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DERECHO ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  17 de Diciembre de 2013  •  2.501 Palabras (11 Páginas)  •  558 Visitas

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PRÁCTICA 4 EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

GRUPO 2 CRIMINOLOGÍA

DANI CARDONA MARTÍNEZ

ACTIVIDAD 1

A D. Mateo Pérez le notifican el 31 de enero una sanción de tráfico impuesta por el Delegado del Gobierno de Canarias consistente en una multa de 300 euros por exceso de velocidad y recurrible ante el órgano superior jerárquico que es el Ministro del Interior.

CUESTIONES:

1.¿Se trata de un acto definitivo o de un acto de trámite? Razone la respuesta

Se trata de un acto definitivo ya que es una resolución administrativa que pone fin al procedimiento y contiene la decisión de la Administración. La decisión es la multa de 300 euros debido al exceso de velocidad.

2.¿Se trata de un acto que pone fin a la vía administrativa? Razone la respuesta

No se trata de un acto que pone fin a la vía administrativa. Hay actos definitivos que no son atacables ante la jurisdicción contenciosa porque no ponen fin a la vía administrativa, es decir, aunque pongan fin al procedimiento en la instancia o nivel en que se producen, son susceptibles de modificación por la autoridad superior a través del recurso de alzada. Es susceptible de otro recurso en vía administrativa al existir un superior jerárquico, que es el Ministro del Interior.

3.¿Procede la interposición del recurso de alzada? ¿podría presentarse ante la autoridad que dictó el acto? ¿qué día constituiría la última fecha para presentarlo?

Sí. El recurso de alzada utilizado para aquellos actos que no ponen fin a la vía administrativa, es aquel interpuesto ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto recurrido, solicitando su eliminación o modificación. De esta manera, el recurso de alzada efectivamente podría presentarse ante la autoridad que dictó el acto.

El recurso de alzada debe ser presentado en el plazo de un mes si el acto fuera expreso y de tres meses desde la fecha en que se produce el silencio administrativo si es presunto. En este caso, el acto es expreso por lo que el recurso deberá ser presentado en el plazo de un mes.

4.En el supuesto en que no se presente el recurso de alzada ¿podría D. Mateo Pérez acudir a la vía judicial?. En caso de que la respuesta sea afirmativa ¿a qué orden jurisdiccional le correspondería conocer del asunto?

D. Mateo Pérez no podría acudir a la vía judicial. Es el superior jerárquico el que resuelve. La interposición de recurso tiene como efecto agotar la vía administrativa, dejando abierta la posibilidad de ir a los tribunales.

El recurso de alzada tiene carácter obligatorio para acudir a la vía judicial, ya que su resolución agota la vía administrativa y abre la vía judicial.

5.En el supuesto de que D. Mateo Pérez interpusiera recurso de alzada ¿qué plazo tiene el correspondiente órgano administrativo para resolver?. En el supuesto de que no responda en ese plazo ¿cómo se interpreta el silencio de la Administración?

El plazo máximo de la administración para responder y notificar será de tres meses, y se entenderá desestimado si no se notifica su resolución en los tres meses.

ACTIVIDAD 2

El 7 de enero de 2009, Doña Luisa Sánchez fue notificada del Acuerdo de iniciación del expediente sancionador número D-07/09 iniciado en virtud de denuncia formulada por un agente municipal en el que se hace constar el estacionamiento del vehículo de su propiedad durante 3 horas en zona azul y donde se le informa que tiene un plazo de 15 días para formular las alegaciones que estime pertinentes.

CUESTIONES:

1.El acto que se le notifica a Doña Luisa ¿es un acto definitivo o un acto de trámite?

Se trata de un acto de trámite. Es un preparatorio del acto definitivo y carece de sustantividad propia al tener su sentido en relación con la totalidad del procedimiento. Nos encontramos en la fase de desarrollo, en la instrucción que tiene como finalidad aportar los elementos de hecho, incorporar los datos importantes y que puedan influir en su resolución. En la instrucción tienen lugar las alegaciones (como es este caso) que son los actos por los que los interesados aportan los elementos de juicio de hecho y de derecho para defender sus intereses.

2.¿Cuál será la fecha límite para que Doña Luisa formule alegaciones?

Si el plazo viene marcado en días, no entran en el cómputo los días inhábiles, son inhábiles los festivos marcados en los calendarios oficiales y los domingos. Los plazos expresados en días se cuentan a partir del día siguiente en que tenga lugar la notificación. En este caso se contaría 15 días a partir del día 8 de Enero de 2009 descontando los días festivos marcados en los calendarios y domingos como ya he mencionado.

3.¿Se trata de un procedimiento iniciado de oficio o a instancia de parte?

Se trata de un procedimiento iniciado de oficio pues ningún particular denuncia sino que el Estado lo hace a través de sus agentes.

4.¿Se trataría de un acto susceptible de recurso administrativo?

Sí. A la denunciada le dan un plazo de 15 días para presentar alegaciones. El interesado, en este caso Doña Luisa, puede actuar para solicitar la modificación o eliminación del acto por entenderse que es ilegal o contrario al ordenamiento jurídico, y en su caso se pide la compensación correspondiente.

5.Elabore un borrador del escrito de alegaciones que podría formular Doña Luisa.

Doña Luisa Sánchez no recuerda que en el momento de estacionar el vehículo hubiera dicha zona azul o ésta no se observa de forma clara, es decir, que está mal señalizada.

Otra posible alegación sería que la duración del estacionamiento no es la que se indica sino que el vehículo estuvo estacionado menos tiempo.

También sería motivo de alegación el hecho de que le hubiera ocurrido una desgracia (le atropellan por ejemplo y la tienen que llevar al hospital) por la cual no pudo recoger su vehículo antes del tiempo indicado. O también podría alegar una avería en el coche y el retraso de la grúa en su recogida…

Por último, pongamos el caso de que le hubieran robado el vehículo.

ACTIVIDAD 3

El 29 de noviembre de 2008, D. Luis Morales solicitó al Sr. Alcalde del municipio donde reside, una autorización administrativa para instalar un Kiosco de prensa en la plaza pública del pueblo, solicitud que debe resolverse en el plazo de 3 meses.

A fecha de 3 de marzo de 2009, todavía no ha recibido

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