Ley 1429 De 2010
Enviado por JORGEDELLEON1941 • 4 de Abril de 2013 • 937 Palabras (4 Páginas) • 407 Visitas
DERECHO COMERCIAL III SEMESTRE
SOCIEDADES COMERCIALES, LEY 1014 DE 2006 Y LEY 1429 DE 2010
DOCENTE:
JORGE HERRERA.
ALUMNOS:
JORGE HERNANDO RAMIREZ
LUIS EDUARDO GOMEZ
IVAN ORTÍZ
PROCESOS EMPRESARIALES
FUNDACION UNIVERSITARIA PANAMERICANA
SEDE BOSA
I SEMESTRE
2013.
LEY 1429 DE 2010
INTRODUCCIÓN.
El pasado 29 de diciembre de 2010 se publicó y entró en vigor la Ley 1429 de 2010, la cual tiene por objeto la formalización y la generación de empleo, con el fin de generar incentivos a la formalización en las etapas iniciales de la creación de empresas; de tal manera que aumenten los beneficios y disminuyan los costos de formalizarse, estableciendo importantes modificaciones de orden tributario, comercial, laboral y administrativo para las pequeñas empresas, además se fijaron múltiples incentivos tributarios en la tasa del impuesto a la Renta y Complementarios, de Industria y Comercio, las tarifas para el registro de la matrícula mercantil y su renovación y, pago de aportes parafiscales (SENA, ICBF Y Cajas de Compensación Familiar), así como el aporte en salud a la subcuenta de solidaridad del FOSYGA, bajo un esquema de progresividad.
OBJETIVO.
La ley tiene como objetivo: "Lograr que los colombianos y en especial que los más jóvenes, tengan acceso a empleos formales, y que perciban un ingreso estable que mitigue los riesgos de vulnerabilidad se ha convertido en un objetivo del Estado...”
LEY 1429 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2010.
BENEFICIARIOS DE LA LEY.
1. Empresas nuevas creadas a partir de la expedición de la Ley y las que renovaron su matrícula mercantil, dentro de los 6 meses.
Requisitos:
1.1. Deben ser PEQUEÑAS EMPRESAS: Planta de personal no superior a 50 trabajadores y activos totales no mayores a 5.000 SMMLV ($2.947.500.000 en 2013).
1.2. Que se matriculen en el Registro Mercantil (Cámara de Comercio) por primera vez a más tardar al 31 de diciembre de 2014.
2. Empleadores que vinculen laboralmente a nuevos empleados que sean de grupos considerados vulnerables por esta Ley:
Requisitos:
2.1. Menores de 28 años,
2.2. Mujeres mayores de 40 años que en el último año estuvieren desempleadas.
2.3. Personas en situación de desplazamiento, proceso reintegración o condición de discapacidad.
2.4 Trabajadores informales y de bajos ingresos, es decir, que devenguen menos de 1.5 S.M.M.L.V. (menos de $884.250 año 2013).
NOTA: No pueden acceder a los beneficios las empresas nuevas que su capital, domicilio, establecimientos de comercio, activos y nómina sean de empresas canceladas, disueltas, escindidas o inactivas con posterioridad a la Ley.
BENEFICIOS DE LA LEY.
- Podrán tomar los aportes al Sena, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar.
- Podrán tomar el aporte en salud a la subcuenta de solidaridad del Fosyga.
- Podrán tomar el aporte al Fondo de Garantía de Pensión Mínima correspondientes a los nuevos empleos, como descuento tributario para efectos de la determinación del Impuesto sobre la Renta y Complementarios.
BENEFICIOS PARA IMPUESTO SOBRE LA RENTA: Podrán cumplir las pequeñas
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