EL TRABAJO A FAVOR DE LA COMUNIDAD COMO PENA ALTERNATIVA A LA PRISIÓN EN MÉXICO.
Enviado por CRISTINA3018 • 22 de Abril de 2018 • Biografía • 19.005 Palabras (77 Páginas) • 322 Visitas
TITULO DE PROYECTO
EL TRABAJO A FAVOR DE LA COMUNIDAD COMO PENA ALTERNATIVA A LA PRISIÓN EN MÉXICO.
PROBLEMÁTICA
Durante mucho tiempo la pena que se impuso al delincuente tuvo una finalidad meramente retributiva: era el pago que se le hacía al sujeto que había ofendido a la comunidad.
Las cárceles mexicanas padecen una sobrepoblación De acuerdo con los datos publicados por el OADPRS[1], a julio de 2015, había 254,705 personas privadas de su libertad en 388 establecimientos de la República Mexicana.
Se puede identificar que el total de sentenciados es de 147,612 y 107,093 personas procesadas. Cabe destacar también que de la población total en reclusión en ambos fueros, 241,312 son hombres y 13,393 mujeres.
Si se identifica que la capacidad instalada para los 388 centros es de 203,084 espacios, y se tiene una población total de 254,705; actualmente 51,621 internos no cuentan con un espacio óptimo de habitabilidad, como se ha señalado. Cabe destacar que este problema se presenta en 204 centros.
En los últimos 10 años el índice de sobrepoblación se ha mantenido por encima del 23%, lo que hace evidente que el problema va en aumento y que las acciones que las autoridades del Estado Mexicano están realizando no han sido lo suficientemente significativas para erradicar el problema. (Humanos, 2015)
Los internos permanecen en las cárceles que hay en el país, la mayoría acusados de delitos patrimoniales, como robo y sus diversas modalidades y aunque podría alcanzar penas inferiores a los 5 años de cárcel deben permanecer detenidos a que concluya su juicio.
La condición de prisión preventiva se incrementó paulatinamente, lo que ha generado violaciones a los derechos humanos, contaminación criminógena, deficiencia en los servicios de salud y alimentarios, así como autogobiernos y violencia al interior.
El uso actual de la prisión en México dista mucho de ser el ideal constitucional de la reinserción social de los internos, y ante la situación actual de violencia resulta necesario entender para que deben servir nuestras cárceles y para que están sirviendo en la realidad
El uso y el abuso de la prisión preventiva es una de las principales causas de la sobrepoblación y hacinamiento en el sistema penitenciario, añadió la investigación, al establecer que dos de cada cinco internos no tienen una sentencia condenatoria y aun así permanecen en la cárcel
El derecho penal como una rama del derecho público pretende evitar que se cometan conductas antisociales que él mismo determina como delito, a través de las penas, por lo cual esa amenaza que hace el legislador a quien cometa este tipo de conductas se ve reflejada sin lugar a duda en la privación de la libertad, principalmente y en otras formas alternativas y sustitutivas previstas en las leyes.
También es importante señalar en este apartado que ya es indispensable que el Estado a través de las autoridades jurisdiccionales, utilice y aplique esta otras medidas alternativas a la de prisión.
PREGUNTAS CLAVE
¿Es necesario implementar penas alternativas a la prisión?
Es necesario implementar nuevas alternativas a la pena de prisión como el trabajo a favor de la comunidad ya que la pena privativa de libertad fue aceptada por la sociedad, por significar una sanción más benigna a las previamente impuestas; pero podemos ver que hoy en día se observa en crisis ya que más que garantizar los derechos de la sociedad y de los transgresores de la norma penal, ha mutado algunas veces en una severa sanción, que la despoja de su esencia al condenar prácticamente al sentenciado a morir en el encierro, sin posibilidad de alcanzar la reinserción social efectiva, que es la finalidad de la pena.
