LOS SUJETOS PROCESALES
Enviado por samup79 • 2 de Agosto de 2014 • 3.811 Palabras (16 Páginas) • 729 Visitas
INDICE
INTRODUCCIÓN …………………………………………………………………………………………..………………… Pág. 3
4. LOS SUJETOS PROCESALES …………………………………………..…..……………………………………….. Pág. 4
4. 1.- DEFINICIÓN DE PARTE ……………………………………………………………………………………….…. Pág. 4
4. 2.- PARTE EN EL SENTIDO REAL Y PARTE EN EL SENTIDO FORMAL ……………………………... Pág. 4
4. 3.- LA CAPACIDAD DE SER PARTE: CAPACIDAD DE ESTAR EN JUICIO Y
LA "LEGITIMATIO AD PROCESUM" …………………………………………………………………………………. Pág. 4
4. 4.- LA "LEGITIMATIO AD CAUSAM" Y LA SUBSTITUCIÓN PROCESAL ………………………..…. Pág. 5
4. 5.- LAS PARTES COMPLEJAS Y EL "LITIS-CONSORTIO" ……............................................. Pág. 6
4. 6.- LOS TERCERISTAS Y LA INTERVENCIÓN
"AD EXCLUDENDUM ET AD ADJUVANDUM" ………………………………………………………………... Pág. 6
4. 7.- LOS ABOGADOS ……………………………………………………………………………………………….….. Pág. 7
4. 8.- LOS GESTORES JUDICIALES ………………………………………………………………………………..…. Pág. 8
4. 9.- EL MINISTERIO PÚBLICO …………………………………………………………………………………….… Pág. 8
5. CONCLUSIONES ……………………………………………………………………………………………………….. Pág. 10
INTRODUCCIÓN
Hablar de los sujetos procesales es a nuestro parecer un tema de suma importancia debido a que, como se ha visto en el transcurso de esta licenciatura, y dada la conceptualización del proceso dado por Cipriano Gómez Lara como el “Conjunto complejo de actos del estado como soberano, de las partes interesadas y de los terceros ajenos a la relación sustancial, actos todos que tienden a la aplicación de una Ley general a un caso concreto controvertido para solucionarlo o dirimirlo.”
Por lo que explicaremos la participación de todos estos sujetos y su importancia dentro del proceso ya que por la falta de alguno de estos, muchas veces el proceso se vería interrumpido o no sería válido. De igual manera desarrollaremos los diferentes conceptos que se tienen sobre las partes en el proceso, de las que el triangulo procesal nos dice que son la parte acusadora y la parte acusada, que dirimen sus pretensiones y resistencias ante el juzgador, el cual resolverá a favor de alguna.
Veremos la importancia del abogado dentro de este proceso así como de los gestores judiciales, y sobre todo como interactúa el Ministerio Público en el proceso en el que puede pasar de acusador a parte en el proceso.
4. LOS SUJETOS PROCESALES.
Los sujetos principales que intervienen en la relación jurídica procesal son: la parte que reclama (actora o acusadora), la parte que contra quien se reclama (demandada o acusada) y el juzgador quien debe de conocer y resolver el litigio surgido entre aquéllas. El juzgador y las partes se conocen como sujetos procesales, pero a diferencia de las partes que son sujetos con interés jurídico en el litigio, el juzgador debe ser, por definición, el sujeto procesal sin interés jurídico en la controversia; el sujeto procesal imparcial, ajenos a los intereses en pugna.
De este modo el gran jurista italiano Calamandrei dice respecto a la figura del juzgador que es la idea misma de este es la de la imparcialidad. Apunta que el juez es un extraño a la contienda, que no comparte los intereses o las pasiones de las partes que combaten entre sí, y que desde el exterior examina el litigio. Las partes son al igual que el juzgador, los sujetos principales de la relación jurídico procesal, son también los sujetos procesales cuyos intereses jurídicos se controvierten en el proceso.
4. 1.- DEFINICIÓN DE PARTE.
Chiovenda define: Es parte el que demanda en nombre propio (o en cuyo nombre es demandada) una actuación de la voluntad de la ley y aquel frente al cual ésta es demandada.
Alcalá Zamora define: las partes son los sujetos que reclaman una decisión jurisdiccional respecto a la pretensión que en el proceso se debate.
El CPCG en el Artículo 78.- Definición de parte. Tienen el carácter de partes en un juicio aquéllos que ejercen en nombre propio o en cuyo nombre se ejerce una acción, y aquél frente al cual es deducida. La tienen, igualmente, las personas que ejercen el derecho de intervención en calidad de terceros, en los casos previstos en este Código y quienes tengan algún interés legítimo.
4. 2.- PARTE EN EL SENTIDO REAL Y PARTE EN EL SENTIDO FORMAL.
Para Devis Echandía, se entiende por partes en sentido material, los sujetos del litigio o de la relación jurídica sustancial sobre que versa, y por partes en sentido formal, las que lo son del proceso.
Carnelutti estima que debe distinguirse entre el sujeto del litigio y el sujeto de la acción. Así, para el tratadista italiano, el sujeto del litigio es la persona respecto de la cual se hace el juicio; el sujeto de la acción es la persona que hace el juicio o concurre a hacerlo. En el sujeto del litigio recaen las consecuencias del juicio, mientras que no sucede lo mismo con el sujeto de la acción. Por tanto, el sujeto del interés es parte en sentido material, y el sujeto de la acción es parte en sentido formal.
4. 3.- LA CAPACIDAD DE SER PARTE: CAPACIDAD DE ESTAR EN JUICIO Y LA "LEGITIMATIO AD PROCESUM".
La regla general es que todas las personas tanto físicas como jurídicas (o morales) pueden ser parte en el proceso, también pueden ser partes determinados patrimonios confiados a un administrador, como es el caso de las sucesiones (patrimonios de personas fallecidas, que no han sido trasmitidas con las formalidades de ley a los herederos y legatarios). Las sucesiones tienen capacidad para ser parte en los juicios que se relacionen con el patrimonio autónomo, pero el albacea o administrador es quien tiene la capacidad procesal para comparecer
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