Condiciones De Trabajo
Enviado por terelocka • 9 de Abril de 2014 • 2.278 Palabras (10 Páginas) • 258 Visitas
TITULO TERCERO
Condiciones de Trabajo
CAPITULO I
Disposiciones GeneraleS
Artículo 56. Las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico o nacionalidad, sexo, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta Ley. La mejora en las condiciones de trabajo beneficia a los trabajadores, a las empresas y al conjunto de la sociedad, por lo que las empresas que garantizan la ejecución del trabajo en condiciones seguras, jornadas laborales adecuadas, contribuyen al mejoramiento de sus propios niveles de productividad y competitividad, a la vez que contribuyen al bienestar de los trabajadores y sus familias, es por ello que se analizara la situación y evolución de las condiciones de trabajo en nuestro países comparándolas, en algunos casos, con las de los países desarrollados.
El mejoramiento de las condiciones de trabajo es uno de los principales objetivos que debería de importar en la industria laboral en México. A pesar que hay aumentos salariales en numerosos países, muchos trabajadores aún ganan muy poco y tienen dificultad para hacer frente a sus necesidades básicas.
Por otra parte, hoy en día en México se cuenta con una reducción en el tiempo dedicado al trabajo, pero también es cierto que este cambio suele venir acompañado por una incertidumbre que puede debilitar la seguridad del empleo y plantear nuevas dificultades para conjugar el trabajo y la familia. Las condiciones de trabajo peligrosas o poco higiénicas tienden a desaparecer en el mundo industrializado, pero aún son frecuentes en el mundo en desarrollo.
CAPITULO II
Jornada de Trabajo
La jornada diaria de trabajo es un tema que desde hace muchos años ha sido controversia, incluso a pesar de que esta se encuentra regulada en la Ley Federal del Trabajo , y sobre todo nos llevan a múltiples interpretaciones y equivocaciones en la práctica, por lo que empezaré por clarificar los conceptos de Ley. El Artículo 58 de la LFT, define a la jornada de trabajo como el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. El trabajador y el patrón son quienes fijarán la duración de la jornada, un mutuo acuerdo, sin que pueda exceder de lo dictado en dicha Ley.
Según el Art. 60 de la misma ley, establece que la jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas, la jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas, y la jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se llamara jornada nocturna, y con una duración de ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.
El Art. 66 de la LFT dice que podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias a la empresa, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana, siendo pagadas con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, en el siguiente Art. 68 nos dice que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido de este capítulo.
CAPITULO III
Días de Descanso
Días económicos
Así se denomina a los nueve días de licencia con goce de sueldo que se otorgan cada año al trabajador, en términos del artículo 45 fracciones IV, de las Condiciones Generales de Trabajo vigentes para esta Cámara de Diputados.
Días de descanso obligatorios
Las Condiciones Generales de Trabajo en su artículo 39, señalan que los días de descanso obligatorio son:
1° de enero (Año Nuevo).
Primer lunes de febrero (5 de febrero aniversario de la Constitución Política de México en el año 1917).
Tercer lunes de marzo (21 de marzo, Natalicio de Don Benito Juárez "Benemérito de las Américas").
1° de mayo (Día del Trabajo).
5 de mayo (aniversario de la Batalla de Puebla).
16 de septiembre (Independencia de México).
2 de noviembre (Día de Muertos).
Tercer lunes de Noviembre (20 de noviembre aniversario de la Revolución Mexicana).
1° de diciembre de cada seis años (cambio de poder presidencial).
25 de diciembre (Navidad).
El día 17 de enero de 2006 fue publicado en el Diario Oficial la reforma a Ley Federal del Trabajo relacionada con la movilidad de los días de descanso obligatorios, modificando sólo tres fechas: la del 5 de febrero, la del 21 de marzo y la del 20 de noviembre, cuyas conmemoraciones lo serán el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo y el tercer lunes de noviembre. Los demás días festivos siguen siendo los relacionados en el artículo 74 de la Ley.
CAPITULO IV
Vacaciones
Las Vacaciones que se declaran en la Ley Federal de Trabajo, en su artículo 76, son otorgadas a los trabajadores que posean más de un año de servicios, la posibilidad y obligación de disfrutar de un período anual de vacaciones pagas.
Este período de vacaciones nunca podrá ser inferior a seis días laborales. Asimismo, la totalidad de días correspondientes en vacaciones, se computan basándose en la antigüedad del trabajador.
Asimismo, dentro de su artículo 81, la Ley Federal del Trabajo determina que las vacaciones se deben conceder dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.El pago de las mismas, debe realizarse el día inmediato anterior en que empiece a disfrutarlas el trabajador.
Por el primer año de trabajo se tiene derecho a seis días de vacaciones. Durante los siguientes años aumentará dos días cada año hasta llegar a 12 días de vacaciones. Asimismo, por cada cinco años adicionales laborados bajo el mismo patrón, el trabajador tiene derecho a dos días más de vacaciones.
Días de vacaciones según la Ley Federal de Trabajo:
Año 1: 6 días
Año 2: 8 días
Año 3: 10 días
Año 4: 12 días
De 5 a 9 años: 14 días
De 10 a 14 años: 16 días
De 15 a 19 años: 18 días
De 20 a 24 años: 20 días
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