Derecho De Losb Pueblos Indigenas
Enviado por alfonzoaleja • 16 de Marzo de 2015 • 2.461 Palabras (10 Páginas) • 283 Visitas
Los derechos de los indígenas son aquellos derechos colectivos que existen como reconocimiento a la condición específica de los pueblos autóctonos. Los mismos incluyen no solo los derechos humanos más básicos a la vida e integridad, sino también los derechos sobre su territorio, al idioma, cultura, religión y otros elementos que forman parte de su identidad como pueblo.
El reconocimiento en la Constitución de los pueblos indígenas, implica un profundo cambio de perspectiva política y cultural que reorienta la conducción del Estado venezolano, al reconocer su carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe. Sobre esta base el Capítulo referido a los derechos indígenas reconoce ampliamente la existencia de los pueblos indígenas, sus formas de organización, culturas e idiomas propios, así como sus hábitats y los derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que con indispensables para garantizar su continuidad biológica y sociocultural, las cuales además son asiento de sus referentes sagrados. Todo ello implica un profundo cambio en la perspectiva política y jurídica del país.
Se establece que las tierras indígenas son inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles y que corresponde al Estado conjuntamente con los pueblos indígenas la demarcación de dichas tierras. Una ley especial desarrollará lo específico de tal demarcación a fin de resguardar la propiedad colectiva de las tierras los pueblos y comunidades indígenas que las habitan. Como parte de la valoración del patrimonio cultural indígena, el Estado reconoce las prácticas médicas tradicionales de los pueblos indígenas, las cuales hasta el presente han sido desconocidas y descalificadas. Los pueblos indígenas tienen el derecho de mantener y promover sus prácticas económicas, por lo que no se les podrá imponer planes y proyectos de desarrollo ajenos a sus intereses y necesidades, según la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - N° 5453 Extraordinario, de fecha 24 de marzo del año 2000.
Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
Los pueblos indígenas del mundo estuvieron representados y sus asuntos estuvieron presentes por primera vez en las Naciones unidas en el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas (WGIP). En abril de 2000, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptó una resolución para el establecimiento del Foro Permanente sobre Asuntos Indígenas (PFII) como cuerpo asesor del Consejo Económico y Social, con el mandato de examinar cuestiones indígenas.
A finales de diciembre de 2004, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó la Segunda Década Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo, de 2005 a 2014. El principal objetivo de tal década fue la de fortalecer la cooperación internacional en torno a la resolución de los problemas que enfrentan los pueblos indígenas en esferas tales como la cultura, la educación, la salud, los derechos humanos, el medio ambiente, y desarrollo social y económico.
El 13 de septiembre de 2007, después de un proceso de preparación, debates y negociaciones que se remontaba hasta 1982, la Asamblea General adoptó la Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas. La declaración no vinculante establece los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas, así como sus derechos a la identidad, cultura, idioma, empleo, salud, educación y otras cuestiones. Cuatro naciones que tienen importantes poblaciones indígenas votaron en contra de la declaración: los Estados Unidos, Canadá, Nueva Zelanda y Australia. Once naciones se abstuvieron: Azerbaiyán, Bangladesh, Bhután, Burundi, Colombia, Georgia, Kenya, Nigeria, Rusia, Samoa y Ucrania. Treinta y cuatro naciones no votaron y los restantes 143 naciones votaron a favor.
"Como estan los derechos de los pueblos indigenas en la costitucion bolivariana"
En Venezuela se reconoce la diferencia entre indígenas y campesinos, esta diferencia es que nosotros somos los pueblos originarios y los campesinos los que trabajan la tierra.
Por eso estamos buscando la alianza.
Logros Obtenidos hasta el momento:
La mayoría de venezolanos están conscientes de que tienen sangre indígena y que los indígenas estamos vivos. Esto dio paso a reconocer la pluriculturalidad y la diversidad de idiomas en el país. Aunque en este proceso hubo una nota negativa que fue que algunos de nuestros propios hermanos indígenas estuvieron en contra, por lo que ellos lucharon por el no, porque se dejaron mediar y cooptar por el sistema.
A pesar de ello en el 99 se aprueba la Constitución y los pueblos indígenas nos hacemos presentes en ella, desde el preámbulo hasta los considerándoos.
En los considerándoos se reconoce la historia heroica de resistencia de los pueblos indígenas.
En el artículo 9 se reconocen nuestros idiomas como oficiales, de este se derivan 2 decretos, uno para la obligatoriedad del uso de los idiomas en todos los centros educativos del país, privados y públicos y el otro Decreto es la creación del Consejo Nacional de culturas indígenas.
En el capitulo 8 de los artículos 119 a 126, en el artículo 119 se retoman todas las demandas de los pueblos indígenas: los derechos como pueblos originarios, reconocimiento de nuestro espacio geográfico, aunque sin romper totalmente la barrera. Se incluye un pero….siempre y cuando este bajo los Derechos internacionales. En el artículo 169 se trata sobre la articulación y coordinación de las políticas públicas, donde se prevé la participación de los pueblos indígenas. El Régimen de participación en el gobierno local. Art. 181. No serán sujetas a tierras Municipales las tierras de los Pueblos indígenas. Articulo. 160. La administración de justicia, como un mandato para resolver los conflictos internos.
Como artículos transitorios quedo: la participación política en los Estados con población mayoritariamente indígena. Los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras.
Hasta aquí el Presidente Chávez cumplió su palabra de restituir históricamente a nuestros pueblos. Ahora nos toca a todos hacer que lo que esta escrito se cumpla
Para los órganos del sistema interamericano la protección y el respeto de los derechos de los pueblos indígenas es un asunto de especial importancia. La Comisión Interamericana en el año 1972 sostuvo que por razones históricas, principios morales y humanitarios, era un compromiso sagrado de los Estados proteger especialmente a los pueblos indígenas. En el año 1990 creó la Relatoría sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, con el objeto de brindar atención a los pueblos indígenas de América que se encuentran especialmente
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