La Propiedad
Enviado por mareral • 22 de Octubre de 2013 • 3.798 Palabras (16 Páginas) • 239 Visitas
PROPIEDAD COLECTIVA E NDIVIDUAL:
Este terminó, se relaciona con la ley especial de asociaciones cooperativas con su reglamento, por que la propiedad colectiva, es una cooperativa, con varios socios, donde todos trabajan por igual y reciben una remuneración, basada en los principios de igualdad , honestidad y responsabilidad, y es lo que hoy día llamamos socialismo, en cuanto a la propiedad individual, está representada por el capital, quien mas aporte mas gana, en el caso de una propiedad mercantil individual, las ganarías no son compartidas por partes iguales, es aquí donde nace el salario, y los valores que privan en este modelo de propiedad es el individualismo, la competencia, todo esto aunado nos conlleva al capitalismo.- el artículo 2 de la ley de asociaciones cooperativas y su reglamente versa sobre que las cooperativas son asociaciones abiertas yt flexibles de hecho y de derecho cooperativo, de la economía social y participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral colectivo y personal por medio de procesos, y empresas de propiedad colectiva gestionada y controlada democráticamente.- articulo 3.- valores cooperativos las cooperativas se basan en valores de ayuda mutua, esfuerzo propio, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad, solidaridad. Sus miembros promueven los valores ´ratios de honestidad, transparencia, responsabilidad social y compromisos por los demás.-esta ley de asociaciones cooperativas con reglamento, centro en vigencia desde el momento de su publicación en la gaceta numero 37.285 de fecha 18 de septiembre de 2001, y posteriormente fue reformada en alguno de sus artículos gaceta oficial nro. 37.894 de fecha 09 de marzo del 2004.-
LA PROPIEDAD COLECTIVA E INDIVIDUAL EN VENEZUELA
La propiedad colectiva venezolana es la perteneciente a grupos sociales o personas para su aprovechamiento, uso o goce, pudiendo ser de origen social o de origen privado.
La economía venezolana se está conformada por tres sectores institucionales, los cuales son: Sector público, economía social y el sector privado, pudiendo establecerse combinaciones de propiedad y de gestión de las unidades productivas.
A.- El sector público o estatal, comprende aquellos medios de producción que son de propiedad social (propiedad de todo el pueblo), sobre los cuales el pueblo ejerce su soberanía de forma indirecta, a través del Estado como expresión de la voluntad popular, por lo tanto la distinción entre propiedad publica y propiedad social indirecta no tiene sentido, ya que toda propiedad publica (estatal) es propiedad social, en el sentido de propiedad de todo el pueblo.
El sector público constituir unidades de producción de bienes y servicios donde comparta la propiedad y/o la gestión con el sector privado y el sector de economía social.
Los entes del Estado pueden ejercer la operación y gestión de las empresas publicas o las unidades de producción de bienes y servicios de propiedad social, o puede asignarlas para su operación y gestión a determinadas comunas(comunidades territoriales), o a otras entidades de economía social, en cuyo caso son unidades de productivas de bienes y servicios propiedad de todo el pueblo(empresas publicas) que son gestionadas y operadas por trabajadores libres asociados en empresas comunales, colectivas o asociativas, por lo que no son trabajadores dependientes o asalariados de empresas publicas.
B.- El sector de economía social comprende las unidades de producción de bienes y servicios de tipo comunal, colectiva, asociativa, cajas de ahorros, bancos comunales, cajas rurales, entre otras. Se caracteriza por el ejercicio de la actividad productiva por parte de los mismos factores de producción que son organizaciones productivas de carácter democrático y autogestionario, donde el trabajo es su fundamento y quien organiza y dirige el proceso productivo.
C.- El sector privado, el cual esta conformado por las unidades de producción de bienes y servicios las cuales son de propiedad individual, donde el capital y no el trabajo es la base de su organización.
BASE JURIDICA DE LA PROPIEDAD EN VENEZUELA.
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ARTICULOS 23 y 115.
Artículo 23.
Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la media en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorable a las establecidas por esta Constitución y la ley de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.
Este artículo establece el respeto y aplicación de los tratados y convenciones relativos a los Derechos Humanos en cuanto al goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.
Artículo 115.
Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las condiciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes.
Artículo 119.
El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y en la ley.
Los pueblos y comunidades indígenas y la propiedad colectiva sobre las tierras que ocupan, según lo previsto en la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas.
En lo relacionado a la propiedad indígena, específicamente, la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005), en su Artículo 1, dispone:
El Estado venezolano reconoce y protege la existencia de los pueblos indígenas como pueblos originarios, garantizándole los derechos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los tratados, pactos y convenios internacionales
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