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EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.


Enviado por   •  1 de Noviembre de 2016  •  Resumen  •  1.483 Palabras (6 Páginas)  •  274 Visitas

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EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

DEFINICION DOCTRINARIA:[pic 1]

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La estructura del Procedimiento Administrativo está constituida por la serie de Actos intermedios de índole peculiar llamados Actos Procedimentales, cumplidos por los Administrados o la propia Administración Publica, con la finalidad de preparar el Acto Administrativo final. (Araujo Juárez)

Es un conjunto de Actos preparatorios o de Trámite que preceden al Acto Administrativo  Decisorio (decisión de la Autoridad Administrativa competente sobre la cuestión de fondo que le corresponda resolver), y así mismo, los tramites y diligencias posteriores a éste (Lares)

PARTES INTERVENIENTES EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

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LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

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Órganos y Entes

LOS ADMINISTRADOS U OTRA ADMINISTRACIÓN

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Los interesados

PROCEDIMIENTO DE 1er. GRADO (ORDINARIO). ETAPAS

ETAPA I

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INICIO. [pic 14]

  1. DE OFICIO (ADMINISTRACIÓN PÚBLICA). ARTICULO 48  LOPA.

  • Por decisión del Órgano competente por propia iniciativa,
  • Por decisión del Órgano competente como consecuencia de la orden de la Autoridad Administrativa Superior,  y por último,
  • En los casos expresamente previstos por Disposiciones Legales, por decisión del Órgano competente como consecuencia de una denuncia.

Acto de Notificación (Personal): El interesado tiene el derecho a tener conocimiento de la iniciación del procedimiento administrativo, lo cual es consustancial con el Derecho a la Defensa; por lo tanto, se debe  Notificar al interesado de la iniciación del Procedimiento Administrativo, concediéndoles un plazo de diez (10) días para que expongan sus pruebas y aleguen sus razones. Deberá contener lo previsto en los Artículos 72-73-74-75-76 LOPA

  1. A INSTANCIA DE PARTE, O, DE PARTE INTERESADA. Mediante Solicitud Escrita. Artículo. 2 Y 22 LOPA. La sola instancia o petición de los interesados tiene virtualidad suficiente para iniciar el Procedimiento Administrativo, pues no es necesaria la decisión administrativa, es decir, la orden de proceder. Por el contrario, el momento de iniciación viene determinado por la presentación en el registro de la solicitud o petición del administrado.

Requisitos que debe contener el Escrito: Articulo 49 LOPA.

  • El Organismo al cual está dirigido (Ord. 1º),
  • La identificación: nombres y apellidos, domicilio, nacionalidad, estado civil, profesión y numero de cedula de identidad o pasaporte del interesado y, en su caso, del representante (Ord 2º),
  • No es preciso, por tanto, mencionar la filiación, a menos que esas circunstancias pudieran influir, de acuerdo con la legislación aplicable, en la decisión que ha adoptarse,
  • Los hechos, razones y pedimentos, expresando con toda claridad la materia objeto de la solicitud (Ord.4º),
  • En las razones ha de hacerse breve cita de las normas legales que sean de aplicación a los hechos, aunque la ley no lo determine expresamente, (Ord. 5º)
  • Los requisitos legales y reglamentarios (Ord. 6º), y por último,
  • La firma (ord.7º), en el caso de que el interesado no sepa firmar, a de admitirse la firma a ruego.[pic 15]

ACTO ADMINISTRATIVO PREPARATORIO  DE INICIO O DE TRAMITE

APERTURA DEL EXPEDIENTE No. XXX. (COMIENZA CON EL FOLIO. Artículos  51 y 52 LOPA

PROCEDIMIENTO DE 1er. GRADO (ORDINARIO). ETAPAS

ETAPA 2 [pic 16]

SUSTANCIACION.

ETAPA FORMAL

Apegado a la Legalidad

Articulo 49 CRBV

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  1. NOTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO (DEBE SER PERSONAL.  ESTRICTO APEGO A LOS ARTÍCULOS 72.73.74.75.76)

  1. MEDIOS PROBATORIOS. Estas siempre están a favor de la Administración Pública, forman parte de las prerrogativas de la que ésta es beneficiaria.

  • INCIDENCIAS                   MEDIDAS CAUTELARES.   [pic 22][pic 23]

                                              Articulo 87 LOPA

                                                 AMPARO CAUTELAR.

                                                 MEDIDAS INNOMINADAS

  1. SOLICITUD Y EVACUACION DE DOCUMENTOS. Artículos del 54 al  57 LOPA.

  • Alegaciones. Por parte de los interesados, los cuales podrán adjuntar, en todo caso al expediente, los escritos que estimen necesarios para la aclaración del asunto.
  • Evacuación de Pruebas. Articulo 55 LOPA. La producción de elementos de convicción para la verificación o representación de los hechos.

Carga de la Prueba.  Articulo 53 LOPA

Objeto de la Prueba. Articulo 59 LOPA

  1. UNIDAD DEL EXPEDIENTE. Artículos 31 Y 52 LOPA

ETAPA 3

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TERMINACION

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Medios alternativos de Solución de Conflictos[pic 26]

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  1. NORMAL. ACTO DEFINITIVO. DECISIÓN EXPRESA. ARTICULO. 62 LOPA.

  1. ANORMAL. Se obtiene una decisión no expresa, lo que implica una extinción del Procedimiento.

  • Desistimiento o Convenimiento Administrativo. Artículos 63 y 66 LOPA .Es la declaración de la voluntad unilateral del interesado dirigida a la terminación del procedimiento. Abandonar o no continuar con el proceso.
  • Perención Administrativa.  Artículos 64 y 65 LOPA. Es la forma de terminación del procedimiento administrativo, cuando el interesado no remueve el obstáculo en el plazo que la ley señala, a pesar de haber sido requerido para ello por la autoridad administrativa. Los procedimientos administrativos termina por prescripción, o sea por el transcurso del tiempo.

LAS MEDIDAS CAUTELARES. PROFESOR GIMENO

GENESIS: Nacen en la Jurisdicción, es decir se dictan en Sede Jurisdiccional.

                                                       JURISDICCIÓN

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                           Cognición               CONSERVACIÓN              Ejecución[pic 34]

          Tutela Cautelar

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