT: “Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada”, y al artículo 68 del mismo ordenamiento legal: “Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido en este capítulo”.
La prolongación del tiempo extraordinario obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un 200 por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en la LFT.
Según se desprende de los artículos 66 y 68 de la Ley Federal del Trabajo, les está prohibido a los patrones exigir a los trabajadores la prestación de servicios extraordinarios por más de tres horas diarias y más de tres veces en una semana, y a su vez los trabajadores no están obligados a prestar servicios extraordinarios por un tiempo mayor al permitido. En caso de infracción a dichos preceptos, los patrones deben pagar un 200% más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en la Ley.
El artículo 178 determina que el trabajo extraordinario, así como en domingo y en días de descanso obligatorio, queda prohibido para los menores de 16 años. En caso de violación a esta prohibición,
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