Derecho Penal
Enviado por ranjody • 10 de Junio de 2015 • 1.430 Palabras (6 Páginas) • 192 Visitas
1.- Derecho Penal como instrumento de control social
El Derecho Penal es una ciencia social y muy vinculada a la sociedad de cada momento. Es una ciencia valorativa que nos tiene que hacer mantener una visión crítica. El Derecho Penal es un instrumento de control social. Existen diversos límites de control social que se imponen mediante norma social y jurídica aceptadas y que, en caso de incumplimiento de las normas, se responde con una sanción penal o jurídica. A veces, la sanción es de la propia sociedad y otra veces es jurídica, es decir, están en el ordenamiento jurídico. En los conflictos más graves interviene el Derecho Penal para evitar que esos conflictos sociales se produzcan o se reproduzcan o que la solución del conflicto quede en manos de los particulares (justicia privada, venganza). Esto es el sentido último que tiene el Derecho Penal.
Desde una perspectiva sociológica, el Derecho Penal es un instrumento de control social a través del cual el Estado intenta encauzar los comportamientos individuales en la vida social procurando que los componentes del grupo asuman sus modelos de conducta que encierran las normas. Esto es la socialización. El Derecho Penal hace que actuemos dentro de unos parámetros que son las normas. Lo hace mediante el procedimiento de intimidar con penas la realización de ciertos hechos intolerables que son los delitos. Los delitos son conductas que ponen en peligro o lesionan bienes fundamentales para la convivencia social.
El Derecho Penal es un instrumento de control social necesario porque la convivencia social sería muy difícil sino existiera el Derecho Penal. El Derecho Penal se basa en la necesidad de su intervención. A veces esa necesidad de intervención penal es real y otra veces es ficticia. Unas veces es una intervención simbólica y otra real. El Derecho Penal es un medio para proteger a la sociedad, siendo esta una intervención real. Los efectos positivos que justifican el Derecho Penal en determinados casos como es en la protección de la vida, la libertad sexual... El Derecho Penal no es necesario para todo. Debe además adecuarse a la realidad social actual.
2. Escuela Positivista
Esta escuela estudia principalmente la persona del delincuente, y se basa en tesis completamente opuestas a las de la escuela clásica.
Origen de la teoría
Comienza con los estudios de Lombroso sobre el hombre delincuente, en su organismo, su carácter, sus signos distintivos, su estado de ánimo; es, pues, antropología criminal; continúa con Ferri y Garófalo, quienes se basan en la estadística y estudian las causas de los delitos, siendo así sociología criminal; y se aúnan ambas bases de conocimiento para formar una tercera escuela, llamada Escuela Crítica, Escuela Antropo – Social, de positivismo crítico.
Opina la Escuela Positiva, que la ciencia penal debe estudiar todas las condiciones del reo, naturales y de su vida social, y por eso, es investigación antropológica y sociológica, esta última determinada por la indagación de la razón, motivo o móvil que haya tenido el agente en la perpetración del hecho. La sociología criminal tiene un fin preventivo y no represivo y la pena debe ser sustituida por medidas de seguridad.
La responsabilidad del delincuente es una responsabilidad social, y no moral, resulta de un estado psico – físico peculiar, y no de una voluntad libre y determinada. En consecuencia, los actos delictuosos entran en el círculo de una peligrosidad social, esto es, el delincuente es un ser temible, peligroso, que debe ser eliminado o readaptado. Ferri distinguía las dos clases de peligrosidad: social y criminal. La primera: anterior al delito. La segunda: manifestada con el delito.
Según estas teorías, el sistema penal de la escuela debe ser abolido. La pena no debe ser a dosis determinadas, proporcionadas a la culpa del delincuente, sino a la especial categoría del reo y debe ser indeterminada o sustituirse por una medida de defensa contra la personalidad peligrosa.
Se puede resumir su doctrina:
a) El delito es un fenómeno social en cuya génesis encuentra factores individuales, físicos y sociales.
b) El derecho de castigar corresponde al Estado a título de defensa social.
c) El fin de la pena es la prevención y la readaptabilidad del reo.
d) La pena debe sustituirse por medidas de seguridad.
e) La imputabilidad tiene un fundamento social.
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