Ensayo Naturaleza Del Matrimonio
julio088 de Diciembre de 2012
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INTRODUCCIÓN.
El en Derecho existen dos grandes ramas que son: Derecho Público y Derecho Privado, esta última establece las relaciones privadas de las personas entre sí, ya que se determinan las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana. Por lo que para hacerse más accesible y sistemática se divide en: a).- Derecho de Personas; b).- Derecho de Familiar; c).- Derecho de Bienes; d).- Derecho de Sucesiones; e).- Derecho de Obligaciones; y, f).- Derecho de Contratos.
De lo precedente, dentro del Derecho Familiar, nace el matrimonio, por lo que el presente ensayo se estudia su naturaleza jurídica, por lo que se hará una breve reseña de sus antecedentes, ya que el concepto de familia reposa en el matrimonio, de ahí que es necesario traer a colación cómo ha ido evolucionando, ya que de esta manera se podrá comprender como lo aborda nuestro sistema jurídico.
ANTECEDENTES DEL MATRIMONIO
En principio es necesario mencionar que dentro del Derecho se compone de normas jurídicas que regulan la conducta del hombre en sociedad, y de esta manera, tanto sus relaciones, por lo que es conveniente traer a colación que el “matrimonio” tiene como antecedente la familia, por lo tanto, se mencionaran los preceptos más importantes sobre su origen y desarrollo, así como de las personas que pertenecen a ese núcleo.
Ahora bien, la familia está formada por un grupo de personas que como grupo social ha surgido de la naturaleza y deriva primordialmente del hecho biológico de la procreación.
De lo anterior, se considera como grupo social, ya que constituyeron las tribus o clanes primitivos por necesidad de orden socioeconómico de los pueblos cazadores y agricultores, y que surgió antes de la formación de cualquiera idea de estado o de derecho.
La familia como ya mencionamos es un conjunto de personas, en sentido amplio (parientes) que procede de un progenitor o tronco común; cuyas fuentes son el matrimonio, la filiación (legítima o natural) y en casos excepcionales la adopción (filiación civil).
Cabe destacar, que en los Códigos Civiles de diversos países, entre ellos el nuestro, los preceptos legales relativos a la estructura y organización de la familia, no han sido agrupados orgánicamente bajo un rubro o título especial. Esto se debe a diversas causas: la fundamental, consiste en el dominio de las ideas individualistas que inspiraron la redacción del Código Civil francés de 1804.
Desde principios de la segunda década del siglo actual, las normas jurídicas relativas a la familia, la consideraban como grupo social, como célula primordial de la sociedad moderna, lo cual ha merecido la atención especial de los estudiosos del derecho, al considerar necesario no sólo la agrupación congruente y armónica de los preceptos legales aplicables al derecho familiar, sino que se ha ido formando paulatinamente una rama muy importante dentro del Derecho Civil que se denomina Derecho de Familia y que comprende las normas relativas al matrimonio, al parentesco y a la ayuda recíproca que deben prestarse los parientes entre sí, la protección de los incapaces (menores de edad e incapacitados) y a la constitución y funcionamiento del patrimonio de familia)
De lo precedente, se constituye el estado civil de una persona, ya que a través de estos vínculos jurídicos se desarrolla el concepto institucional de la familia, lo que se denomina Estado Civil de una persona.
Por lo que, desde el punto de vista jurídico, el concepto de familia, únicamente comprende a los padres y ascendientes en la línea recta y en la colateral, hasta el cuarto grado.
En este orden de ideas, es preciso indicar que la organización del grupo familiar, por lo que se menciona de una manera general la evolución de la familia como grupo social, lo que nos permitirá comprender su estructura actual, a través de su desarrollo histórico sociológico.
EVOLUCION DE LA FAMILIA.
El origen de la familia es sin disputa anterior al Derecho y al hombre mismo, ya que produce una unión entre el macho y la hembra, esto es, se daba a partir de la unión sexual.
En efecto, entre los primates (gorilas y chimpancés), se observaba una sujeción de la hembra hacia el macho, lo que permitía la estabilidad de la unión, que tenía por objeto la ayuda en la lucha frente a otros individuos, así como la protección de la prole; de esta manera el grupo primitivo se fundaba exclusivamente en el hecho biológico de la generación.
Por su parte, el núcleo familiar entre los pueblos salvajes o primitivos, constituidos por tribus o cazadores y trashumantes, estaban constituidos por el varón y una o más hembras e hijos, y a veces, por unos pocos parientes que se agregaban, con la intención de obtener protección y ayuda del jefe del núcleo, por lo que contribuían a las labores propias del pastoreo y de la caza.
