Derechos Intelectuales En Venezuela
Enviado por g.b27 • 20 de Enero de 2014 • 1.252 Palabras (6 Páginas) • 276 Visitas
1. Norma constitucional respecto de los derechos intelectuales, y a cuáles se refiere
Con respecto a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los derechos intelectuales están incluidos específicamente en el artículo 98: "La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia."
En este artículo se protegen y reconocen los derechos de autor y los derechos de propiedad industrial.
2. Normativa jurídica que tenemos sobre Derecho de Autor
Ley sobre el Derecho de Autor promulgada el 14 de agosto de 1993 con entrada en vigencia el 15 de octubre del mismo año. Esta normativa regula el Derecho de autor, la Observancia de las leyes de Propiedad Industrial y leyes conexas, así como el Organismo regulador de Propiedad Industrial.
3. Cuál es el objeto de la ley de Derecho de Autor
El derecho de autor protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras.
4. ¿Qué se considera comprendido dentro de las obras del ingenio?
Dentro de las obras del ingenio se consideran comprendidas:
A- Las obras literarias: Son aquellas creaciones artísticas donde existe un narrador que se expresa por escrito u oralmente. Incluyen los libros, folletos y otros escritos literarios.
B- Las obras Audiovisuales: La ley del Derecho de Autor define a las obras audiovisuales como: “Las expresadas mediante una serie de imágenes asociadas, con o sin sonorización incorporada, que se hacen perceptibles, mediante dispositivos técnicos, produciendo la sensación de movimiento”. Incluyen las obras cinematográficas.
C- Las obras Radiofónicas: Son aquellas obras que se crean específicamente para ser transmitidas por radio o televisión.
D- Las obras de Arte Visual: Comprenden aquellas expresiones artísticas cuya naturaleza principalmente es visual. Incluyen las pinturas, esculturas y las fotografías.
E- Las obras Musicales: Se refieren a composiciones musicales contengan o no partitura.
F- Las obras Escénicas o Dramáticas: Es toda aquella forma de expresión capaz de introducirse en una escena. Incluyen obras teatrales, coreografías y pantomimas.
G- Programas de computación y Base de datos: Se refieren a un conjunto de instrucciones cuya finalidad, básicamente, es que un computador lleve a cabo una tarea o alguna función en particular.
H- Producciones Fonográficas: Consisten en la técnica de reproducción y grabación de sonido para su comunicación al público.
I- Actos y contratos: Pueden ser registrados también los reglamentos, contratos de cesión y licencias sobre los derechos de autor.
5. ¿Cuáles obras no están protegidas?
No están protegidas por la Ley del Derecho de Autor:
1- Los textos de las leyes.
2- Decretos.
3- Reglamentos oficiales.
4- Tratados públicos.
5- Decisiones judiciales.
6- Pensum de estudio.
7- Procedimientos matemáticos.
8- Los manuales.
9- Actos y decisiones oficiales.
10- Los juegos de cualquier naturaleza.
6. ¿Qué Derecho comprende el Derecho de Autor?
El Derecho de autor comprende dos categorías fundamentales de derechos: Los Derechos Patrimoniales y los Derechos Morales.
• Los Derechos Patrimoniales: Son los Derechos de índole económica que significan para su titular la facultad de decidir en relación con la explotación de la obra, es decir, autorizarla o prohibirla.
Por Derechos Patrimoniales se entienden los Derechos de reproducción, radiodifusión, interpretación y ejecución pública, adaptación, traducción, exposición pública, distribución, etc.
Los Derechos Morales: Son aquellos que protegen la personalidad del autor en relación con su obra y exige que se le mencione y respete como creador.
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