DERECHO LABORAL CODIGO DEL TRABAJO
Enviado por Patricio Inzunza • 30 de Noviembre de 2022 • Apuntes • 1.442 Palabras (6 Páginas) • 97 Visitas
DERECHO LABORAL CODIGO DEL TRABAJO
EDICION ACTUALIZADA 2022
LABORAL O TRABAJO
EL EMPLEADOR RELACIÓN LABORAL TRABAJADOR
DERECHO LABORAL
EL DERECHO LABORAL ES UNA RAMA DE DERECHO QUE ESTUDIA LAS RELACIONES LABORALES ENTRE EL EMPLEADOR Y EL TRABAJADOR CUANDO SE FIRMA UN CONTRATO DE TRABAJO
SIEMPRE EL CONTRATO DE TRABAJO SIEMPRE TIENE QUE IR POR ESCRITO
/TRATADO DE VERSALLES(1919)/
EXCLUSIVA PARA PROTEGER LA PARTE MAS DÉBIL DE LA RELACIÓN LABORAL =LOS TRABAJADORES
(CAPACITACIONES ESPECIALIDADES SERCATEC)
LOS TRABAJADORES TAMBIÉN SE PUEDEN ORGANIZAR ÁRABES DE SINDICATOS
-CENTRAL DE SINDICALES (CUT) -NEGOCIACIÓN -DECLARAR ……………………………………………………………………………………………………………………………………….LA HUELGA
-CONFEDERACIONES -COLECTIVAMENTE CON LOS TRABAJADORES
-FEDERACIONES
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO LABORLA EN CHILE
EL DERECHO LABORAL EN NUESTRO PAÍS SE FUNDAMENTA EN LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
1.EL ROL SOCIAL DEL TRABAJO
2.LA LIBERTAD DEL TRABAJO
3.EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE LOS TRABAJADORES
4. LA LIBERTAD DEL TRABAJO, NO DISCRIMINACIÓN
ROL SOCIAL DEL TRABAJO: EL TRABAJO EFECTIVAMENTE CUMPLE UN ROL SOCIAL DENTRO DE LA VIDA DE LOS TRABAJADORES, ESTO SIGNIFICA QUE MIENTRAS UN TRABAJO LA PERSONA podrá PROVEERSE DE LAS NECESIDADES BÁSICAS PARA EL Y O SU FAMILIA EN CUANTO alimentación VESTUARIO SALUD ETC.
EL CONCEPTO CONTRARIO AL ROL SOCIAL ES LA CESANTÍA QUE POR DESGRACIA AFECTA A MUCHOS TRABAJADORES Y HOGARES EN NUESTRO PAÍS , PARA APALIAR ESTOS EFECTOS EXISTE DENTRO DE NUESTRA LEGISLACIÓN EL LLAMADO SEGURO DE CESANTÍA
QUE ES UN FONDO QUE SE FORMA O SE CONSTITUYE CON LOS APARTES DE LOS TRABAJADORES Y CON APORTES DEL ESTADO
LA RELACION LABORL: SIEMPRE DEBE RESPETAR LA DIGNIDAD DEL TRABAJADOR LO QUE IMPLICA UN TRATO RESPETUOSO COMPATIBLE A SU CALIDAD DE PERSONA EN CONTRARIO DE ESTE PRINCIPIO EL ACOSO LABORAL Y EL ACOSO SEXUAL
DIGNIDAD
ACOSO LABORAL:SE ENTIENDE POR ACOSO LABORAL TODA CONDUCTA QUE CONSTITUYA AGRESIÓN U HOSTIGAMIENTO REITERADOS EJERCIDO POR EL EMPLEADOR O POR UNO O MAS TRABAJADORES EN CONTRA DE UNO U OTROS TRABAJADORES POR CUALQUIER MEDIO Y QUE TENGA COMO RESULTADO PAR EL Y LOS RESULTADOS UN MENOS CABO
MALTRATO O HUMILLACIÓN O BIEN QUE AMENACE PERJUDIQUE SU situación LABORAL O SUS OPORTUNIDADES EN EL EMPLEO
ACOSO SEXUAL: EN QUE UNA PERSONA REALICE EN FORMA INDEBIDA POR CUALQUIER MEDIO REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SEXUAL NO CONSENTIDO POR QUIEN LOS RECIBE Y QUE LO AMENACEN O PERJUDIQUEN EN SU situación LABORAL O EN LAS OPORTUNIDADES EN EL EMPLEO
LIBERTAD DEL TRABAJO; LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA ASEGURA A LOS TRABAJADORES EL DERECHO A LA LIBERTAD DE TRABAJO ESTO SIGNIFICA QUE CADA TRABAJADOR GOZA DE PLENA LIBERTAD PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES QUE EL DESEE Y QUE NADIE PUEDA IMPONERLE
NO ES LO MISMO LA LIBERTAD DEL TRABAJO QUE EL DERECHO AL TRABAJO ESTE ULTIMO IMPLICA LA obligación DEL ESTADO ASEGURARLE A CADA TRABAJADOR UNA FUENTE LABORAL ( ECONOMÍA PLANIFICADAS O SOCIALISTA
NO DISCRIMINACIÓN; SE ENTIENDE POR DISCRIMINACIÓN TODAS LAS DISTINCIONES EXCLUSIONES O PREFERENCIAS BASADAS POR MOTIVOS DE RAZA DE COLOR DE SEXO, DE MATERNIDAD . DE LACTANCIA , AMAMANTAMIENTO, EDAD , ESTADO CIVIL , religión , OPINIÓN POLÍTICA , NACIONALIDAD situación SOCIO ECONÓMICA IDIOMA CREENCIA APARIENCIA PERSONAL ENFERMEDAD O DISCAPACIDAD DE ORIGEN SOCIAL , QUE TENGAN POR OBJETO ANULAR O ALTERAR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES O DE TRATOS EN EL EMPLEO O EN LA OCUPACIÓN
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