Liquidacion Seguridad Social
Enviado por camgv7 • 6 de Mayo de 2014 • 635 Palabras (3 Páginas) • 368 Visitas
LIQUIDACION DE SEGURIDAD SOCIAL
Taxistas:
Según el Artículo 34 de la Ley 336 de 1996: Las empresas de transporte público están obligadas a vigilar y constatar que los conductores de sus equipos cuenten con la licencia de conducción vigente y apropiada para el servicio, así como su afiliación al sistema de seguridad social según los prevean las disposiciones legales vigentes sobre la materia. La violación de lo dispuesto es este artículo acarreará las sanciones correspondientes.
Los taxistas tienen un contrato de arrendamiento con el propietario del taxi por una cuantía diaria la cual oscila entre 45.000 y 60.000 pesos, esto varía de acuerdo al combustible que utiliza el taxi.
Quien se encarga de la seguridad social del taxista es la cooperativa en la cual se encuentra vinculado el taxi, quienes le exigen los aportes correspondientes en base a un salario mínimo legal vigente, pagando una parte el taxista y otra el propietario del vehículo.
Trabajadoras domésticas:
El Ministerio de Trabajo en el decreto 2616 del 20 de noviembre de 2013 pretende regular la cotización a seguridad social para trabajadores dependientes que laboran por periodos inferiores a un mes.
Es así como el Gobierno desarrolla un mecanismo financiero y operativo que trata el artículo 172 de la Ley 1450 de 2011, para dictar disposiciones tendientes a lograr la formalización laboral de los trabajadores informales.
Es por esto que los trabajadores ocasionales o transitorios por días, tal como empleada doméstica, cocinero, jardinero u otros trabajadores que trabajen menos de 30 días deberán recibir los pagos correspondientes a la cotización en pensiones, afiliación en riesgo laborales y cajas de compensación.
Entre 1 y 7 días de trabajo en el mes, deberá pagar $26.657 por pensiones, cajas de compensación y riesgos laborales. Esta cuenta resulta de la distribución de $17.685 para pensión, $3.077 para riesgos laborales y $5.895 para la caja de compensación familiar.
Entre 8 y 14 días de trabajo en el mes, deberá pagar $53.314 por pensiones, cajas de compensación y riesgos laborales.
Entre 15 y 21 días de trabajo en el mes, deberá pagar $79.971 por pensiones, cajas de compensación y riesgos laborales.
Y más de 21 días de trabajo en el mes, deberá pagar $106.628 por pensiones, cajas de compensación y riesgos laborales.
No está de más recordar que para estos empleados también es obligatorio el pago de salud, por lo que, de acuerdo a los especialistas, la liquidación de esta seguridad social se realiza sobre la base mínima del salario mínimo, por tanto, aquellos trabajadores que devengan menos de un salario mínimo, como en el caso de los trabajadores de medio tiempo, los empleados del servicio doméstico, o de aquellos que trabajan por días, deben hacer aportes como si devengaran un salario mínimo.
Suponiendo
...