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FUERO SINDICAL EN VENEZUELA


Enviado por   •  9 de Octubre de 2013  •  542 Palabras (3 Páginas)  •  1.593 Visitas

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Fuero sindical en el Sector Privado y en el Sector Público. Casos de Precedencia.

El derecho a formar un sindicato, más aun, la protección en el fuero sindical la encontramos prevista en el artículo 95 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual prevé:

" Los trabajadores y las trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como a afiliarse o no a ellas, de conformidad con la ley. Estas organizaciones no están sujetas a intervención, suspensión o disolución administrativa. Los trabajadores y trabajadoras están protegidos y protegidas contra todo acto de discriminación o de injerencia contrario al ejercicio de este derecho. Los promotores o promotoras y los o las integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales gozarán de inamovilidad laboral durante el tiempo y en las condiciones que se requieran para el ejercicio de sus funciones.

Para el ejercicio de la democracia sindical, los estatutos y reglamentos de las organizaciones sindicales establecerán la alternabilidad de los y las integrantes de las directivas y representantes mediante el sufragio universal, directo y secreto. Los y las integrantes de las directivas y representantes sindicales que abusen de los beneficios derivados de la libertad sindical para su lucro o interés personal, serán sancionados o sancionadas de conformidad con la ley. Los y las integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales estarán obligados u obligadas a hacer declaración jurada de bienes."

Igualmente se observa que la protección por fuero sindical se percibe en el artículo 96 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual prevé:

"Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la ley. El Estado garantizará su desarrollo y establecerá lo conducente para favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos laborales. Las convenciones colectivas ampararán a todos los trabajadores y trabajadoras activos y activas al momento de su suscripción y a quienes ingresen con posterioridad."

Igualmente hay que acotar que en sentencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, se interpreto el alcance del artículo 95 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El fuero sindical se encuentra definido en la Sección novena: Del Fuero Sindical o Inamovilidad Laboral, específicamente en el artículo 418.

Definición de fuero sindical o inamovilidad laboral

Artículo 418. Los trabajadores y las trabajadoras que gocen de fuero sindical

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