Derecho Del Trabajo
Enviado por claurbina • 1 de Octubre de 2014 • 2.398 Palabras (10 Páginas) • 227 Visitas
DERECHO DEL TRABAJO.
TEMA #1 DERECHO DEL TRABAJO, SUS PRINCIPIOS Y FUENTES.
-CONCEPTO:
El trabajo, se define como toda actividad o esfuerzo humano, sea físico, intelectual o mixto, destinado a producir bienes y/o servicios.
Por su parte, el derecho del trabajo, es aquella rama del derecho que regula las relaciones que nacen a partir de la realización del trabajo. Para efectos del curso, lo definiremos como el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones que se crean con ocasión del trabajo dependiente y por cuenta ajena.
De la definición, podemos colegir que, el trabajo que le importa al derecho del trabajo, es aquel que se realiza por cuenta ajena, bajo subordinación, de forma dependiente.
El Derecho de Trabajo
Según Rafael Alfonso Guzmán, es el conjunto de preceptos de orden público regulador de las relaciones jurídicas que tienen por causa el trabajo por cuenta y bajo la dependencia ajena con objeto de garantizar a quien lo ejecuta su pleno desarrollo como persona humana y a la comunidad la efectiva integracion del individuo en el cuerpo social y la regulacion de los conflictos entre los sujetos de esas relaciones.
-NATURALEZA JURIDICA DEL DERECHO DEL TRABAJO:
Entre los tratadistas se discute la naturaleza jurídica del Derecho del Trabajo es de orden público o es de orden privado. Unos opinan, que para saber si la norma es de Derecho Público, hay que analizar la relación jurídica existente, será pública si la norma que lo rige es de carácter público.
Otros para determinar su naturaleza se refieren a los sujetos intervinientes en esta relación, determinando que si los sujetos antedichos son de Derecho Privado, la relación es de Derecho Privado, y viceversa. El Derecho del Trabajo por su naturaleza es un híbrido, ya que está integrado por normas de Derecho Público y de Derecho Privado.
-AUTONOMIA DEL DERECHO DEL TRABAJO:
Es autónomo por los siguientes motivos
• Es un sistema homogéneo de reglas orientadas por un propósito tutelar del trabajo, por cuenta y bajo dependencia ajena. Se refiere a que el Derecho laboral tiene sus propias leyes sustantivas, porque tiene normas especiales para la materia laboral.
• Por sus fuentes y métodos de interpretación propia; tiene fuentes muy particulares al Derecho laboral, en cualquier proceso se debe entender quien es el débil jurídico, es decir, la balanza se va a inclinar al débil jurídico.
• Por los órganos especiales encargados de su aplicación, tanto en lo administrativo como lo judicial: En este punto se tiene que hablar de la entrada en vigencia del Constitución Nacional de 1999 y de la Ley orgánica Procesal Laboral:
• Primera Instancia: Sustanciación - Mediación- Ejecución
• Segunda Instancia: Recurso de casación - Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia
• organos administrativos inspectoria del trabajo y ministerio del trabajo
-INTERPRETACION:
Aplicación del Derecho del Trabajo:
Significa ajustar la realidad a las normas jurídicas. Es seleccionar una norma para resolver un caso concreto, además de dotarla de una significación. La búsqueda de la norma no es tarea fácil.
Los principios de aplicación de las fuentes del derecho son:
+Principio de jerarquía normativa: la norma de rango superior es de aplicación preferente sobre las de inferior rango.
+Principio de modernidad: entre dos normas de igual rango, se aplica la más moderna.
+Principio de especialidad: entre varias normas que contemplan una misma situación de hecho, iguales en rango, se aplica la que más conecto con el objeto de regulación.
De estos tres principios, el principal es el de jerarquía.
-PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y JURIDICOS DEL DERECHO DEL TRABAJO:
Principios propios del Derecho del Trabajo: Como consecuencia de la concepción constitucional del trabajo como un hecho social, surge como efecto el Principio Tutelar o protector del mismo, no solo del trabajo per se, sino al trabajador, aunque no esté explícitamente señalada en la dicción del articulado constitucional y legal (art. 85, 87 y 88 CRBV, art. 2 LOT) y como desarrollo de este principio tutelar general se producen los siguientes:
1. Principio de favor (in dubio pro operario) (art. 59 LOT): en caso de duda en la aplicación o interpretación de una norma, se aplicará la más favorable al trabajador. Se concreta:
a. En caso de conflicto entre leyes, prevalecen las del Trabajo.
b. En caso de conflicto de normas, se aplicará la más beneficiosa al trabajador, incluso las de menor jerarquía normativa. Prevalecen las convenciones colectivas.
c. En caso de dudas en la interpretación de una norma o cualquier declaración, se debe aceptar la interpretación que más favorezca al trabajador.
2. Principio de irrenunciabilidad de las normas más favorables (arts. 89.2 CRBV y 3 LOT): esto es debido al carácter de orden público que caracteriza al derecho laboral. La irrenunciabilidad no es absoluta como sucede en el derecho penal o en general en el público, la LOT establece unas obligaciones y exigencias mínimas, es decir, lo que debe ser un piso el cual es irrenunciable, no pueden haber convenios por debajo de él, lo que no impide, sin embargo, que puedan convenirse condiciones superiores a ese piso determinado en la Ley, renunciando a él en beneficio de otro superior. Además, se pueden llegar a transacciones conciliatorias sobre esos derechos mínimos, siempre y cuando “se hagan por escrito y contengan una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y de los derechos en ella comprendidos”, y si es celebrada por “ante el funcionario competente del trabajo tendrá efecto de cosa juzgada” (art. 3 Parágrafo único)
3. Principio de continuidad: el contracto laboral es de tracto sucesivo, se sucede en una continuidad de actos en el tiempo y no se agota con la realización de una determinada actividad, además si fuese un contrato a tiempo determinado se considera prorrogado automáticamente si se continua con el mismo, aun tácitamente, por más de dos veces, convirtiéndolo en un contrato a tiempo indeterminado (art. 74 LOT), lo cual es de la esencia del derecho laboral, se persigue los contratos laborales indeterminados en el tiempo, al derecho laboral le repugna la temporalidad de las relaciones laborales, busca y propicia la estabilidad laboral.
4. Principio de rendimiento o de buena fe (comprendido en la buena fe del contrato laboral):
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