Federal de derecho laboral
Enviado por jesusmay • 7 de Febrero de 2014 • Tutorial • 1.507 Palabras (7 Páginas) • 282 Visitas
No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo
de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión,
condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la
dignidad humana.
No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en
las calificaciones particulares que exija una labor determinada.
Es de interés social promover y vigilar la capacitación, el adiestramiento, la formación para y en el
trabajo, la certificación de competencias laborales, la productividad y la calidad en el trabajo, la
sustentabilidad ambiental, así como los beneficios que éstas deban generar tanto a los trabajadores
como a los patrones.
Artículo 3o. Bis.- Para efectos de esta Ley se entiende por:
a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al
agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas; y
b) Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio
abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima,
independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
Artículo 4o.- No se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se dedique a la profesión,
industria o comercio que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de estos derechos sólo podrá vedarse
por resolución de la autoridad competente cuando se ataquen los derechos de tercero o se ofendan los
de la sociedad:
I. Se atacan los derechos de tercero en los casos previstos en las leyes y en los siguientes:
a) Cuando se trate de sustituir o se sustituya definitivamente a un trabajador que reclame la
reinstalación en su empleo sin haberse resuelto el caso por la Junta de Conciliación y Arbitraje.
b) Cuando se niegue el derecho de ocupar su mismo puesto a un trabajador que haya estado
separado de sus labores por causa de enfermedad o de fuerza mayor, o con permiso, al presentarse
nuevamente a sus labores; y
II. Se ofenden los derechos de la sociedad en los casos previstos en las leyes y en los siguientes:
a) Cuando declarada una huelga en los términos que establece esta Ley, se trate de substituir o se
substituya a los huelguistas en el trabajo que desempeñan, sin haberse resuelto el conflicto motivo de la
huelga, salvo lo que dispone el artículo 468.
b) Cuando declarada una huelga en iguales términos de licitud por la mayoría de los trabajadores de
una empresa, la minoría pretenda reanudar sus labores o siga trabajando.
Artículo 5o.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal,
ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca:
I. Trabajos para niños menores de catorce años;
II. Una jornada mayor que la permitida por esta Ley;
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 30-11-2012
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III. Una jornada inhumana por lo notoriamente excesiva, dada la índole del trabajo, a juicio de la Junta
de Conciliación y Arbitraje;
IV. Horas extraordinarias de trabajo para los menores de dieciséis años
V. Un salario inferior al mínimo;
VI. Un salario que no sea remunerador, a juicio de la Junta de Conciliación y Arbitraje;
VII. Un plazo mayor de una semana para el pago de los salarios a los obreros y a los trabajadores del
campo;
VIII. Un lugar de recreo, fonda, cantina, café, taberna o tienda, para efectuar el pago de los salarios,
siempre que no se trate de trabajadores de esos establecimientos;
IX. La obligación directa o indirecta para obtener artículos de consumo en tienda o lugar determinado;
X. La facultad del patrón de retener el salario por concepto de multa;
XI. Un salario menor que el que se pague a otro trabajador en la misma empresa o establecimiento
por trabajo de igual eficiencia, en la misma clase de trabajo o igual jornada, por consideración de edad,
sexo o nacionalidad;
XII. Trabajo nocturno industrial o el trabajo después de las veintidós horas, para menores de dieciséis
años; y
XIII. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados en
las normas de trabajo.
En todos estos casos se entenderá que rigen la Ley o las normas supletorias en lugar de las cláusulas
nulas.
Artículo 6o.-
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