De acuerdo con Gerardo Palacios Pámanes, esta tendencia punitiva consiste en la decisión que tiene el legislador para reformar las leyes penales elevando el uso de la prisión preventiva y el de la pena de prisión (CNDH)“…aun sabiendo que esta acción es inútil para disminuir los delitos o, al menos, ignorando si existe una relación causal entre una reforma en este sentido y la disminución de la criminalidad.”[2][3]
¿Qué beneficios traería implementar el trabajo a favor de la comunidad?
La persona sometida a esta medida está obligada a invertir un determinado tiempo en el desarrollo de la tarea que se le ha asignado. Entre las muchas ventajas que aporta este tipo de sanción cuenta con la de ser una medida igualitaria que se cumple en libertad y evita por tanto la ruptura con la vida familiar, laboral y social del penado, además de promocionar valores como la solidaridad, la responsabilidad y el bien común
¿La justicia retributiva es la única y/o mejor forma de afrontar los delitos?
La justicia retributiva puede ser de gran beneficio siempre y cuando exista proporcionalidad entre la pena impuesta y el delito cometido, no siendo la única forma de aplicar las penas a los sujetos que cometen delitos.
HIPÓTESIS
El trabajo a favor de la comunidad debe considerarse como una pena más usual que la de prisión, pues aporta más beneficio a la sociedad y al reo, siempre que se trate de delitos no graves.
OBJETIVOS
General
Evidenciar que en ciertos casos, el trabajo a favor de la comunidad representa una pena alternativa a la de prisión mucho más favorable tanto a la sociedad como al reo.
Específicos
- Los Trabajos en beneficio de la comunidad son una pena privativa de derechos
- Su imposición requiere el consentimiento del penado y le obliga a prestar su cooperación no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública.
- El trabajo en beneficio de la comunidad será facilitado por la Administración estatal, autonómica o local que, a tal fin, podrán establecer los oportunos convenios entre sí o con entidades públicas o privadas que desarrollen actividades de utilidad pública, debiendo remitir mensualmente a la Administración Penitenciaria la relación de plazas disponibles en su territorio.
- La Administración Penitenciaria supervisará sus actuaciones y les prestará el apoyo y asistencia necesarios para su eficaz desarrollo
- El penado podrá proponer una tarea concreta a la Administración Penitenciaria, como cumplimiento de la pena.
- La ejecución de esta pena estará regida por un principio de flexibilidad para compatibilizar, en la medida de lo posible, el normal desarrollo de las actividades diarias de los penados con el cumplimiento de la pena.
- El Trabajo en Beneficio de la Comunidad es una actividad complementaria, no remunerada, que no sustituye puestos de trabajo ni compite con él. mercado laboral.
- Cumple también una finalidad restitutiva a la vez que ejemplarizante e integradora.
- Los trabajos en beneficio de la comunidad tendrán una finalidad de utilidad pública, y podrán consistir en labores de reparación de los daños causados o de apoyo y asistencia a las victima; o de participación del penado en los talleres o programas formativos o de reeducación, laborales, culturales, de educación vial, sexual y otros similares.
- La persona sometida a esta medida está obligada a invertir un determinado tiempo en el desarrollo de la tarea que se le ha asignado. Entre las muchas ventajas que aporta este tipo de sanción cuenta con la de ser una medida igualitaria que se cumple en libertad y evita por tanto la ruptura con la vida familiar, laboral y social del penado, además de promocionar valores como la solidaridad, la responsabilidad y el bien común.
JUSTIFICACIÓN
Las penas alternativas a la prisión como el trabajo a favor de la comunidad se enmarcan en la actual tendencia político criminal que se vive en nuestro país causando cada vez más la sobrepoblación en las cárceles
En el sistema penitenciario está creciendo la sobrepoblación con el reingreso de delincuentes de media y alta peligrosidad a los que se añaden los que ingresan por primera vez. Ello impide que los Centros de Readaptación Social cumplan a cabalidad con los fines previstos y propicios que se conviertan en lugares donde muchas veces se agrava la violencia
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