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Del Régimen Tributario y Presupuestal


Enviado por   •  2 de Abril de 2013  •  Tesis  •  1.330 Palabras (6 Páginas)  •  672 Visitas

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Capítulo IV

Del Régimen Tributario y Presupuestal

Este tema se encuentra de manera muy semejante en el Capítulo V de la Constitución de 1979 referido a la Hacienda Pública, específicamente los artículos 74,75,76, 77 y los artículos 139, 141, 143, 138, respectivamente. La excepción son la presencia de los artículos 144 al 147 de la Constitución de 1979, que señalaban que la organización encargada de elaborar la cuenta general es el Sistema Nacional de Contabilidad; a diferencia de la Constitución de 1993 que establece que el encargado de remitirlo es el Presidente de la República al Congreso en un plazo previsto por ley.

Según ambas constituciones, el tributo viene a ser la carga que debe pagar directa o indirectamente el contribuyente. El presupuesto es la relación de obligaciones de la Nación que deben ser atendidas por el MEF ( Ministerio de Economía y Finanzas); anualmente, sobre la base de los recursos con que cuenta principalmente del rubro de los impuestos.

Solamente por leyes se pueden crear, modificar o derogar tributos. Los Municipios, únicamente pueden crear, modificar o suprimir contribuciones y tasas, en su jurisdicción.

Al igual que el artículo 141 de la Constitución Política de 1979, el artículo 75 de la actual ley de leyes, el Estado garantiza el pago de la deuda pública contraída por los gobiernos constitucionales de acuerdo con la constitución y la ley.

Las obras y compra de suministros con recursos públicos, deben efectuarse mediante licitación pública. Igual ocurre con la adquisición y venta de bienes; el presupuesto asigna equitativamente los recursos públicos. El proyecto de presupuesto es enviado por el Presidente de la República al Congreso, debidamente equilibrado. Por otro lado, los congresistas no tienen iniciativa para cual ni aumentan los gastos públicos, excepto los que se refieran a presupuesto. Se establece que la sustentación de los ingresos ante el congreso corre a cuenta del MEF y los ministros de cada sector.

La Contraloría General de la República supervisa la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado Hemos podido apreciar que tanto la Constitución de 1993, en su artículo 76, como en la Constitución de 1979, en su artículo 138, establecen que al Estado se le asignará un Presupuesto Financiero Económico, el cual lo establece anualmente el Congreso.

Con respecto a los gobiernos locales vemos que actualmente se pone un poco más de énfasis a su presupuesto, lo que no sucede si hacemos una comparación con la anterior Constitución Política del Perú, pues no solo se rigen por su propia aprobación de presupuesto. Luego la Constitución vigente especifica que los lugares en los que se explotan los recursos naturales, deben recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidas por el Estado en la explotación de lo recursos naturales en cada zona en calidad de canon.

Nota:

La Constitución de 1979 trata exclusivamente en el Capítulo IV sobre las Empresas, lo que se haya en la Constitución actual de manera muy sintética en el Capítulo I , referido a los Principios Generales. Ejemplo: Artículos 59 y 61 de la Constitución Vigente y artículos 131 y 134 de la Constitución de 1979, respectivamente.

Capítulo V

De la Moneda y la Banca

Casi en su totalidad, la actual constitución y la ya derogada, establecen que nuestro sistema monetario es decimal, siendo su unidad de cambio el Sol de Oro y el Nuevo Sol, correspondientemente, siendo la inflación monetaria quien hizo cambiar varias veces la unidad de cambio del país.

En la práctica, nuestra realidad nos permite determinar que hoy en día hay dos monedas: el Nuevo Sol y el Dólar, estando el dólar desplazando de manera sorprendente a la moneda nacional, ya que la mayor parte de los depósitos bancarios se celebran en dólares y el Nuevo Sol, en cambio, sólo sirve para los gastos menudos.

En el artículo 84 de nuestra Constitución y el 149 de la de 1979 señalan que el Banco Central de Reservas del Perú tiene como única o principal finalidad "preservar la estabilidad monetaria"; lo hace a través de la regulación de moneda y crédito, así como una correcta administración de las reservas internacionales.

Si tenemos en cuenta los precios, el Banco Central

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