Por lo que respecta a los grupos sedentarios, también constituidos por tribus y clanes, de alguna manera eran independientes entre sí, pues dedicaba sus labores al pastoreo, a la caza y al cultivo de la tierra, lo que dio como resultado que sus lazos de cohesión o de parentesco se consolidaran, ya que resultó otro factor, además del biológico o económico, surgió el religioso, ya que ellos tenían la creencia que descendían de un antepasado común lejano, que podía ser un animal o una planta (tótem), a la que rendían culto todos los miembros del clan, y de esta manera se consideraban parientes.
Es de destacar que entre estas organizaciones rudimentarias de individuos, normalmente estaba severamente prohibido el incesto (tabú), es decir, la relación sexual y el matrimonio entre los miembros del clan, ya que se consideraban parientes entre sí.
En sentido contrario a lo anterior, en las clases gobernantes del antiguo Egipto, entre los primitivos Mayas y los Incas, se establecía como regla, el matrimonio entre hermanos para conservar la pureza de la sangre de las clases que gobernaban.
En algunas organizaciones primitivas, las relaciones de parentesco se constituían por la relación por el matriarcado, cuya línea de parentesco se establecía a través de la madre y hermanos; sin embargo, el patriarcado su línea de parentesco es en relación con el padre y parientes de él.
Por su parte en Roma, la familia se organizó por el régimen patriarcal, monogámico.
En efecto, se consideraba una verdadera sociedad doméstica, que no estaba dentro del Estado, ya que se constituía como una unidad religiosa, política y económica que se fundaba en el parentesco civil o en la agnación, cuya autoridad era el pater familia, el cual tenía como función ser sacerdote de culto doméstico y magistrado para resolver conflictos entre patrimonio familiar, a través de las manus; ya que ejercía potestad absoluta sobre su mujer, hijos, hijos adoptados y aún sobre los servidores domésticos, sin embargo, sufrió una evolución y fue absorbido por el Estado y así sustituye la estructura antigua de la familia.
De igual manera, su estructura prístina, fue considerada como comunidad doméstica, cuya fuente fue el matrimonio, es decir, la vida entre un solo hombre y una sola mujer que compartían un mismo techo con la intención de tomarse y considerarse como marido y mujer a la cual se le llamó affectio maritalis, que consistía en la intimidad y comunidad de vivir, ideal e intencionalmente perpetua, entre los cónyuges.
De lo precedente el matrimonio romano, se celebraba bajo tres modalidades, las cuales esencialmente son:
Confarreatio. Era la más solmene, de carácter religioso e indisoluble, la cual se celebraba implícitamente ante el Sumo Pontífice, con la presencia de diez testigos, reservada a los patricios, cuyo efecto era que la mujer entraba a la familia civil del esposo.
Coemptio. Se realizaba entre romanos no patricios, no tenía carácter religioso, se celebraba ante el libripens (funcionario que tenía a su cargo el empleo de la balanza que servía para pesar el metal que en determinados actos jurídicos, como mancipatio).
Usus. Establecía la presunción del vínculo marital, cuya duración era un año, cuyo efecto era formalizar el matrimonio, o en caso contrario el trinoctio (la mujer deja de dormir por tres noches seguidas en la casa del marido).
De lo precedente, que se desprende que bajo estas formas de celebrarse el matrimonio, no consistía solamente en el acto solemne o no solemne en que se declaraba la intención de los cónyuges de tomarse recíprocamente como marido y mujer, sino lo fundamental era llevar una vida en común, consuetudinaria, constante y permanente, con la idea de compartir un mismo techo, de que la mujer se sometiera al marido, así como de llevar una vida marital.
Por su parte, durante la época feudal, al matrimonio se le considera como sacramento por la Iglesia Católica, pues el individualismo germánico, consideraba a cada agrupación doméstica y feudal y con ideas cristina, ya que imponían a los padres la responsabilidad del cuidado y educación de los hijos.
De lo precedente la Iglesia Católica, fue decisiva en la estructura de la familia, ya que en España durante la época medieval, el Derecho de Familia fue reglamentado por el derecho canónico, cuyos efectos principales derivados de la relación de familia fueron esencialmente: a).- Derecho a dar alimentos, entre parientes más próximos; b).- Derecho a la sucesión legítima y en la prohibición para contraer matrimonio, entre los ascendientes o entre colaterales dentro del tercer grado, en la línea colateral desigual (tíos, sobrinos).
Así, en esa época ante el problema de
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