Dererecho - Las Faltas
Enviado por alejandrayaneth • 23 de Septiembre de 2015 • Ensayo • 2.640 Palabras (11 Páginas) • 122 Visitas
Las Faltas
Tiene la misma definición del delito, con la singularidad de que es considerada de menor gravedad y por lo tanto no es tipificada como delito, aunque igualmente pone en peligro algún bien jurídico protegible por el estado (derechos personales, patrimoniales o sociales) pero con menor intensidad criminosa, Haciendo énfasis en el punto de vista jurídico de las faltas, sabemos que son todas aquellas infracciones que no constituyen un delito de mayor gravedad por decirlo asi, se diferencia de otros delitos porque en los delitos como el robo, el homicidio son cometidos por personas que su conducta viene ocasionar un daño mayor hacia la sociedad y pone en grave riesgo los bienes jurídicos tutelados por el estado. En nuestro código penal Vigente se hace una clara clasificación de que los hechos punibles se dividen en delitos y en faltas. Hablaremos más detalladamente de la diferencia que existen en ambos hechos punibles. En los delitos la pena en nuestra legislación venezolana hablamos de que son Presidio y Prisión allí encontramos otra diferencia ya que en las faltas las penas son de arresto o multas, esta diferencia se dan de que los hechos punibles como son las faltas son menos la intensidad criminosa que utilizan los sujetos contraventores. pero que no llega a ser considerada como un delito dado que sus consecuencias no llegan a ser suficientes para ser considerada dicha acción como tal. Su ubicación legal la encontramos a partir del libro tercero, DE LAS FALTAS EN GENERAL título I De las faltas contra el orden público, Capitulo I de la desobediencia a la autoridad, articulo 483 desde hay comienza la tipicidad de todas las faltas hasta el artículo 544.
Existen una serie de requisitos que deben poseer para que la conducta del agente sea hecho punible o se convierta en falta pues dichos requisitos son los mismo e iguales que se debe tener para que exista un delito, si algunos de estos requisitos faltare no estamos frente a un caso de falta, a continuación dichos requisitos; la tipicidad, la antijurícidad, imputabiliad, la culpabilidad. Pues también podríamos decir que unas de las grandes diferencias que exiten entre estos ambos hechos punibles es que los procedimiento son con más celeridad al proceso de la faltas ya que el ministerio publico se tomado la tarea de la municipalización de la justicia, creando en el 2008 las fiscalías municipales para lo que son los delitos menos graves que no excedan de 3 años y tratar de dirimir esos conflicto que están referidos comportamiento que se encuentran previstos en el Código Penal vigente ya antes mencionado, con la creación de estas fiscalías se hace de carácter social y para la existencia de la celeridad así como también para velar los derechos de la sociedad resguardando siempre la garantía constitucionales en todo lo relacionado con el ámbito municipal obteniendo muy buenos resultados, La Fiscal General explicó que con las fiscalías municipales ya se han venido dando pasos en este tema, al tratar las faltas y solicitando la aplicación de algunas sanciones, sobre todo de la convivencia ciudadana en los barrios, comunidades, urbanizaciones y escuelas.
En los artículos ya antes mencionados de nuestro código penal Venezolano nos encontramos como una series de faltas que vienen a proteger nuestros seguridad y vienes jurídicos estos tipos de faltan que son mayor relevancia es el estado de embriaguez es de que toda persona se encuentre en estado de embriaguez manifiesta, molesta o repugnante en un lugar público, seguidamente de igual manera se encuentra estipulado en el ordenamiento jurídico De los actos contrarios a la decencia pública cualquiera que se haya presentado en público de un modo indecente, o que con palabras, cantos, gestos, señas u otros actos impropios ofenda la decencia pública.
Explicaremos brevemente con detalles lo que sería la transgresión de la ley y que por su transgresión se ha convertido en falta trataremos de sintetizarlo a través de un ejemplo. los artículos 483, 506 y 534 del Código Penal, respectivamente.
Se trata un hombre de 29 años al cual su nombres es Juan Carlos Pérez portador de la Ci:15.854,541 Dueño del vehículo Aveo de color Negro con número de placa AAN8J15, que admitió haber perturbado la tranquilidad pública cuando colocaba música a alto volumen en su vehículo en el cual se encontraba con un (1) acompañantes cual su nombre es Cesar Gabriel Mendoza. el estado en que se encontraban estas personas es de embriaguez, ubicados en el paseo Juan Guillermo Iribarren.
En la audiencia, el fiscal municipal 5to ratificó la acusación contra los hombres por la comisión de las faltas de desobediencia a la autoridad y perturbación causada a la tranquilidad pública y privada así como también el estado de embriaguez prevista en los mencionados artículos. El día del hecho, funcionarios de la Policía municipal se presentaron en el mencionado paseo, en virtud de llamadas realizadas por algunos vecinos, quienes manifestaron que qué aquellos hombres estaba perturbando la tranquilad del lugar, pues en su vehículo tenia sonido a alto volumen, su estado etílico le hacía ponerse repugnante. De inmediato, la comisión policial constató la situación, por lo que incautó el carro del hombre y notificó del procedimiento al Ministerio Público. Luego de admitidos los hechos el Tribunal 30, ordenó a los ciudadano a pagar una multa de 30 unidades tributarias cada uno, equivalentes a 2.700 bolívares a la tasa actual.
En este caso que acabos de ver existen unas faltas que siendo tipificados por el código penal como serian la desobediencia a la autoridad (art. 483), de la pertubarcion causada en la tranquilidad publica y privada (art. 506), de la embriaguez (art. 534)
También colocaremos otro caso como ejemplo para enteder a fondo este trabajo, entendemos por actos indecentes aquellos que la sociedad no ve bien y es todo aquel comportamiento, de un individuo, o acción que viole, la moral de la sociedad o el grupo al cual pertenece. Por supuesto, a los ojos de quienes sí respetan las reglas del grupo y de la comunidad a la cual pertenecen, aquel individuo que no siga las mismas pautas de respeto será es un inmoral por no hacer lo que la norma contempla o no actuar del modo correcto.
Sostuvieron relaciones sexuales dentro de un vehículo estacionado en la vía pública
Tras las pruebas presentadas por el Ministerio Público, una pareja fue condenada al pago de 78,5 unidades tributarias, equivalente a 8.399,5 bolívares, por cometer actos indecentes en el parque Rossel, ubicado en la avenida Intercomunal, parroquia Juan Ríos Linares, municipio Cabimas, estado Zulia, el 25de noviembre de 2012.
Durante la audiencia de juicio, el fiscal municipal 1º de la referida jurisdicción,
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