ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Propiedad.


Enviado por   •  21 de Junio de 2013  •  9.455 Palabras (38 Páginas)  •  220 Visitas

Página 1 de 38

LIBRO II

DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DEMÁS

DERECHOS REALES

Derecho Civil

Es la rama del D. Privado que tiene por objeto regular los atributos de las personas físicas y morales y a organizar jurídicamente a la familia y al patrimonio, determinando las relaciones de orden económico entre los particulares.

Cosa

Es todo ente corpóreo e incorpóreo sobre el que puede constituirse en relación jurídica.

La cosa se convierte en bien, y como consecuencia establecer relaciones jurídica sobre la misma cuando reúne los requisitos de: Útil y apropiable. De esa manera la cosa recibe la calificación jurídica de BIEN. La cosa se refiere a un campo amplio en el que se incluyen todas la cosas existentes, es genérico; y el bien por ser un sector del primero y reunir los requisitos antes dichos es de índole especifica.

Bienes

Son todos los objetos que por útiles y apropiables sirvan para satisfacer las necesidades humanas.

CLASIFICACIÓN LEGAL DE BIENES:

1-) Por la posibilidad de su trafico:

• Dentro del comercio: 443

• Fuera del comercio: 444.

2-) Por su ubicación en el espacio y sus posibilidades de desplazamiento:

• Inmuebles: 445-446

• Muebles: 451

3-) Por sus posibilidades de sustitución:

• Fungibles: se refleja en el contrato de mutuo 1942 y comodato 1957

• No fungibles 454

4-) Por el titular de la propiedad:

• De dominio publico: 456-457

• De propiedad privada: 456-460

5-) Por la jerarquía en que están en relación:

• Principales: 687-692

• Accesorios: 688-689-691

Derecho Real y Personal

I-) El derecho real: tiene por objeto las cosas del mundo exterior, el titular tiene una relación y poder jurídico inmediato sobre la cosa P.E: derecho de propiedad sobre un bien inmueble. Aquí se hace énfasis en la cosa, para resaltar el poder sobre la misma.

II-) El derecho Personal: tiene por objeto ciertos actos de los hombres, la relación jurídica esta referida a otra persona EJ: si una persona adeuda a otra una determinada cantidad de dinero, la relación se entiende existente de persona a persona. Aquí se hace énfasis en la relación jurídica.

Derecho Real

Es aquel que concede a su titular un poder inmediato y directo sobre una cosa, que puede ser ejercitado y hecho valer frente a todos.

Naturaleza Jurídica del Derecho Real:

1. Teoría Clásica: Se fundamenta en la relación entre el hombre y la cosa, y lo definía como Un poder inmediato y directo que su titular podía ejercer sobre una cosa.

2. Teoría Personalista u Obligacionista: encuentra su fundamento en un vinculo de carácter PERSONAL entre el titular del derecho y los demás hombres.

3. Ecléctica: concilia las dos anteriores al establecer que el derecho real es aquel que concede a su titular un poder inmediato y directo sobre una cosa, que puede ser ejercitado y hecho valer frente a todos.

El Numero de los Derecho Reales:

1. Sistema de Numerus Clausus: establece que no existen más derechos Reales que los taxativamente legislados.

2. Numerus Apertus: establece que los particulares pueden crear dada la diversidad del negocio jurídico, figuras de derechos reales no consignadas en la ley.

Orientación de la legislación Guatemalteca en Derechos Reales:

En nuestra legislación se adopta el numerus clausus, no obstante establecer en el 1125/2 ...Y CUALQUIERA OTROS DERECHOS REALES, ya que el Libro II del c.c. en su titulo llamado DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DEMÁS DERECHOS REALES, utiliza en su redacción un termino limitativo –DEMÁS- del que se infiere de que los D.R legislados, son en rigor los únicos que existen.

Clasificación de los Derechos Reales:

1. Derechos Reales de Goce y Disposición: La propiedad 464.

2. D. R de Mero Goce: Usufructo, Uso y habitación y servidumbre.

3. D. R de Garantía: Hipoteca y Prenda.

Derechos Reales establecidos en el C.C:

1. Propiedad 464

2. Posesión 612

3. Usucapión 642

4. Accesión 655

5. Usufructo 703, Uso 745 y Habitación 746.

6. Servidumbre 752

7. Hipoteca 822 y Prenda 880

1-) PROPIEDAD o DOMINIO:

Definiciones:

• Legal: Es el derecho de gozar y disponer de los bienes dentro de los limites y con la observancia de las obligaciones que establecen las leyes 464.

Derechos Fundamentales del Propietario:

• Defender su propiedad por los medios legales y de no ser perturbado en ella, si antes no ha sido citado, oído y vencido en juicio 468.

• Reivindicar la cosa de cualquier poseedor o detentador 469.

• Derecho a los frutos de sus bienes y a cuanto se les incorpore por accesión 471.

Modo General de Adquirir la Propiedad:

Son aquellos hechos o actos jurídicos que tienen por objeto la adquisición del derecho de propiedad sobre un bien.

1. Modos Originarios: Cuando la adquisición se realiza sin existir relación jurídica con el anterior propietario o cuando no existe anterior propietario. Ej: del primer caso es la usucapión 642 y del segundo la Ocupación 589.

2. Modos Derivados: La transmisión de la cosa se hace en virtud de una relación jurídica Ej: compraventa.

Modos Particulares de adquirir la Propiedad según el C.C:

1. Por Ocupación 589

2. Usucapión 642

3. Accesión: Es el derecho que compete al dueño de una cosa sobre lo que esta produzca y a ella se incorpore, por acción de la naturaleza o del hombre 655.

Modos de Perder el Derecho de Propiedad:

1. Voluntarios:

o Abandono o dejación: El propietario abandona el bien con intención de desapoderarse del mismo, con ánimo de no seguir siendo su propietario. El 591/2 establece que también pueden ser objeto de ocupación las cosas cuya propiedad abandona voluntariamente su dueño. Al bien abandonado se le considera RES NULIUS o sea cosa de ninguno o de nadie.

o Enajenación: El propietario se desprende de la cosa con ánimo de transmitir ese derecho a un tercero, mediante una relación jurídica contractual, elemento del cual carece el anterior.

2. Involuntarios:

o Extinción: Ocurre cuando deja de existir físicamente, por cualquier causa.

o Expropiación Forzosa: Tiene lugar cuando por utilidad publica o necesidad social, el Estado dispone adquirir para si un bien cuyo propietario generalmente, se niega a vendérselo o pide por el precio excesivo art: 467 cc.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (55 Kb)
Leer 37 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com